Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado. (BOE-A-2024-27429)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros de Montes del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Lunes 30 de diciembre de 2024
6.4

Sec. II.B. Pág. 186339

Fase de concurso:

Finalizada la fase de oposición, quienes participen por el sistema de promoción
interna que la hubieran superado dispondrán de un plazo de 20 días hábiles, a contar
desde la publicación del listado de aspirantes que han superado la fase de oposición,
para presentar el certificado de requisitos y méritos (anexo V) debidamente expedido
por los servicios de personal del ministerio u organismo donde presten o hayan
prestado sus servicios, de conformidad con lo previsto en la base decimoctava de la
Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE del 22).
Esta fase no tiene carácter eliminatorio.
Las valoraciones de esta fase estarán referidas a la fecha de publicación de la
convocatoria.
Al personal funcionario aspirante, por el sistema de promoción interna, se le valorará
como méritos los siguientes conceptos:
a) Servicios prestados como personal funcionario de carrera en cuerpos o escalas
del subgrupo A2 desde el que se promociona.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 12 puntos.
b) Grado personal consolidado y formalizado: Se valorará el grado personal que se
tenga consolidado el día de la publicación de esta convocatoria y formalizado a través
del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente en el cuerpo o
escala desde el que se participa en estas pruebas.
Se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 4 puntos:










Grado personal igual o superior al 26: 4 puntos.
Grado personal igual al 25: 3,5 puntos.
Grado personal igual al 24: 3 puntos.
Grado personal igual al 23: 2,5 puntos.
Grado personal igual al 22: 2 puntos.
Grado personal igual al 21: 1,5 puntos.
Grado personal igual al 20: 1,25 puntos.
Grado personal igual al 19: 1 punto.
Grado personal igual o inferior al 18: 0,75 puntos.

1. Mayor antigüedad por servicios prestados y reconocidos.
2. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición.
3. Mayor puntuación en el cuarto ejercicio.
4. Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
5. Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.

cve: BOE-A-2024-27429
Verificable en https://www.boe.es

c) Cursos de formación y perfeccionamiento: se valorarán los cursos anotados en el
Registro Central de Personal o sistema análogo, cuya duración sea igual o superior
a quince horas lectivas recibidos en los últimos diez años, salvo en materia de
tecnologías y sistemas de la información, que se valorarán los recibidos en los últimos
cinco años.
Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
La certificación de méritos deberá realizarse según modelos incluidos como anexo V
de esta resolución.
La calificación final del concurso-oposición, por el sistema de promoción interna,
vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y
en la de oposición.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios, por este orden: