Ministerio de HaciendaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2024-47673)
Extracto de la resolución de 23 de diciembre de 2024 de la Dirección General de Fondos Europeos por la que se aprueba la convocatoria para la asignación de senda financiera FEDER a Planes de Actuación Integrados de entidades locales, en el marco del desarrollo urbano sostenible, con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el periodo de programación 2021-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 74994
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE HACIENDA
47673
Extracto de la resolución de 23 de diciembre de 2024 de la Dirección
General de Fondos Europeos por la que se aprueba la convocatoria
para la asignación de senda financiera FEDER a Planes de Actuación
Integrados de entidades locales, en el marco del desarrollo urbano
sostenible, con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el
periodo de programación 2021-2027.
BDNS(Identif.):805218
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
805218)
Primero. Beneficiarios:
1. Podrán concurrir a la convocatoria todas las entidades locales recogidas en
el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
Local, que reúnan los requisitos recogidos en el artículo 5 y en el Anexo I de la
Orden de bases.
2. Los municipios solo podrán solicitar un Plan de Actuación. Las entidades
locales supramunicipales mencionadas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, podrán presentar más de un Plan y ser beneficiarias de más de una senda
financiera en la misma o distinta categoría, siempre y cuando el área de actuación
no sea coincidente con otro Plan gestionado por la misma u otra entidad.
3. Dentro de un mismo término municipal solo podrán actuar como máximo dos
Planes seleccionados, siendo uno de ámbito municipal (ciudad grande o
intermedia) y otro de ámbito supramunicipal solicitado por otra entidad local, y
siempre que las actuaciones previstas en dichos planes no confluyan en un mismo
ámbito, objeto y objetivo.
Segundo. Objeto.
Bajo el marco de los reglamentos de la Unión Europea, la finalidad es la
financiación de los Planes de Actuación Integrados seleccionados que promuevan
el desarrollo urbano sostenible desde la triple perspectiva medioambiental,
económica y social y redunden en una mejor calidad de vida para la ciudadanía.
Tercero. Bases reguladoras
Orden HAC/1072/2024, de 2 de octubre, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la asignación de senda financiera FEDER a Planes de actuación
integrados de entidades locales, en el marco del Desarrollo Urbano Sostenible, con
cve: BOE-B-2024-47673
Verificable en https://www.boe.es
La presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria para la
asignación de senda financiera FEDER a los Planes de Actuación Integrados
seleccionados en el marco del desarrollo urbano sostenible, materializando las
previsiones de financiación programadas en la prioridad 2c y el Objetivo Específico
5.1. del Programa Plurirregional de España (en adelante POPE).
Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 74994
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MINISTERIO DE HACIENDA
47673
Extracto de la resolución de 23 de diciembre de 2024 de la Dirección
General de Fondos Europeos por la que se aprueba la convocatoria
para la asignación de senda financiera FEDER a Planes de Actuación
Integrados de entidades locales, en el marco del desarrollo urbano
sostenible, con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el
periodo de programación 2021-2027.
BDNS(Identif.):805218
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
805218)
Primero. Beneficiarios:
1. Podrán concurrir a la convocatoria todas las entidades locales recogidas en
el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
Local, que reúnan los requisitos recogidos en el artículo 5 y en el Anexo I de la
Orden de bases.
2. Los municipios solo podrán solicitar un Plan de Actuación. Las entidades
locales supramunicipales mencionadas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, podrán presentar más de un Plan y ser beneficiarias de más de una senda
financiera en la misma o distinta categoría, siempre y cuando el área de actuación
no sea coincidente con otro Plan gestionado por la misma u otra entidad.
3. Dentro de un mismo término municipal solo podrán actuar como máximo dos
Planes seleccionados, siendo uno de ámbito municipal (ciudad grande o
intermedia) y otro de ámbito supramunicipal solicitado por otra entidad local, y
siempre que las actuaciones previstas en dichos planes no confluyan en un mismo
ámbito, objeto y objetivo.
Segundo. Objeto.
Bajo el marco de los reglamentos de la Unión Europea, la finalidad es la
financiación de los Planes de Actuación Integrados seleccionados que promuevan
el desarrollo urbano sostenible desde la triple perspectiva medioambiental,
económica y social y redunden en una mejor calidad de vida para la ciudadanía.
Tercero. Bases reguladoras
Orden HAC/1072/2024, de 2 de octubre, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la asignación de senda financiera FEDER a Planes de actuación
integrados de entidades locales, en el marco del Desarrollo Urbano Sostenible, con
cve: BOE-B-2024-47673
Verificable en https://www.boe.es
La presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria para la
asignación de senda financiera FEDER a los Planes de Actuación Integrados
seleccionados en el marco del desarrollo urbano sostenible, materializando las
previsiones de financiación programadas en la prioridad 2c y el Objetivo Específico
5.1. del Programa Plurirregional de España (en adelante POPE).