Ministerio de Trabajo y Economía Social. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. (BOE-A-2024-27304)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Sábado 28 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 185184

Tercer ejercicio:
La realización de este ejercicio oral permitirá valorar la amplitud y compresión de
conocimientos generales de prevención de riesgos laborales y de dos campos de
especialización, el equilibrio en el desarrollo de los temas, la claridad de exposición, así
como la capacidad de expresión oral, de síntesis y de relación entre conceptos,
competencias y conocimientos fundamentales para el ejercicio de las funciones propias
de la Escala de Titulados Superiores del INSHT.

cve: BOE-A-2024-27304
Verificable en https://www.boe.es

La realización de este ejercicio en modalidad presencial permitirá valorar los
conocimientos del idioma extranjero, la capacidad de comprensión y síntesis, el dominio
gramatical y de vocabulario, y la expresión escrita y calidad de la versión en castellano. Estas
capacidades son imprescindibles para el desempeño de las funciones científico-técnicas
propias de la Escala de Tituladores Superiores del INSHT, tales como asistencia a reuniones
de ámbito internacional, la lectura y redacción de documentación científico-técnica o
normativa en idiomas extranjeros, la atención a representantes de otros países, etc.
En la modalidad presencial, el ejercicio será contestado por escrito y consistirá en la
traducción al castellano, sin la ayuda de diccionario, de un texto redactado en el idioma
elegido por el aspirante.
Para la realización de esta parte, las personas aspirantes dispondrán 75 minutos.
En la modalidad de acreditación de los conocimientos mediante titulación, alternativa
de la anterior, las personas aspirantes podrán acreditar su conocimiento de inglés,
francés o alemán, presentando alguno de los títulos que se incluyen en el anexo V,
conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que corresponda
con un nivel B2 o superior del idioma escogido, siempre y cuando dicho título se haya
obtenido en los 5 años anteriores al plazo de finalización de presentación de instancias.
Quienes se acojan a esta modalidad, además de indicarlo en la solicitud de
participación, deberán adjuntar a dicha solicitud la titulación que acredita el conocimiento
del idioma elegido.
El Tribunal, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas
de la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la
titulación en cualquier momento del proceso selectivo. El aspirante deberá presentar
dicha documentación en el momento indicado. A tal efecto, preferiblemente, se
aprovechará para este requerimiento la convocatoria de ejercicios de la fase de
oposición. Si no se presentara dicha documentación o de la documentación presentada
se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido,
no se valorará.
Previamente a la celebración del ejercicio el Tribunal habrá de estudiar la
documentación presentada por las personas aspirantes con el fin de corroborar la
idoneidad de los certificados presentados a efectos de la superación del ejercicio. De
esta manera, el Tribunal podrá convocar, para que se presenten por la modalidad
presencial, a aquellas personas aspirantes que no reúnan los requisitos para la
modalidad de acreditación del conocimiento del idioma mediante titulación.
El presente ejercicio se calificará de «apto» o «no apto», independientemente de la
modalidad a la que se acojan las personas aspirantes. Será necesario obtener la
calificación de «apto» para superarla.
En la modalidad presencial, la calificación de «apto» no se otorgará si no se alcanza,
al menos, el cincuenta por ciento de la valoración total del ejercicio.
En la modalidad de acreditación de conocimientos mediante titulación, la calificación
será «apto» para las personas aspirantes que presenten alguno de los títulos que se
recogen en el anexo V conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las
Lenguas (MCER), que corresponda con un nivel B2 o superior, siempre y cuando dicho
título haya sido obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de
presentación de instancias. Los niveles inferiores a B2 no se considerarán válidos para la
superación del ejercicio.