Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-27232)
Resolución de 22 de octubre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por los ayuntamientos de municipios capitales de provincia en relación con las dotaciones económicas asignadas a los grupos municipales, ejercicio 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Viernes 27 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 181751

Corporación contaban con saldos no gastados a final de mandato, que se incorporan como saldos
iniciales de la nueva legislatura. Esta práctica no se considera adecuada, puesto que los nuevos
grupos constituidos tras las elecciones locales de 2023 constituyen entidades sin personalidad
jurídica distintas a los grupos anteriores, con independencia de estar adscritos a una misma
formación política, dado que sus miembros son diferentes, de manera que la responsabilidad
sobre el uso de los fondos públicos recibidos se limita al mandato de cada uno de dichos
miembros.
Respecto a la calidad del control sobre las cuentas de los grupos municipales llevado a cabo en el
Ayuntamiento de Madrid, el mismo es oportuno, puesto que el informe de la Intervención se emite
en un plazo razonable, que permite su anexión a la liquidación del presupuesto; se considera que
no resulta adecuado, al establecerse restricciones al ejercicio del control, en la medida que no
permite indicar cuantías ni conceptos de gastos, ni contempla que se pronuncie sobre la
adecuación de los gastos al funcionamiento del grupo; y no es efectivo, por cuanto, aunque el
diseño realizado por la normativa cumpliría la finalidad de verificar la justificación de los fondos
asignados, sin embargo, en caso de falta o inadecuada justificación, no otorga la facultad de poder
exigir su reintegro con carácter anual, ni tampoco al final de mandato en relación con aquellos
grupos que se constituyen en la nueva Corporación bajo las mismas siglas políticas. El
cumplimiento de uno solo de los criterios anteriores determina que la calidad del control es débil.
II.6.27.5. ANÁLISIS DEL CONJUNTO DE RECURSOS PÚBLICOS PUESTOS A DISPOSICIÓN
DE LOS GRUPOS MUNICIPALES
Al margen de la dotación económica anual, el Ayuntamiento de Madrid proporciona a los grupos
municipales recursos personales de la Corporación, cuyo coste total asciende a 8.883 miles de
euros en el ejercicio 2022, correspondiente a un total de 37 funcionarios, 81 empleados
eventuales y un empleado de otro personal; así como otros gastos materiales (suscripciones y
material de oficina), por un importe de 13 miles, además de la puesta a disposición de despachos
a favor de los grupos. Es, con mucha diferencia, la entidad fiscalizada que mayor número de
empleados aporta y mayores costes de personal sufraga a los grupos, sin formar parte de la
dotación económica.
El importe total de fondos públicos puestos a disposición de los grupos en 2022 se eleva a 9.464
miles de euros, de los que el 6 % corresponde a la dotación económica y el 94 % al resto de
gastos a favor de los grupos sufragados por la Corporación.
II.6.27.6. CUMPLIMIENTO DE LAS PRESCRIPCIONES EN MATERIA DE TRANSPARENCIA

El Ayuntamiento publica la información relacionada con las asignaciones a los grupos municipales,
incluyendo el importe global anual, su desglose por grupos y su finalidad. Además, publica el
resumen de las cuentas justificativas presentadas por los grupos. La información se encuentra
actualizada a 2023, si bien no se encontraba publicada la cuenta correspondiente a fin de
mandato.

cve: BOE-A-2024-27232
Verificable en https://www.boe.es

En materia de transparencia, el Ayuntamiento de Madrid cuenta con normativa específica relativa
a las obligaciones de publicidad activa, en relación con las dotaciones a los grupos municipales y
la que corresponda a los concejales no adscritos, y sobre las cuentas anuales y de fin de mandato
aprobadas por los grupos que se deben publicar conforme a un modelo resumido.