Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. (BOE-A-2024-27441)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad Estadística, y se encarga la gestión material de las pruebas selectivas al Instituto Nacional de Estadística.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Lunes 30 de diciembre de 2024
12.16

Sec. II.B. Pág. 186696

El órgano de selección estará conformado por las siguientes personas:
Tribunal titular

Presidente: José Antonio Contreras de Antonio, Cuerpo Superior de Estadísticos del
Estado.
Vocales:
Laura Grande Freire, Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado.
Jesús Rodríguez Bagá, Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado.
Esteban García Martín, Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado.
Secretaria: Sara Vilela Sánchez, Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del
Estado.
Tribunal suplente
Presidenta:Ana Cánovas Zapata, Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado.
Vocales:
Cristina Gómez Peña, Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado.
Javier Cuéllar Alarcos, Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado.
M. Yolanda Fernández Gutiérrez, Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado.
Secretario: Jesús Ruiz Rodrigo, Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del
Estado.

12.17 El órgano de selección adoptará las medidas oportunas que permitan
participar a las personas aspirantes con discapacidad en las pruebas del proceso
selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes, siempre que así lo
hubieran indicado expresamente en la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el Real
Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público
y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
12.18 Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento
podrán participar bien por el sistema de acceso general o bien por el cupo de reserva de
personas con discapacidad, debiendo indicarlo en el formulario de solicitud de
participación en el proceso selectivo.
12.19 Con independencia del sistema por el que opten, las personas aspirantes
que presenten un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, podrán requerir en el
formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios
oportunos en las pruebas del proceso selectivo.
12.20 Las personas interesadas deberán indicar expresamente en el formulario de
participación las adaptaciones de tiempo y/o medios que soliciten para cada uno de los
ejercicios del proceso selectivo. Para que el órgano de selección pueda valorar la
procedencia o no de la adaptación solicitada, las personas interesadas deberán adjuntar
necesariamente, en el plazo de presentación de solicitudes, copia auténtica del dictamen
técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad
en el que quede acreditado de forma fehaciente la o las deficiencias permanentes que
hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, sin que sea válido, a estos
efectos, ningún otro documento. El órgano de selección aplicará las adaptaciones de
tiempos que correspondan previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la
que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los
procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad e
informará a los opositores afectados sobre la concesión de tiempos y medios otorgada
en su caso.

cve: BOE-A-2024-27441
Verificable en https://www.boe.es

Acceso de personas con discapacidad