Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera. (BOE-A-2024-27417)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación, Navegación, Propulsión y Comunicaciones.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
5.
Sec. II.B. Pág. 186073
Admisión de aspirantes
5.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará
resolución, en el plazo máximo de un mes, por la que declarará aprobada la lista
provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en
el «Boletín Oficial del Estado» y en los lugares previstos en el apartado 1.1, se indicará
la relación de personas aspirantes excluidas, los lugares en los que se encuentran
expuestas al público las listas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas,
así como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
5.2 Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles
computados desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial
del Estado» para subsanar, en su caso, los defectos que hubieran motivado la exclusión
u omisión.
5.3 Finalizado dicho plazo, se expondrá la relación definitiva de personas admitidas
y excluidas en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
6.
Procesos selectivos
6.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para las
personas aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre, y mediante el sistema
de concurso-oposición para aquellas que lo hagan por el turno de acceso por promoción
interna, con las valoraciones, ejercicios y calificaciones que se especifican en este
apartado.
6.2 Ambos procesos incluirán la superación de un curso selectivo, cuyo contenido y
desarrollo diferirá de lo valorado en las fases previas. Para la realización de este curso
selectivo, las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición y, en su
caso, la de concurso, serán nombradas personal funcionario en prácticas por la
autoridad convocante.
6.3
Descripción de la fase de oposición.
Los procesos selectivos se han diseñado teniendo en cuenta la conexión entre las
diferentes competencias profesionales necesarias para el desempeño de las funciones
correspondientes al Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera y que
requieren, entre otras cuestiones, de una extensa formación en derecho administrativo,
penal y procesal, comunitario, marítimo, tributario, aduanero y en legislación sobre
contrabando.
Del mismo modo y como consecuencia de la armonización fiscal de la Unión
Europea, el desempeño de las funciones del Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia
Aduanera implica de forma habitual el tratamiento de documentación emitida en distintos
idiomas oficiales de la Unión Europea, así como la participación y colaboración con
distintas organizaciones y programas supranacionales e internacionales que facilitan,
entre otros fines, el intercambio de información para el desempeño de las competencias
que les son inherentes, para lo que es necesario el conocimiento de alguno de los
idiomas más utilizados.
Acceso libre
Los ejercicios y pruebas de la fase de oposición, que se describen a continuación,
son acordes con las competencias profesionales atribuidas al Cuerpo Ejecutivo del
Servicio de Vigilancia Aduanera y el desempeño de las tareas a desarrollar por los
funcionarios de dicho cuerpo, según las distintas especialidades.
La fase de oposición consistirá en la realización de los ejercicios que a continuación
se detallan, siendo todos ellos obligatorios y eliminatorios.
cve: BOE-A-2024-27417
Verificable en https://www.boe.es
A.
Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
5.
Sec. II.B. Pág. 186073
Admisión de aspirantes
5.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará
resolución, en el plazo máximo de un mes, por la que declarará aprobada la lista
provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en
el «Boletín Oficial del Estado» y en los lugares previstos en el apartado 1.1, se indicará
la relación de personas aspirantes excluidas, los lugares en los que se encuentran
expuestas al público las listas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas,
así como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
5.2 Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles
computados desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial
del Estado» para subsanar, en su caso, los defectos que hubieran motivado la exclusión
u omisión.
5.3 Finalizado dicho plazo, se expondrá la relación definitiva de personas admitidas
y excluidas en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
6.
Procesos selectivos
6.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para las
personas aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre, y mediante el sistema
de concurso-oposición para aquellas que lo hagan por el turno de acceso por promoción
interna, con las valoraciones, ejercicios y calificaciones que se especifican en este
apartado.
6.2 Ambos procesos incluirán la superación de un curso selectivo, cuyo contenido y
desarrollo diferirá de lo valorado en las fases previas. Para la realización de este curso
selectivo, las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición y, en su
caso, la de concurso, serán nombradas personal funcionario en prácticas por la
autoridad convocante.
6.3
Descripción de la fase de oposición.
Los procesos selectivos se han diseñado teniendo en cuenta la conexión entre las
diferentes competencias profesionales necesarias para el desempeño de las funciones
correspondientes al Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera y que
requieren, entre otras cuestiones, de una extensa formación en derecho administrativo,
penal y procesal, comunitario, marítimo, tributario, aduanero y en legislación sobre
contrabando.
Del mismo modo y como consecuencia de la armonización fiscal de la Unión
Europea, el desempeño de las funciones del Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia
Aduanera implica de forma habitual el tratamiento de documentación emitida en distintos
idiomas oficiales de la Unión Europea, así como la participación y colaboración con
distintas organizaciones y programas supranacionales e internacionales que facilitan,
entre otros fines, el intercambio de información para el desempeño de las competencias
que les son inherentes, para lo que es necesario el conocimiento de alguno de los
idiomas más utilizados.
Acceso libre
Los ejercicios y pruebas de la fase de oposición, que se describen a continuación,
son acordes con las competencias profesionales atribuidas al Cuerpo Ejecutivo del
Servicio de Vigilancia Aduanera y el desempeño de las tareas a desarrollar por los
funcionarios de dicho cuerpo, según las distintas especialidades.
La fase de oposición consistirá en la realización de los ejercicios que a continuación
se detallan, siendo todos ellos obligatorios y eliminatorios.
cve: BOE-A-2024-27417
Verificable en https://www.boe.es
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