Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Inspectores del SOIVRE. (BOE-A-2024-27437)
Resolución de 22 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Lunes 30 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 186577

El total de las ocho plazas convocadas por el sistema de acceso libre se establecen
de acuerdo:
– Al Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, corresponden ocho plazas, de las cuales
siete son de acceso general y una se reserva para ser cubierta por personas con
discapacidad.
El total de las quince plazas convocadas por promoción interna se establecen de
acuerdo:
– Al Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, corresponden quince plazas, de las cuales
catorce son de acceso general y una se reserva para ser cubierta por personas con
discapacidad.
2.4 Las personas aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas de
ingreso, bien acceso libre o bien promoción interna.
3.

Requisitos de las personas aspirantes

3.1 Las personas candidatas deberán poseer en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como
personal funcionario de carrera los requisitos exigidos.

3.2 Nacionalidad: sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española,
según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre
acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos
públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre
circulación de trabajadores.
3.3 Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
3.4 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
3.5 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos
Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios de carrera, ni pertenecer al mismo
cuerpo o escala al que se presenta. En el caso de las pruebas limitadas al acceso a una
especialidad de un cuerpo o escala, no tener previamente reconocida la misma.
En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en
su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
3.6 El personal funcionario español de Organismos Internacionales podrá acceder
al empleo público siempre que posea la titulación requerida y supere los
correspondientes procesos selectivos.
Este personal tiene derecho a solicitar a la Comisión Permanente de Homologación
la exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya
exigidos para el desempeño de sus puestos de origen. Esta petición deberá efectuarse
con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en
el proceso correspondiente y se acompañará de la acreditación de convocatorias,
programas y pruebas superadas, así como de la correspondiente certificación expedida
por el Organismo Internacional en cuestión. A estos efectos, se tendrá en cuenta lo
establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de
funcionarios de nacionalidad española de Organismos internacionales a los cuerpos y
escalas de la Administración General del Estado.

cve: BOE-A-2024-27437
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Requisitos generales de participación