Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2024-27374)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por el que se encomienda la gestión al Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Alimentario, para la realización de los trabajos relacionados con los exámenes técnicos de identificación varietal de vid y patrones de vid necesarios para el registro de variedades vegetales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Sábado 28 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 185421
Actividades de formación y apoyo a la OEVV, que se concretarán en el siguiente
informe:
Informe de ejercicio.
cve: BOE-A-2024-27374
Verificable en https://www.boe.es
Los trabajos se abonarán por el MAPA una vez recibidos los informes realizados y
detallados en la cuenta justificativa, en fecha dependiente de los ciclos biológicos de
cada una de las especies, y certificados de conformidad por el Director de los trabajos.
Todos los informes correspondientes a una anualidad deberán haber sido entregados
a la OEVV con anterioridad al cierre de ejercicio del correspondiente año, con
independencia del cumplimiento de los plazos correspondientes previstos por el Real
Decreto 170/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento general del
registro de variedades comerciales y se modifica el Reglamento general técnico de
control y certificación de semillas y plantas de vivero, así como por la Oficina Comunitaria
de Variedades Vegetales.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 313
Sábado 28 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 185421
Actividades de formación y apoyo a la OEVV, que se concretarán en el siguiente
informe:
Informe de ejercicio.
cve: BOE-A-2024-27374
Verificable en https://www.boe.es
Los trabajos se abonarán por el MAPA una vez recibidos los informes realizados y
detallados en la cuenta justificativa, en fecha dependiente de los ciclos biológicos de
cada una de las especies, y certificados de conformidad por el Director de los trabajos.
Todos los informes correspondientes a una anualidad deberán haber sido entregados
a la OEVV con anterioridad al cierre de ejercicio del correspondiente año, con
independencia del cumplimiento de los plazos correspondientes previstos por el Real
Decreto 170/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento general del
registro de variedades comerciales y se modifica el Reglamento general técnico de
control y certificación de semillas y plantas de vivero, así como por la Oficina Comunitaria
de Variedades Vegetales.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X