Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-27389)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación «la Caixa», en el marco de la convocatoria «CaixaResearch Health Call 2024», Proyecto GReat/HR24-00445.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Sábado 28 de diciembre de 2024
4.2
Sec. III. Pág. 185489
Informes de seguimiento.
La Institución se compromete a presentar a la Fundación «la Caixa», como mínimo,
los siguientes informes, a través de la aplicación «Gestión de ayudas y becas de
investigación»:
i) un informe intermedio de seguimiento, que deberá presentarse al menos siete (7)
días antes de solicitar el pago correspondiente a la mitad del periodo del Proyecto (unos
dieciocho (18) meses después del inicio del mismo); y
ii) un informe final, que deberá presentarse siete (7) días antes de la reunión final a
que se refiere la cláusula 4.1 y que deberá incluir una lista de los gastos del Proyecto
financiados con cargo a la Ayuda de la Fundación «la Caixa», una descripción detallada
de todas las actividades realizadas, el grado de consecución de los objetivos del
Proyecto y una evaluación del Proyecto llevado a cabo.
La Institución, en calidad de entidad beneficiaria y coordinadora del Proyecto, deberá
presentar como parte del informe final una carta de aceptación de cada Institución
Asociada en relación con el desarrollo del Proyecto.
Tanto el informe intermedio de seguimiento como el informe final se ajustarán a las
indicaciones y al formato facilitado por la Fundación «la Caixa». Su presentación es un
requisito obligatorio para recibir la Aportación.
4.3 Seguimiento del Proyecto a través de la aplicación «Gestión de ayudas y becas
de investigación».
La Institución, a través del Líder del Proyecto o de otros miembros del equipo del
Proyecto, deberá proporcionar información actualizada acerca del mismo en la aplicación
«Gestión de ayudas y becas de investigación» de la Fundación «la Caixa», cumpliendo
en todo momento las normas de acceso y uso que se les hayan comunicado.
En particular, aunque no exclusivamente, la Institución deberá incluir periódicamente
en la aplicación «Gestión de ayudas y becas de investigación» y, en todo caso, al final de
cada año del Proyecto: i) las publicaciones, avances y resultados científicos y las
actividades de difusión del Proyecto, ii) información actualizada relativa a todos los
miembros del equipo, y iii) los datos que justifiquen la asignación de la Aportación al
Proyecto.
La Fundación «la Caixa» podrá solicitar en cualquier momento los informes, datos y
documentación justificativa que estime necesarios acerca del Proyecto, y la Institución y
el Líder del Proyecto se comprometen a proporcionarlos.
Apoyo posterior a la adjudicación.
La Institución y el Líder del Proyecto manifiestan conocer y aceptar que: (i) la
Fundación «la Caixa» estará facultada, pero no obligada, a ofrecer apoyo e iniciativas
posteriores a la adjudicación tales como mentorías, consultoría o formación en campos
relevantes para la investigación incluyendo, a título no limitativo, innovación,
acompañamiento clínico, divulgación de resultados, gestión de datos, etc.; (ii) la
Fundación «la Caixa» podrá comunicar información relevante del Centro y/o del Proyecto
y/o del equipo del Proyecto a los proveedores involucrados en dichas iniciativas
posteriores a la adjudicación; (iii) la Fundación «la Caixa» podrá recibir comentarios
sobre el Proyecto de dichos proveedores durante el curso de las referidas iniciativas y
hasta su finalización; y (iv) la participación en éstas se alienta encarecidamente, y puede
implicar el contacto con los equipos de otros proyectos y/o con los proveedores
anteriormente referidos.
Quinta.
Auditoría.
La Institución autoriza a la Fundación «la Caixa», así como a las empresas que esta
contrate a tal efecto a verificar, en cualquier momento, el cumplimiento de las
cve: BOE-A-2024-27389
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 313
Sábado 28 de diciembre de 2024
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Sec. III. Pág. 185489
Informes de seguimiento.
La Institución se compromete a presentar a la Fundación «la Caixa», como mínimo,
los siguientes informes, a través de la aplicación «Gestión de ayudas y becas de
investigación»:
i) un informe intermedio de seguimiento, que deberá presentarse al menos siete (7)
días antes de solicitar el pago correspondiente a la mitad del periodo del Proyecto (unos
dieciocho (18) meses después del inicio del mismo); y
ii) un informe final, que deberá presentarse siete (7) días antes de la reunión final a
que se refiere la cláusula 4.1 y que deberá incluir una lista de los gastos del Proyecto
financiados con cargo a la Ayuda de la Fundación «la Caixa», una descripción detallada
de todas las actividades realizadas, el grado de consecución de los objetivos del
Proyecto y una evaluación del Proyecto llevado a cabo.
La Institución, en calidad de entidad beneficiaria y coordinadora del Proyecto, deberá
presentar como parte del informe final una carta de aceptación de cada Institución
Asociada en relación con el desarrollo del Proyecto.
Tanto el informe intermedio de seguimiento como el informe final se ajustarán a las
indicaciones y al formato facilitado por la Fundación «la Caixa». Su presentación es un
requisito obligatorio para recibir la Aportación.
4.3 Seguimiento del Proyecto a través de la aplicación «Gestión de ayudas y becas
de investigación».
La Institución, a través del Líder del Proyecto o de otros miembros del equipo del
Proyecto, deberá proporcionar información actualizada acerca del mismo en la aplicación
«Gestión de ayudas y becas de investigación» de la Fundación «la Caixa», cumpliendo
en todo momento las normas de acceso y uso que se les hayan comunicado.
En particular, aunque no exclusivamente, la Institución deberá incluir periódicamente
en la aplicación «Gestión de ayudas y becas de investigación» y, en todo caso, al final de
cada año del Proyecto: i) las publicaciones, avances y resultados científicos y las
actividades de difusión del Proyecto, ii) información actualizada relativa a todos los
miembros del equipo, y iii) los datos que justifiquen la asignación de la Aportación al
Proyecto.
La Fundación «la Caixa» podrá solicitar en cualquier momento los informes, datos y
documentación justificativa que estime necesarios acerca del Proyecto, y la Institución y
el Líder del Proyecto se comprometen a proporcionarlos.
Apoyo posterior a la adjudicación.
La Institución y el Líder del Proyecto manifiestan conocer y aceptar que: (i) la
Fundación «la Caixa» estará facultada, pero no obligada, a ofrecer apoyo e iniciativas
posteriores a la adjudicación tales como mentorías, consultoría o formación en campos
relevantes para la investigación incluyendo, a título no limitativo, innovación,
acompañamiento clínico, divulgación de resultados, gestión de datos, etc.; (ii) la
Fundación «la Caixa» podrá comunicar información relevante del Centro y/o del Proyecto
y/o del equipo del Proyecto a los proveedores involucrados en dichas iniciativas
posteriores a la adjudicación; (iii) la Fundación «la Caixa» podrá recibir comentarios
sobre el Proyecto de dichos proveedores durante el curso de las referidas iniciativas y
hasta su finalización; y (iv) la participación en éstas se alienta encarecidamente, y puede
implicar el contacto con los equipos de otros proyectos y/o con los proveedores
anteriormente referidos.
Quinta.
Auditoría.
La Institución autoriza a la Fundación «la Caixa», así como a las empresas que esta
contrate a tal efecto a verificar, en cualquier momento, el cumplimiento de las
cve: BOE-A-2024-27389
Verificable en https://www.boe.es
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