Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Inspectores del SOIVRE. (BOE-A-2024-27437)
Resolución de 22 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 186586
Conservación de calificaciones de la convocatoria anterior:
a) Los aspirantes que participen por el turno libre y por promoción interna, y que en
la convocatoria inmediatamente anterior hubieran alcanzado el 76,66 por ciento de la
calificación máxima prevista para el primer ejercicio (al menos 23 puntos) en el primer
ejercicio y no hubieran superado la fase de oposición podrán conservar dicha puntuación
y estarán exentos de realizar este ejercicio.
b) Los aspirantes que participen por el turno de reserva para personas con
discapacidad y que en la convocatoria inmediatamente anterior hubieran alcanzado el 60
por ciento de la calificación máxima prevista para cualquiera de los ejercicios y no
hubieran superado la fase de oposición, conservarán dicha puntuación y estarán exentos
de realizar tales ejercicios.
c) Los aspirantes que deseen conservar la puntuación de algún ejercicio deberán
solicitarlo expresamente en su solicitud de participación en este proceso selectivo.
Los aspirantes que participen en el turno libre y promoción interna podrán conservar
la calificación obtenida en la presente convocatoria, en la convocatoria inmediata
siguiente, siempre y cuando hubieran alcanzado el 76,66 % de la calificación máxima
prevista para el primer ejercicio (al menos 23 puntos) en el primer ejercicio y no hubieran
superado la fase de oposición, y el contenido del temario y la forma de calificación sean
análogos.
Los aspirantes que participen por el cupo de reserva para personas con discapacidad
y que en la presente convocatoria hubieran alcanzado el 50 por ciento de la calificación
máxima prevista para cualquiera de los ejercicios y no hubieran superado la fase de
oposición, podrán conservar dicha puntuación para la convocatoria inmediata siguiente
siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación sean análogos.
Se entiende por nota la puntuación directa obtenida con carácter previo, en su caso,
a la aplicación por parte del órgano de selección de fórmulas matemáticas que
transformen la puntuación obtenida al objeto de determinar la superación del ejercicio.
6.4 Curso selectivo y periodo de prácticas. Todos los aspirantes que hayan
superado la fase de oposición realizarán un curso selectivo, que será organizado por la
Subsecretaria de Economía, Comercio y Empresa, en colaboración con Instituciones
privadas y públicas de formación de funcionarios, que deberán superar con
aprovechamiento. Tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en
orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones
propias del Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.
En el curso selectivo deberá incluirse un módulo en materia de igualdad entre
mujeres y hombres, y otro en materia de violencia de género.
Tendrá una duración máxima de dos meses lectivos.
La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo
será obligatoria. El incumplimiento de este requisito podrá dar lugar a la imposibilidad de
concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el
derecho a ser nombrado funcionario de carrera. La valoración de esta circunstancia
corresponderá a la Subsecretaría de Economía, Comercio y Empresa.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de
calificación previsto en esta convocatoria perderán el derecho a su nombramiento como
funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1 del Real
Decreto 364/1995, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a
propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor,
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al
inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo
con la puntuación obtenida.
Con el fin de adecuar el disfrute de las vacaciones anuales, se establece que las
vacaciones de los funcionarios en prácticas, por necesidades del servicio y de acuerdo
cve: BOE-A-2024-27437
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 186586
Conservación de calificaciones de la convocatoria anterior:
a) Los aspirantes que participen por el turno libre y por promoción interna, y que en
la convocatoria inmediatamente anterior hubieran alcanzado el 76,66 por ciento de la
calificación máxima prevista para el primer ejercicio (al menos 23 puntos) en el primer
ejercicio y no hubieran superado la fase de oposición podrán conservar dicha puntuación
y estarán exentos de realizar este ejercicio.
b) Los aspirantes que participen por el turno de reserva para personas con
discapacidad y que en la convocatoria inmediatamente anterior hubieran alcanzado el 60
por ciento de la calificación máxima prevista para cualquiera de los ejercicios y no
hubieran superado la fase de oposición, conservarán dicha puntuación y estarán exentos
de realizar tales ejercicios.
c) Los aspirantes que deseen conservar la puntuación de algún ejercicio deberán
solicitarlo expresamente en su solicitud de participación en este proceso selectivo.
Los aspirantes que participen en el turno libre y promoción interna podrán conservar
la calificación obtenida en la presente convocatoria, en la convocatoria inmediata
siguiente, siempre y cuando hubieran alcanzado el 76,66 % de la calificación máxima
prevista para el primer ejercicio (al menos 23 puntos) en el primer ejercicio y no hubieran
superado la fase de oposición, y el contenido del temario y la forma de calificación sean
análogos.
Los aspirantes que participen por el cupo de reserva para personas con discapacidad
y que en la presente convocatoria hubieran alcanzado el 50 por ciento de la calificación
máxima prevista para cualquiera de los ejercicios y no hubieran superado la fase de
oposición, podrán conservar dicha puntuación para la convocatoria inmediata siguiente
siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación sean análogos.
Se entiende por nota la puntuación directa obtenida con carácter previo, en su caso,
a la aplicación por parte del órgano de selección de fórmulas matemáticas que
transformen la puntuación obtenida al objeto de determinar la superación del ejercicio.
6.4 Curso selectivo y periodo de prácticas. Todos los aspirantes que hayan
superado la fase de oposición realizarán un curso selectivo, que será organizado por la
Subsecretaria de Economía, Comercio y Empresa, en colaboración con Instituciones
privadas y públicas de formación de funcionarios, que deberán superar con
aprovechamiento. Tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en
orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones
propias del Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.
En el curso selectivo deberá incluirse un módulo en materia de igualdad entre
mujeres y hombres, y otro en materia de violencia de género.
Tendrá una duración máxima de dos meses lectivos.
La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo
será obligatoria. El incumplimiento de este requisito podrá dar lugar a la imposibilidad de
concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el
derecho a ser nombrado funcionario de carrera. La valoración de esta circunstancia
corresponderá a la Subsecretaría de Economía, Comercio y Empresa.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de
calificación previsto en esta convocatoria perderán el derecho a su nombramiento como
funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1 del Real
Decreto 364/1995, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a
propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor,
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al
inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo
con la puntuación obtenida.
Con el fin de adecuar el disfrute de las vacaciones anuales, se establece que las
vacaciones de los funcionarios en prácticas, por necesidades del servicio y de acuerdo
cve: BOE-A-2024-27437
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 314