Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad. (BOE-A-2024-27420)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 186215

de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de
puestos de trabajo de personas con discapacidad.
La puntuación final del proceso selectivo vendrá determinada:
– Por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las fases de oposición,
concurso y curso selectivo para los aspirantes del sistema de promoción interna, y
determinará la prioridad para la elección de destino.
– Por la suma de la calificación de oposición y curso selectivo para los del sistema
general de acceso libre y determinará la prioridad en la elección de destino, sin perjuicio
de lo previsto en el artículo 78 del Real Decreto 364/1995 y en el apartado
decimonoveno de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
– En caso de empate, la prelación se establecerá de la siguiente forma:
a) Para las personas aspirantes que concurran por el sistema general de acceso
libre, la prelación en caso de empate se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
alcanzada en el curso selectivo y, en caso de persistir el empate, se atenderá a la nota
correspondiente al tercero, segundo y primer ejercicio de la fase de oposición, por este
orden.
b) Para las personas aspirantes que concurran por el sistema de promoción interna,
la prelación en caso de empate se establecerá atendiendo a la mayor antigüedad global
(servicios prestados y reconocidos) de la persona aspirante. Si esto no fuera suficiente,
se atenderá a la mayor puntuación alcanzada en el curso selectivo, y, en caso de
persistir el empate, a la nota correspondiente al tercer, segundo y primer ejercicio, por
este orden.
10.9 La persona titular de la Secretaría de Estado de Función Pública nombrará
personal funcionario de carrera y asignará destino inicial a las personas aspirantes que
hayan superado el proceso selectivo y acreditado, en los términos indicados en la
convocatoria, cumplir los requisitos exigidos.
10.10 Los nombramientos y la asignación de destino inicial se publicarán en el
«Boletín Oficial del Estado».
11.

Programas

11.1 El programa que ha de regir los procesos selectivos se incluye como anexo I
de esta convocatoria.
12.

Órgano de selección

12.1 El órgano de selección común a ambos procesos selectivos, es el que figura
en el presente apartado.
12.2 Se publicará un breve currículum profesional de las personas que forman
parte de este órgano de selección en la sede electrónica del órgano convocante.
12.3 El órgano de selección actuará conforme a los principios de agilidad y
eficiencia a la hora de ordenar el desarrollo de los procesos selectivos, sin perjuicio del
cumplimiento de los principios de actuación de acuerdo con lo establecido en el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
12.4 El procedimiento de actuación del órgano de selección se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en el artículo 112 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de
diciembre, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en la
Ley 19/2013, de 9 de noviembre y en las demás disposiciones vigentes. Sus
competencias serán las necesarias para su adecuado funcionamiento, incluyendo la
calificación de los ejercicios. En particular, los miembros del órgano de selección
deberán abstenerse y podrán ser recusados de conformidad con lo establecido en los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.

cve: BOE-A-2024-27420
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Núm. 314