Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado. (BOE-A-2024-27419)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 186170
Las personas aspirantes a las plazas de promoción interna que pertenezcan al
Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad estarán exentas de la realización de los
ejercicios primero y segundo.
Las personas aspirantes incluidas, con la calificación de «apto consolidado», en la
relación de opositores que han superado el primer ejercicio, publicada por resolución
de 1 de julio de 2024, del Tribunal calificador de la convocatoria aprobada por resolución
de 5 de abril de 2024, estarán exentos de la realización del primer ejercicio de la
presente convocatoria, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de
calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean análogos, lo que
será valorado por el tribunal convocante.
Las personas aspirantes incluidas, con la calificación de «apto consolidado», en la
relación de aprobados del segundo ejercicio, publicada por resolución de 29 de julio
de 2024, del Tribunal calificador de la convocatoria aprobada por resolución de 5 de abril
de 2024, estarán exentos de la realización del segundo ejercicio de la presente
convocatoria, siempre y cuando el contenido y la forma de calificación sean análogos, lo
que será valorado por el tribunal convocante.
Las personas aspirantes que hubieran obtenido una calificación igual o superior
a 30 puntos en el tercer ejercicio, de la convocatoria aprobada por resolución de 5 de
abril de 2024, estarán exentas de la realización del tercer ejercicio de la presente
convocatoria, siempre y cuando, el contenido del temario y la forma de calificación de los
ejercicios en los que se ha conservado la nota, sean análogos, lo que será valorado por
el tribunal convocante.
Perderán este derecho aquellas personas aspirantes que, en esta convocatoria,
opten por una forma de acceso distinta de la elegida en la que se obtuvo la exención.
Primer ejercicio
Consistirá en la resolución, por escrito, en un tiempo máximo de cinco horas, de un
cuestionario de 30 preguntas que el Tribunal propondrá sobre el temario de Derecho y
Economía que figura en el anexo I.
Este ejercicio se considera idóneo a efectos de valorar los conocimientos teóricos
necesarios para el correcto desempeño del puesto de trabajo.
En este ejercicio se valorará la formación y los conocimientos generales, la claridad y
orden de ideas y la capacidad de expresión.
Se calificará como «apto», «apto consolidado» o «no apto», siendo necesaria la
calificación de «apto» o «apto consolidado» para acceder al ejercicio siguiente. El ejercicio
se valorará de 0 a 50, otorgándose la calificación de «apto» cuando se alcancen un
mínimo de 25 puntos, y la de «apto consolidado» cuando se alcancen 30 puntos o más.
Se distribuirán los 50 puntos de puntuación máxima directa de la forma siguiente:
a) Formación y conocimientos generales, de 0 a 30 puntos.
b) Claridad y orden de ideas, de 0 a 10 puntos.
c) Capacidad de expresión de 0 a 10 puntos.
Se entiende por calificación la puntuación directa obtenida con carácter previo, en su
caso, a la aplicación por parte del órgano de selección de fórmulas matemáticas que
transformen la puntuación obtenida al objeto de determinar la superación del ejercicio.
Quienes habiendo obtenido la calificación de «apto consolidado» en esta
convocatoria no superen todas las pruebas de la fase de oposición, quedarán exentos de
la realización del primer ejercicio en la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y
cuando el contenido del temario y la forma de calificación de este ejercicio sean
análogos, lo que será valorado por el tribunal convocante.
cve: BOE-A-2024-27419
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 186170
Las personas aspirantes a las plazas de promoción interna que pertenezcan al
Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad estarán exentas de la realización de los
ejercicios primero y segundo.
Las personas aspirantes incluidas, con la calificación de «apto consolidado», en la
relación de opositores que han superado el primer ejercicio, publicada por resolución
de 1 de julio de 2024, del Tribunal calificador de la convocatoria aprobada por resolución
de 5 de abril de 2024, estarán exentos de la realización del primer ejercicio de la
presente convocatoria, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de
calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean análogos, lo que
será valorado por el tribunal convocante.
Las personas aspirantes incluidas, con la calificación de «apto consolidado», en la
relación de aprobados del segundo ejercicio, publicada por resolución de 29 de julio
de 2024, del Tribunal calificador de la convocatoria aprobada por resolución de 5 de abril
de 2024, estarán exentos de la realización del segundo ejercicio de la presente
convocatoria, siempre y cuando el contenido y la forma de calificación sean análogos, lo
que será valorado por el tribunal convocante.
Las personas aspirantes que hubieran obtenido una calificación igual o superior
a 30 puntos en el tercer ejercicio, de la convocatoria aprobada por resolución de 5 de
abril de 2024, estarán exentas de la realización del tercer ejercicio de la presente
convocatoria, siempre y cuando, el contenido del temario y la forma de calificación de los
ejercicios en los que se ha conservado la nota, sean análogos, lo que será valorado por
el tribunal convocante.
Perderán este derecho aquellas personas aspirantes que, en esta convocatoria,
opten por una forma de acceso distinta de la elegida en la que se obtuvo la exención.
Primer ejercicio
Consistirá en la resolución, por escrito, en un tiempo máximo de cinco horas, de un
cuestionario de 30 preguntas que el Tribunal propondrá sobre el temario de Derecho y
Economía que figura en el anexo I.
Este ejercicio se considera idóneo a efectos de valorar los conocimientos teóricos
necesarios para el correcto desempeño del puesto de trabajo.
En este ejercicio se valorará la formación y los conocimientos generales, la claridad y
orden de ideas y la capacidad de expresión.
Se calificará como «apto», «apto consolidado» o «no apto», siendo necesaria la
calificación de «apto» o «apto consolidado» para acceder al ejercicio siguiente. El ejercicio
se valorará de 0 a 50, otorgándose la calificación de «apto» cuando se alcancen un
mínimo de 25 puntos, y la de «apto consolidado» cuando se alcancen 30 puntos o más.
Se distribuirán los 50 puntos de puntuación máxima directa de la forma siguiente:
a) Formación y conocimientos generales, de 0 a 30 puntos.
b) Claridad y orden de ideas, de 0 a 10 puntos.
c) Capacidad de expresión de 0 a 10 puntos.
Se entiende por calificación la puntuación directa obtenida con carácter previo, en su
caso, a la aplicación por parte del órgano de selección de fórmulas matemáticas que
transformen la puntuación obtenida al objeto de determinar la superación del ejercicio.
Quienes habiendo obtenido la calificación de «apto consolidado» en esta
convocatoria no superen todas las pruebas de la fase de oposición, quedarán exentos de
la realización del primer ejercicio en la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y
cuando el contenido del temario y la forma de calificación de este ejercicio sean
análogos, lo que será valorado por el tribunal convocante.
cve: BOE-A-2024-27419
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 314