Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado. (BOE-A-2024-27429)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 186345
los exámenes realizados por escrito que así lo requieran, garantizando en todo momento
el secreto de aquellos hasta su apertura y lectura pública por las personas aspirantes.
12.15 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el órgano de selección tendrá
su sede en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, plaza de San
Juan de la Cruz, 10, 28071 Madrid, correo electrónico bzn-seleccion.montes@miteco.es.
12.16 El órgano de selección estará conformado por las siguientes personas:
Tribunal titular
Presidente: José Manuel Blanco López. Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.
Secretario: Manuel Pulido Vázquez. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de
Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
Vocales:
María Ester Matas Gallardo. Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.
Jessica Santos-Olmos Carrero. Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.
Ana Isabel Martos Torres. Cuerpo de Ingenieros de Montes de la Hacienda Pública.
Tribunal suplente
Presidenta: Deirdre Molinero Poole. Cuerpo de Ingenieros de Montes de la Hacienda
Pública.
Secretario: Jorge Bonache López. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de
Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
Vocales:
Asunción Roldán Zamarrón. Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.
Mario Gómez Llorente. Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.
David Pérez Terrazas. Cuerpo de Ingenieros de Montes de la Hacienda Pública.
Acceso de personas con discapacidad
13.1 El órgano de selección adoptará las medidas oportunas que permitan
participar a las personas aspirantes con discapacidad en las pruebas del proceso
selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes, siempre que así lo
hubieran indicado expresamente en la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el Real
Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público
y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
13.2 Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento
podrán participar bien por el sistema de acceso general o bien por el cupo de reserva de
personas con discapacidad, debiendo indicarlo en el formulario de solicitud de
participación en el proceso selectivo.
13.3 Con independencia del sistema por el que opten, las personas aspirantes que
presenten un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, podrán requerir en el
formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios
oportunos en las pruebas del proceso selectivo.
13.4 Las personas interesadas deberán indicar expresamente en el formulario de
participación las adaptaciones de tiempo y/o medios que soliciten para cada uno de los
ejercicios del proceso selectivo. Para que el órgano de selección pueda valorar la
procedencia o no de la adaptación solicitada, las personas interesadas deberán adjuntar
necesariamente, en el plazo de presentación de solicitudes, copia auténtica del dictamen
técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad
en el que quede acreditado de forma fehaciente la o las deficiencias permanentes que
hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, sin que sea válido, a estos
efectos, ningún otro documento. El órgano de selección aplicará las adaptaciones de
tiempos que correspondan previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la
cve: BOE-A-2024-27429
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 186345
los exámenes realizados por escrito que así lo requieran, garantizando en todo momento
el secreto de aquellos hasta su apertura y lectura pública por las personas aspirantes.
12.15 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el órgano de selección tendrá
su sede en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, plaza de San
Juan de la Cruz, 10, 28071 Madrid, correo electrónico bzn-seleccion.montes@miteco.es.
12.16 El órgano de selección estará conformado por las siguientes personas:
Tribunal titular
Presidente: José Manuel Blanco López. Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.
Secretario: Manuel Pulido Vázquez. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de
Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
Vocales:
María Ester Matas Gallardo. Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.
Jessica Santos-Olmos Carrero. Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.
Ana Isabel Martos Torres. Cuerpo de Ingenieros de Montes de la Hacienda Pública.
Tribunal suplente
Presidenta: Deirdre Molinero Poole. Cuerpo de Ingenieros de Montes de la Hacienda
Pública.
Secretario: Jorge Bonache López. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de
Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
Vocales:
Asunción Roldán Zamarrón. Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.
Mario Gómez Llorente. Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.
David Pérez Terrazas. Cuerpo de Ingenieros de Montes de la Hacienda Pública.
Acceso de personas con discapacidad
13.1 El órgano de selección adoptará las medidas oportunas que permitan
participar a las personas aspirantes con discapacidad en las pruebas del proceso
selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes, siempre que así lo
hubieran indicado expresamente en la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el Real
Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público
y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
13.2 Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento
podrán participar bien por el sistema de acceso general o bien por el cupo de reserva de
personas con discapacidad, debiendo indicarlo en el formulario de solicitud de
participación en el proceso selectivo.
13.3 Con independencia del sistema por el que opten, las personas aspirantes que
presenten un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, podrán requerir en el
formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios
oportunos en las pruebas del proceso selectivo.
13.4 Las personas interesadas deberán indicar expresamente en el formulario de
participación las adaptaciones de tiempo y/o medios que soliciten para cada uno de los
ejercicios del proceso selectivo. Para que el órgano de selección pueda valorar la
procedencia o no de la adaptación solicitada, las personas interesadas deberán adjuntar
necesariamente, en el plazo de presentación de solicitudes, copia auténtica del dictamen
técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad
en el que quede acreditado de forma fehaciente la o las deficiencias permanentes que
hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, sin que sea válido, a estos
efectos, ningún otro documento. El órgano de selección aplicará las adaptaciones de
tiempos que correspondan previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la
cve: BOE-A-2024-27429
Verificable en https://www.boe.es
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