Ministerio Del Interior. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. (BOE-A-2024-27303)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Tráfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Sábado 28 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 185166

formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios
oportunos en las pruebas del proceso selectivo.
13.3 Las personas interesadas deberán indicar expresamente en el formulario de
participación las adaptaciones de tiempo y/o medios que soliciten para cada uno de los
ejercicios del proceso selectivo. Para que el órgano de selección pueda valorar la
procedencia o no de la adaptación solicitada, las personas interesadas deberán adjuntar
necesariamente, en el plazo de presentación de solicitudes, copia auténtica del dictamen
técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad
en el que quede acreditado de forma fehaciente la o las deficiencias permanentes que
hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, sin que sea válido, a estos
efectos, ningún otro documento. El órgano de selección aplicará las adaptaciones de
tiempos que correspondan previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la
que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los
procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad e
informará a los opositores afectados sobre la concesión de tiempos y medios otorgada
en su caso.
14.

Embarazo de riesgo o parto

14.1 Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o
parto, alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o
realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del
proceso y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas. La realización de
estas pruebas no podrá conllevar una demora que menoscabe el derecho del resto de
las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo
que deberá ser valorado por el órgano de selección. En todo caso, la realización de las
citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de personas aspirantes
que han superado el proceso selectivo.
Selección de personal funcionario interino

15.1 De acuerdo con la Instrucción conjunta de las Secretarías de Estado de
Hacienda y Presupuestos y para la Función Pública sobre procedimiento de autorización
de contratos de personal laboral, nombramiento de funcionarios interinos y de personal
estatutario temporal, de 17 de noviembre de 2010 y en relación con el artículo 10 del
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el tribunal elaborará una
lista de candidatos resultante del proceso selectivo para ingreso libre.
15.2 En esta lista figurarán aquellos candidatos que, habiendo participado en el
proceso selectivo por el turno de ingreso libre convocado, y no habiéndolo superado, sí
hubieran obtenido la puntuación que el tribunal considere suficiente. La lista se ordenará
en función de la puntuación obtenida.
15.3 El Tribunal Calificador en función de lo dispuesto en la base 15.1, elaborará
listas de candidatos en función de la provincia del domicilio que los candidatos indiquen
en la solicitud de participación en el proceso selectivo. No obstante, posteriormente, los
candidatos que lo deseen podrán optar por un ámbito provincial distinto, atendiendo a las
instrucciones establecidas al efecto.
15.4 La lista así confeccionada tendrá validez hasta la publicación de la nueva lista
de candidatos resultante del desarrollo de un nuevo proceso selectivo ordinario.
15.5 Para poder formar parte de la lista, los candidatos deberán poseer todos los
requisitos que se hayan exigido para poder participar en la presente convocatoria.
15.6 Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos será
necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública. Este
procedimiento de gestión se hará público en la página web del Ministerio convocante.

cve: BOE-A-2024-27303
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