Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-27233)
Resolución de 22 de octubre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las cuentas anuales de los partidos políticos, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Viernes 27 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 181861

proceso electoral, la formación política no cumple los requisitos para obtener dicha
subvención1.
2. La cuenta de “Deudores por operaciones en común” recoge, entre otros saldos, las
participaciones de la lotería pendientes de cobro. Atendiendo a la antigüedad de estos saldos
y a su dudosa cobrabilidad, existe una sobrevaloración del epígrafe por importe de 16.832
euros, que deberían haber sido dados de baja, circunstancia señalada en informes de
fiscalización de ejercicios anteriores.
3. Respecto al epígrafe “Tesorería” se han observado las siguientes deficiencias:
a) De la información facilitada al Tribunal de Cuentas por las entidades financieras resultan
tres cuentas bancarias de las que es titular la formación, con un saldo total de 10.647,56
euros en 2020, que no se encuentran registrados en las cuentas anuales:
-

Una cuenta corriente del partido correspondiente a una sede en el País Vasco
(Barakaldo), por importe de 6.127,44 euros, que ha sido cancelada en 2021.

-

Dos cuentas, por importe conjunto de 4.430,12 euros, que corresponden a grupos
municipales que utilizan el mismo NIF del partido2.

B.2.1.2. Pasivo
El pasivo total de la formación al cierre del ejercicio 2020, por importe de 235.806,06 euros,
correspondía en un 42% al pasivo no corriente y en un 58% al pasivo corriente.
Las deudas con entidades de crédito a 31 de diciembre de 2020 ascendieron a 231.291,12 euros,
con el detalle que figura en el cuadro del apartado B.3.3 de este Informe. De su análisis no han
resultado incidencias.

Según manifiesta la formación política en las alegaciones, el derecho a cobrar la subvención por envíos de propaganda electoral fue
regularizado en el año 2021, lo que será comprobado por este Tribunal en la fiscalización de las cuentas correspondiente a dicho
ejercicio.
2

La formación alega que una de las dos cuentas, cuyo saldo a 31 de diciembre de 2020 asciende a 516,88 euros, corresponde al
grupo municipal de Xove y dispone de NIF propio. No obstante, dicha información está referida a la fecha del certificado (14/12/2022), y
no al año 2020, y difiere de la certificación remitida al Tribunal de Cuentas por la misma entidad financiera para la fiscalización de las
cuentas de 2020.

cve: BOE-A-2024-27233
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