Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. I. Disposiciones generales. Contrataciones en origen. (BOE-A-2024-27290)
Orden ISM/1488/2024, de 27 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Sábado 28 de diciembre de 2024

Sec. I. Pág. 184920

C. ACUERDO DE DISTRIBUCIÓN DE GASTOS.
(Disponer la información ordenada alfabéticamente por empresa. En caso necesario, ampliar este cuadro o aportar una
relación adicional).
CONCEPTO
Distribución acordada
MANUTENCIÓN
DESPLAZAMIENTOS
OTROS
(especificar)
Los o las representantes legales firmantes de la presente solicitud DECLARAN que su respectiva empresa representada se
adhiere al compromiso de colaboración y cumplimiento de los requisitos y garantías de la gestión colectiva de
contrataciones en origen y no se encuentra incursa en ninguno de los supuestos de denegación de una solicitud de
autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena contenidos en el art. 69.1.b), c) y g) del Reglamento de la Ley
Orgánica 4/2000, de 11 de enero. También consiente la comprobación de sus datos de identidad y domicilio a través del
Sistema de Verificación de Datos de Identidad: sí  no  (En caso de no consentir, deberá aportar copia auténtica del
D.N.I. o T.I.E.).
De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018 de 6 de diciembre, de protección de datos personales y
garantía de los derechos digitales, se le informa de que los datos que suministre el interesado o la interesada en este
formulario, necesarios para resolver su petición, pasarán a formar parte del tratamiento cuyos destinatarios serán los
órganos de la Administración General del Estado con competencias en extranjería, siendo responsables del mismo la
Dirección General de Gestión Migratoria y las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, y que tiene derecho a
acceder, modificar, solicitar portabilidad o suprimir sus datos así como a retirar su consentimiento en cualquier momento.
Asimismo, tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos si su
requerimiento no es atendido. El tratamiento de los datos se realizará sobre la base del ejercicio de poderes públicos
autorizado por la Disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de
los extranjeros en España y su integración social.
.............................., a ……, de ...............................de 2025 .............................., a …… de ......................................de 2025
El/la Representante legal de la empresa de origen.
El/la Representante legal de la empresa de destino.

Fdo.: …………………………………………………………..
…………………………………………………………...

Fdo.:

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cve: BOE-A-2024-27290
Verificable en https://www.boe.es

IMPRESO GRATUITO. PROHIBIDA SU VENTA. RELLÉNESE A MÁQUINA O CON LETRA DE IMPRENTA Y PRESÉNTENSE TRES
EJEMPLARES.