Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-27389)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación «la Caixa», en el marco de la convocatoria «CaixaResearch Health Call 2024», Proyecto GReat/HR24-00445.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Sábado 28 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 185485
El importe de la Aportación incluirá, en su caso, los impuestos aplicables. El pago se
abonará en la cuenta corriente núm. ES07 9000 0001 2002 2000 0047 abierta en el
Banco de España a nombre del CSIC, c/ Alcalá, 48, 28014 Madrid.
Como consecuencia de esta colaboración, la Fundación «la Caixa» no asumirá
ningún otro pago ni responsabilidad por un concepto distinto de los especificados en el
presente convenio.
Segunda.
Obligaciones, manifestaciones y garantías del CSIC.
a) Llevar a cabo el Proyecto descrito en la propuesta presentada a la Convocatoria
de Propuestas en la que no se podrán introducir modificaciones sustanciales. En caso de
que se precise realizar alguna modificación sustancial, deberá comunicarse al Comité de
Seguimiento descrito en la cuarta cláusula, y la Fundación «la Caixa» se reserva el
derecho de cancelar la Ayuda o de reclamar su devolución, dependiendo de la
naturaleza y los efectos del cambio en cuestión y, en todo caso, en aplicación del
régimen de resolución del convenio contenido en la cláusula novena. Toda modificación
presupuestaria se comunicará igualmente a la Fundación «la Caixa», acompañada de la
debida justificación y sujeta a la aprobación previa del Comité de Seguimiento.
b) Aceptar y ejecutar en el Proyecto los cambios que solicite el Comité de Ética
Externa de la Fundación «la Caixa».
c) Asumir la responsabilidad de suministrar al Proyecto los elementos necesarios
para alcanzar su objetivo y para garantizar una gestión adecuada, a fin de asegurar su
correcto desarrollo. La Fundación «la Caixa» no será responsable de la gestión realizada
por la Institución o los colaboradores del Proyecto.
d) Asignar el importe íntegro concedido de la Ayuda por la Fundación «la Caixa» a
los objetivos especificados en este convenio, con arreglo a las Bases de Participación y
al presupuesto presentado en la Convocatoria de Propuestas, y gestionar y administrar
con diligencia la suma de la Ayuda recibida, asumiendo la responsabilidad de distribuirla
a todas las demás Instituciones Asociadas, en su caso.
e) Ejecutar el Proyecto de conformidad con las normas y principios éticos más
exigentes reconocidos en la normativa española, portuguesa, europea y/o internacional
de investigación biomédica en relación con el respeto a la dignidad humana y la
experimentación (p.ej. incluyendo, pero no limitándose a las Pautas éticas
internacionales para la investigación relacionadas con la salud con seres humanos
elaboradas por el Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médicas
(CIOMS), la Declaración de Helsinki de la Asociación Médica Mundial: Principios éticos
para las investigaciones médicas en seres humanos y la Declaración Universal de
Derechos Humanos, entre otros), el libre albedrío, la protección de datos, el bienestar
animal y la preservación del medio ambiente, así como las normas de integridad
investigadora y buenas prácticas científicas (p.ej. el Código Europeo de Conducta para la
Integridad en la Investigación-ALLEA), los principios de investigación e innovación
responsable (RRI), y respetando los principios de la Institución, las Bases de
Participación en la Convocatoria de Propuestas y la legislación aplicable en cada
momento, además de cualesquiera derechos de terceros que puedan verse afectados.
Cualquier supuesto de conducta científica inapropiada que pueda producirse sobre el
Proyecto (aunque sea anterior a la concesión de la Ayuda), o incluso una vez finalizado
el mismo, deberá comunicarse con carácter inmediato a la Fundación «la Caixa». En el
caso de que la Institución esté sujeta a la aplicación de la normativa de transparencia o
de protección de datos de carácter personal y/o la información relativa a la conducta
científica inapropiada esté protegida por dicha normativa, la Institución se compromete a
obtener el consentimiento de las personas implicadas en la conducta (p.ej. el Líder del
Proyecto, miembros del equipo del Proyecto, entre otros) para poder informar a la
cve: BOE-A-2024-27389
Verificable en https://www.boe.es
2.1 Sin perjuicio de las obligaciones que le imponen las demás cláusulas del
convenio, la Institución, que por el presente instrumento ratifica su aceptación de las
Bases de Participación, se compromete a lo siguiente:
Núm. 313
Sábado 28 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 185485
El importe de la Aportación incluirá, en su caso, los impuestos aplicables. El pago se
abonará en la cuenta corriente núm. ES07 9000 0001 2002 2000 0047 abierta en el
Banco de España a nombre del CSIC, c/ Alcalá, 48, 28014 Madrid.
Como consecuencia de esta colaboración, la Fundación «la Caixa» no asumirá
ningún otro pago ni responsabilidad por un concepto distinto de los especificados en el
presente convenio.
Segunda.
Obligaciones, manifestaciones y garantías del CSIC.
a) Llevar a cabo el Proyecto descrito en la propuesta presentada a la Convocatoria
de Propuestas en la que no se podrán introducir modificaciones sustanciales. En caso de
que se precise realizar alguna modificación sustancial, deberá comunicarse al Comité de
Seguimiento descrito en la cuarta cláusula, y la Fundación «la Caixa» se reserva el
derecho de cancelar la Ayuda o de reclamar su devolución, dependiendo de la
naturaleza y los efectos del cambio en cuestión y, en todo caso, en aplicación del
régimen de resolución del convenio contenido en la cláusula novena. Toda modificación
presupuestaria se comunicará igualmente a la Fundación «la Caixa», acompañada de la
debida justificación y sujeta a la aprobación previa del Comité de Seguimiento.
b) Aceptar y ejecutar en el Proyecto los cambios que solicite el Comité de Ética
Externa de la Fundación «la Caixa».
c) Asumir la responsabilidad de suministrar al Proyecto los elementos necesarios
para alcanzar su objetivo y para garantizar una gestión adecuada, a fin de asegurar su
correcto desarrollo. La Fundación «la Caixa» no será responsable de la gestión realizada
por la Institución o los colaboradores del Proyecto.
d) Asignar el importe íntegro concedido de la Ayuda por la Fundación «la Caixa» a
los objetivos especificados en este convenio, con arreglo a las Bases de Participación y
al presupuesto presentado en la Convocatoria de Propuestas, y gestionar y administrar
con diligencia la suma de la Ayuda recibida, asumiendo la responsabilidad de distribuirla
a todas las demás Instituciones Asociadas, en su caso.
e) Ejecutar el Proyecto de conformidad con las normas y principios éticos más
exigentes reconocidos en la normativa española, portuguesa, europea y/o internacional
de investigación biomédica en relación con el respeto a la dignidad humana y la
experimentación (p.ej. incluyendo, pero no limitándose a las Pautas éticas
internacionales para la investigación relacionadas con la salud con seres humanos
elaboradas por el Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médicas
(CIOMS), la Declaración de Helsinki de la Asociación Médica Mundial: Principios éticos
para las investigaciones médicas en seres humanos y la Declaración Universal de
Derechos Humanos, entre otros), el libre albedrío, la protección de datos, el bienestar
animal y la preservación del medio ambiente, así como las normas de integridad
investigadora y buenas prácticas científicas (p.ej. el Código Europeo de Conducta para la
Integridad en la Investigación-ALLEA), los principios de investigación e innovación
responsable (RRI), y respetando los principios de la Institución, las Bases de
Participación en la Convocatoria de Propuestas y la legislación aplicable en cada
momento, además de cualesquiera derechos de terceros que puedan verse afectados.
Cualquier supuesto de conducta científica inapropiada que pueda producirse sobre el
Proyecto (aunque sea anterior a la concesión de la Ayuda), o incluso una vez finalizado
el mismo, deberá comunicarse con carácter inmediato a la Fundación «la Caixa». En el
caso de que la Institución esté sujeta a la aplicación de la normativa de transparencia o
de protección de datos de carácter personal y/o la información relativa a la conducta
científica inapropiada esté protegida por dicha normativa, la Institución se compromete a
obtener el consentimiento de las personas implicadas en la conducta (p.ej. el Líder del
Proyecto, miembros del equipo del Proyecto, entre otros) para poder informar a la
cve: BOE-A-2024-27389
Verificable en https://www.boe.es
2.1 Sin perjuicio de las obligaciones que le imponen las demás cláusulas del
convenio, la Institución, que por el presente instrumento ratifica su aceptación de las
Bases de Participación, se compromete a lo siguiente: