Ministerio de Trabajo y Economía Social. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. (BOE-A-2024-27304)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Sábado 28 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 185186

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los ejercicios primero, tercero y cuarto. En caso de empate, el
orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el tercer, cuarto y
primer ejercicio, por este orden. De persistir el empate, primará la primera letra del primer
apellido empezando por la «V», de acuerdo con la Resolución de 25 de julio de 2024, de
la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo
a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración del Estado. Y, si persiste, se decidirá por sorteo.
6.3.B

Fase de oposición para el ingreso por el sistema de promoción interna.

La fase de oposición constará de tres ejercicios eliminatorios cuyo sistema y
calificación se describe a continuación. Las personas aspirantes que accedan por el
sistema de promoción interna quedan exentas de la realización del primer ejercicio
previsto para el turno libre.

Este ejercicio consistirá en una prueba de conocimiento de los idiomas inglés,
francés o alemán, a elección de la persona aspirante.
Se establecen dos modalidades excluyentes de evaluación: una presencial y, otra,
sustitutiva de la anterior, mediante la cual las personas aspirantes podrán acreditar su
conocimiento de inglés, francés o alemán, equivalente a B2 o superior, de acuerdo con el
Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas (MCER). Si la persona aspirante
ha optado por realizar el examen presencial no podrá, a posteriori, modificar la
modalidad escogida.
La realización de este ejercicio en modalidad presencial permitirá valorar los
conocimientos del idioma extranjero, la capacidad de comprensión y síntesis, el dominio
gramatical y de vocabulario, y la expresión escrita y calidad de la versión en castellano. Estas
capacidades son imprescindibles para el desempeño de las funciones científico-técnicas
propias de la Escala de Tituladores Superiores del INSHT, tales como asistencia a reuniones
de ámbito internacional, la lectura y redacción de documentación científico-técnica o
normativa en idiomas extranjeros, la atención a representantes de otros países, etc.
En la modalidad presencial, el ejercicio será contestado por escrito y consistirá en la
traducción al castellano, sin la ayuda de diccionario, de un texto redactado en el idioma
elegido por la persona aspirante.
Para la realización de esta parte, las personas aspirantes dispondrán de 75 minutos.
En la modalidad de acreditación de los conocimientos mediante titulación, alternativa
de la anterior, las personas aspirantes podrán acreditar su conocimiento de inglés,
francés o alemán, presentando alguno de los títulos que se incluyen en el anexo V,
conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que corresponda
con un nivel B2 o superior del idioma escogido, siempre y cuando dicho título se haya
obtenido en los 5 años anteriores al plazo de finalización de presentación de instancias.
Quienes se acojan a esta modalidad, además de indicarlo en la solicitud de
participación, deberán adjuntar a dicha solicitud la titulación que acredita el conocimiento
del idioma elegido.
El Tribunal, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas de
la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la titulación
en cualquier momento del proceso selectivo. La persona aspirante deberá presentar dicha
documentación en el momento indicado. A tal efecto, preferiblemente, se aprovechará para
este requerimiento la convocatoria de ejercicios de la fase de oposición. Si no se presentara
dicha documentación o de la documentación presentada se dedujera que no se está en
posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido, no se valorará.
Previamente a la celebración del ejercicio, el Tribunal habrá de estudiar la
documentación presentada por las personas aspirantes con el fin de corroborar la
idoneidad de los certificados presentados a efectos de la superación del ejercicio. De

cve: BOE-A-2024-27304
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Primer ejercicio: