Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-27484)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Comercial Seimeira III, SL, de autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica Centeno, de 49,6 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación asociada, en la provincia de Guadalajara.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 186907
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
27484
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Comercial
Seimeira III, SL, de autorización administrativa previa de la instalación
fotovoltaica Centeno, de 49,6 MW de potencia instalada, y su infraestructura
de evacuación asociada, en la provincia de Guadalajara.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en base a los
siguientes:
I.
Primero.
Hechos
Solicitud de autorización administrativa previa.
Comercial Seimeira III, SL solicita, con fecha 16 de julio de 2021, autorización
administrativa previa de la instalación fotovoltaica Centeno, de 49,6 MW de potencia
instalada, y su infraestructura de evacuación asociada en la provincia de Guadalajara (en
adelante también, el proyecto).
Segundo.
Admisión a trámite.
Esta Dirección General acreditó que la solicitud de autorización administrativa previa
del proyecto de la instalación fotovoltaica Centeno y su infraestructura de evacuación, en
la provincia de Guadalajara, había sido presentada y admitida a trámite.
Asimismo, esta Dirección General dictó acuerdo de acumulación para la tramitación
conjunta de los expedientes de autorización administrativa previa de las instalaciones
fotovoltaicas Avena de 49,6 MW de potencia instalada (SGIISE/PFot-720), Centeno
de 49,6 MW de potencia instalada (SGIISE/PFot-721) y Trigo de 40,4 MW de potencia
instalada (SGIISE/PFot-722), y de sus infraestructuras de evacuación, con número de
expediente asociado PFot-720 AC.
Esta Dirección General da traslado del expediente a la Dependencia Provincial de
Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Guadalajara y al Área de
Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, como órgano competente
para la tramitación del expediente de solicitud de autorización conforme a lo dispuesto en
el artículo 113 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
somete a información pública, con la debida publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y Boletín Oficial de las provincias afectadas, habiéndose solicitado igualmente
los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas
de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
cve: BOE-A-2024-27484
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. Tramitación de la solicitud conforme al Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 186907
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
27484
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Comercial
Seimeira III, SL, de autorización administrativa previa de la instalación
fotovoltaica Centeno, de 49,6 MW de potencia instalada, y su infraestructura
de evacuación asociada, en la provincia de Guadalajara.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en base a los
siguientes:
I.
Primero.
Hechos
Solicitud de autorización administrativa previa.
Comercial Seimeira III, SL solicita, con fecha 16 de julio de 2021, autorización
administrativa previa de la instalación fotovoltaica Centeno, de 49,6 MW de potencia
instalada, y su infraestructura de evacuación asociada en la provincia de Guadalajara (en
adelante también, el proyecto).
Segundo.
Admisión a trámite.
Esta Dirección General acreditó que la solicitud de autorización administrativa previa
del proyecto de la instalación fotovoltaica Centeno y su infraestructura de evacuación, en
la provincia de Guadalajara, había sido presentada y admitida a trámite.
Asimismo, esta Dirección General dictó acuerdo de acumulación para la tramitación
conjunta de los expedientes de autorización administrativa previa de las instalaciones
fotovoltaicas Avena de 49,6 MW de potencia instalada (SGIISE/PFot-720), Centeno
de 49,6 MW de potencia instalada (SGIISE/PFot-721) y Trigo de 40,4 MW de potencia
instalada (SGIISE/PFot-722), y de sus infraestructuras de evacuación, con número de
expediente asociado PFot-720 AC.
Esta Dirección General da traslado del expediente a la Dependencia Provincial de
Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Guadalajara y al Área de
Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, como órgano competente
para la tramitación del expediente de solicitud de autorización conforme a lo dispuesto en
el artículo 113 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
somete a información pública, con la debida publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y Boletín Oficial de las provincias afectadas, habiéndose solicitado igualmente
los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas
de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
cve: BOE-A-2024-27484
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. Tramitación de la solicitud conforme al Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.