Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Técnico de Hacienda. (BOE-A-2024-27301)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Técnico de Hacienda.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 28 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 185118
presentación de las solicitudes, pago de las tasas de derecho de examen y
documentación, así como, en su caso, la subsanación y los procedimientos de
impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos, a través de medios
electrónicos.
5.2 El modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas convocadas por
la Agencia Estatal de Administración Tributaria y liquidación de la tasa de derechos de
examen (modelo 791), aprobado por Resolución de 17 de julio de 2020 (BOE del 22), de
la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se encuentra a
disposición de las personas interesadas en la dirección de Internet https://
sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/B201.shtml.
La solicitud se cumplimentará electrónicamente de acuerdo con su contenido y las
instrucciones del anexo IV, siguiendo lo previsto en la guía para la cumplimentación de
solicitudes de participación en procesos selectivos, disponible en la citada dirección
electrónica.
5.3 La presentación de solicitudes se realizará obligatoriamente por vía telemática
con certificado electrónico o mediante el sistema «Cl@ve PIN», a través de la sede
electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria ubicada en la dirección de
Internet antes citada.
La presentación por esta vía permitirá:
− La inscripción en línea en el modelo oficial (obligatorio).
− Anexar documentos a la solicitud (opcional).
− El pago electrónico de las tasas, si procede (obligatorio).
− El registro electrónico de la solicitud (obligatorio).
− La modificación, durante el plazo de inscripción, de la solicitud registrada
(opcional).
− La subsanación de la solicitud, en su caso, durante el plazo otorgado a estos
efectos, permitiendo completar o modificar los datos relacionados con la causa de
exclusión, y/o adjuntar la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.
Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento
ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de
presentación de solicitudes, lo que, en su caso, se publicará en la sede electrónica de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los
supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que
constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.
La constancia del pago correcto de las tasas estará avalada por el Número de
Referencia Completo (NRC) que figurará en el justificante de registro.
El plazo para realizar la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a
partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado». La solicitud se dirigirá a la Directora del Departamento de Recursos Humanos
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. En el supuesto de que haya de
subsanarse la presentación no electrónica de la solicitud, se considerará como fecha de
presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación. La no
presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la inadmisión de la persona
aspirante.
Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos consignados en su solicitud
registrada telemáticamente, que podrán modificar dentro del plazo establecido para la
presentación de solicitudes.
Los datos personales aportados por las personas aspirantes en la solicitud de
participación serán tratados con la finalidad de gestionar su participación en dichos
procesos y las comunicaciones necesarias para ello, y el análisis y estudio de los datos
relativos a estos procesos selectivos, ajustándose al Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 y a la Ley Orgánica 3/2018,
cve: BOE-A-2024-27301
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313
Sábado 28 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 185118
presentación de las solicitudes, pago de las tasas de derecho de examen y
documentación, así como, en su caso, la subsanación y los procedimientos de
impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos, a través de medios
electrónicos.
5.2 El modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas convocadas por
la Agencia Estatal de Administración Tributaria y liquidación de la tasa de derechos de
examen (modelo 791), aprobado por Resolución de 17 de julio de 2020 (BOE del 22), de
la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se encuentra a
disposición de las personas interesadas en la dirección de Internet https://
sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/B201.shtml.
La solicitud se cumplimentará electrónicamente de acuerdo con su contenido y las
instrucciones del anexo IV, siguiendo lo previsto en la guía para la cumplimentación de
solicitudes de participación en procesos selectivos, disponible en la citada dirección
electrónica.
5.3 La presentación de solicitudes se realizará obligatoriamente por vía telemática
con certificado electrónico o mediante el sistema «Cl@ve PIN», a través de la sede
electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria ubicada en la dirección de
Internet antes citada.
La presentación por esta vía permitirá:
− La inscripción en línea en el modelo oficial (obligatorio).
− Anexar documentos a la solicitud (opcional).
− El pago electrónico de las tasas, si procede (obligatorio).
− El registro electrónico de la solicitud (obligatorio).
− La modificación, durante el plazo de inscripción, de la solicitud registrada
(opcional).
− La subsanación de la solicitud, en su caso, durante el plazo otorgado a estos
efectos, permitiendo completar o modificar los datos relacionados con la causa de
exclusión, y/o adjuntar la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.
Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento
ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de
presentación de solicitudes, lo que, en su caso, se publicará en la sede electrónica de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los
supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que
constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.
La constancia del pago correcto de las tasas estará avalada por el Número de
Referencia Completo (NRC) que figurará en el justificante de registro.
El plazo para realizar la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a
partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado». La solicitud se dirigirá a la Directora del Departamento de Recursos Humanos
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. En el supuesto de que haya de
subsanarse la presentación no electrónica de la solicitud, se considerará como fecha de
presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación. La no
presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la inadmisión de la persona
aspirante.
Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos consignados en su solicitud
registrada telemáticamente, que podrán modificar dentro del plazo establecido para la
presentación de solicitudes.
Los datos personales aportados por las personas aspirantes en la solicitud de
participación serán tratados con la finalidad de gestionar su participación en dichos
procesos y las comunicaciones necesarias para ello, y el análisis y estudio de los datos
relativos a estos procesos selectivos, ajustándose al Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 y a la Ley Orgánica 3/2018,
cve: BOE-A-2024-27301
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313