Ministerio Del Interior. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. (BOE-A-2024-27303)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Tráfico.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Sábado 28 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 185160
Se valorará 0,5 puntos por curso, hasta una puntuación máxima de 5 puntos.
Se valorarán una sola vez los cursos impartidos o recibidos relativos a una misma
materia, aunque se haya repetido su participación, y se valorará únicamente el de nivel
superior o avanzado. No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de
realización y las horas de duración. Asimismo, no se valorarán los inferiores a 15 horas
lectivas, los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados
de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y
similares.
La documentación que acredite los cursos de formación a valorar se acompañará al
certificado de requisitos y méritos.
La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase concurso.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar la fase de oposición.
El tribunal establecerá la nota de corte para acceder al curso selectivo.
El número de aspirantes que accedan al curso selectivo no podrá ser superior al de
plazas convocadas.
6.5
Curso selectivo.
Uno. Mediante resolución de la Dirección General de Tráfico se dictarán las normas
que han de regir el curso selectivo que será organizado por la Dirección General de
Tráfico. La duración previsible será de hasta diez semanas. Tendrá como finalidad
primordial la adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de los
aspirantes para el ejercicio de funciones de examinador.
El curso selectivo estará dividido en dos partes: la primera incluirá formación teórica
y práctica presencial en el Centro de Formación de la Dirección General de Tráfico en
Móstoles (Madrid); la segunda parte consistirá en una semana de prácticas en la
Jefatura Provincial de Tráfico que se determine.
Este curso se valorará como apto o no apto.
Estarán exentos de la realización de este curso selectivo:
1. Los aspirantes que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, ocupen una plaza de Examinador/Examinadora en la Dirección General de
Tráfico.
2. Los aspirantes que, sin ocupar plaza de examinador, hayan superado en los
últimos dos años el curso habilitante de formación de examinadores impartido por la
Dirección General de Tráfico, de acuerdo con la normativa vigente. Estos últimos
quedarán exentos/as de realizar aquella parte del curso selectivo cuyo contenido
coincida con la del curso habilitante realizado, así como de la semana de prácticas en
una Jefatura Provincial de Tráfico.
a) La mayor antigüedad (servicios prestados).
b) La mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
c) La mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.
d) La mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición.
e) La mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición.
cve: BOE-A-2024-27303
Verificable en https://www.boe.es
Dos. La calificación final de los/as aspirantes que superen el curso selectivo vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y, en su
caso, concurso-oposición, no pudiendo ser superior el número de aprobados al de plazas
convocadas.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
Núm. 313
Sábado 28 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 185160
Se valorará 0,5 puntos por curso, hasta una puntuación máxima de 5 puntos.
Se valorarán una sola vez los cursos impartidos o recibidos relativos a una misma
materia, aunque se haya repetido su participación, y se valorará únicamente el de nivel
superior o avanzado. No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de
realización y las horas de duración. Asimismo, no se valorarán los inferiores a 15 horas
lectivas, los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados
de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y
similares.
La documentación que acredite los cursos de formación a valorar se acompañará al
certificado de requisitos y méritos.
La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase concurso.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar la fase de oposición.
El tribunal establecerá la nota de corte para acceder al curso selectivo.
El número de aspirantes que accedan al curso selectivo no podrá ser superior al de
plazas convocadas.
6.5
Curso selectivo.
Uno. Mediante resolución de la Dirección General de Tráfico se dictarán las normas
que han de regir el curso selectivo que será organizado por la Dirección General de
Tráfico. La duración previsible será de hasta diez semanas. Tendrá como finalidad
primordial la adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de los
aspirantes para el ejercicio de funciones de examinador.
El curso selectivo estará dividido en dos partes: la primera incluirá formación teórica
y práctica presencial en el Centro de Formación de la Dirección General de Tráfico en
Móstoles (Madrid); la segunda parte consistirá en una semana de prácticas en la
Jefatura Provincial de Tráfico que se determine.
Este curso se valorará como apto o no apto.
Estarán exentos de la realización de este curso selectivo:
1. Los aspirantes que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, ocupen una plaza de Examinador/Examinadora en la Dirección General de
Tráfico.
2. Los aspirantes que, sin ocupar plaza de examinador, hayan superado en los
últimos dos años el curso habilitante de formación de examinadores impartido por la
Dirección General de Tráfico, de acuerdo con la normativa vigente. Estos últimos
quedarán exentos/as de realizar aquella parte del curso selectivo cuyo contenido
coincida con la del curso habilitante realizado, así como de la semana de prácticas en
una Jefatura Provincial de Tráfico.
a) La mayor antigüedad (servicios prestados).
b) La mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
c) La mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.
d) La mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición.
e) La mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición.
cve: BOE-A-2024-27303
Verificable en https://www.boe.es
Dos. La calificación final de los/as aspirantes que superen el curso selectivo vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y, en su
caso, concurso-oposición, no pudiendo ser superior el número de aprobados al de plazas
convocadas.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: