Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. (BOE-A-2024-27441)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad Estadística, y se encarga la gestión material de las pruebas selectivas al Instituto Nacional de Estadística.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Lunes 30 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 186689

No obstante lo anterior, no se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
En caso de persistir el empate se tendrá en cuenta el orden alfabético de apellidos y
nombre comenzando por la letra a la que se refiere el punto 8 de las bases.
6.3 Descripción de la fase de concurso. A la fase de concurso, accederán
únicamente aquellos candidatos que, participando por el sistema de promoción interna,
hayan superado la fase de oposición, conforme a lo dispuesto en el apartado anterior.
La fase de concurso, de carácter no eliminatorio, consistirá en la valoración de los
siguientes méritos:
1.

Personal funcionario de carrera.

a)

Servicios prestados como personal funcionario de carrera:

Se valorarán los servicios prestados, el grado personal consolidado y cursos de
formación.
La certificación de los dos primeros méritos, deberá realizarse según el modelo
incluido como anexo III.1 a esta resolución. La documentación que acredite los cursos de
formación a valorar, se acompañará a los certificados de requisitos y méritos.
Se valorarán los servicios prestados como personal funcionario de carrera en el
alguno de los cuerpos o escalas de la Administración General del Estado del subgrupo
C2, o en cuerpos o escalas Postales y Telegráficas adscritos al subgrupo C2, o a
cuerpos o escalas del subgrupo C2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1
del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, con destino definitivo, estos últimos,
en la Administración General del Estado, hasta la fecha de publicación de esta
convocatoria, a razón de 0,3 puntos por año completo de servicios, hasta un máximo
de 5 puntos.
Se valorará la experiencia en el desempeño de funciones idénticas o análogas a las
del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad
estadística, con carácter interino, con 0,25 puntos por año, hasta un máximo 1 punto.
b)

Grado personal consolidado y formalizado:

Según el grado personal que se tenga consolidado el día de la publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y formalizado en la Administración
General del Estado, a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad
competente, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado de
requisitos y méritos, se otorgará la siguiente puntuación:
Grados 13 e inferiores: 1 punto.
Grados 14 a 17: 1,5 puntos.
Grados 18 o superiores: 2 puntos.
Cursos de formación:

Se valorarán los cursos de formación, recibidos y acreditados en los últimos diez
años y hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, cuyo contenido esté
directamente relacionado con las funciones propias de la especialidad del cuerpo al que
se pretende acceder y que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el
Instituto Nacional de Estadística, el Instituto Nacional de Administración Pública, por
otros Institutos de Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros
agentes promotores dentro del marco del Acuerdo para la Formación para el Empleo de
las Administraciones Públicas.

cve: BOE-A-2024-27441
Verificable en https://www.boe.es

c)