Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-27232)
Resolución de 22 de octubre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por los ayuntamientos de municipios capitales de provincia en relación con las dotaciones económicas asignadas a los grupos municipales, ejercicio 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Viernes 27 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 181726

En dichas Bases, junto a los supuestos de prohibición del destino de la dotación establecidos por
el precepto estatal, se enumeran los tipos de gasto propios del funcionamiento de los grupos.
Además, se regulan las aportaciones a los respectivos partidos políticos por la prestación de
servicios, hasta el 40 % de la asignación que reciba el grupo correspondiente. Dichas
aportaciones a las formaciones deberán justificarse con la facturación, así como mediante el
contrato o convenio suscrito entre el grupo y el partido. Se prohíbe expresamente que las
transferencias de fondos entre los grupos municipales y las formaciones políticas supongan una
financiación de estas últimas o de fundaciones u otras entidades vinculadas a aquellas.
También se regula la obligatoriedad de que los grupos dispongan de un NIF y una cuenta corriente
propias, diferentes a los del partido al que se encuentren adscritos, debiendo figurar como titulares
de la cuenta bancaria cada uno de los miembros que componen el grupo.
Las asignaciones se deben justificar trimestralmente ante la Intervención, fiscalizando esta última
que los gastos justificados tengan relación con el desarrollo de la actividad ordinaria de los grupos.
El informe de fiscalización de la Intervención se remite al Pleno para su toma de conocimiento.
II.6.15.3. PROCEDIMIENTOS DE CUANTIFICACIÓN, ASIGNACIÓN, PAGO Y REINTEGRO
El Ayuntamiento de Cuenca no utiliza criterios objetivos para la cuantificación de la asignación a
los grupos municipales, ni tiene en cuenta los costes de funcionamiento de aquellos para el
establecimiento de la dotación.
El importe de las dotaciones a los grupos se corresponde con la asignación teórica aprobada, en
la que el componente variable supone un 86 % del total, frente al 14 % del componente fijo.
De acuerdo con la normativa municipal, los grupos políticos disponen de un NIF y de una cuenta
corriente propia, diferenciados de los de las formaciones políticas respectivas.
Las cantidades asignadas fueron abonadas a cada uno de los grupos municipales, habiéndose
producido reintegros por importe de 65 y 2 miles de euros, correspondientes a las cuentas de los
ejercicios 2021 y 2022, respectivamente.
II.6.15.4. PROCEDIMIENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS Y CONTROL

Aunque la normativa prevé a la presentación trimestral de las cuentas justificativas, se validan
gastos justificados posteriormente y fuera de plazo de todos los grupos, siendo admitida dicha
justificación antes de producirse el correspondiente reintegro. En el caso de uno de los grupos no
presentó justificación del ejercicio 2021, por lo que el informe de la Intervención concluía
solicitando la devolución de todas las cantidades asignadas en el ejercicio, aunque se presentaron
las justificaciones correspondientes antes de iniciarse el expediente de reintegro.
Respecto a la calidad del control sobre las cuentas de los grupos municipales llevado a cabo en el
Ayuntamiento de Cuenca, se considera que el mismo es oportuno, puesto que el informe de la
Intervención y la aprobación de la justificación de la aplicación de los fondos asignados a los

cve: BOE-A-2024-27232
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Se han sometido al control de la Intervención municipal las cuentas justificativas de los grupos. La
Intervención verifica la contabilidad específica de la dotación, comprobando los gastos autorizados
y las prohibiciones de destino de la dotación. Se da cuenta al Pleno de los informes de la
Intervención, junto con un resumen de las justificaciones de todos los grupos. Los gastos por
prestación de servicios de los partidos políticos a los grupos no superaron el límite del 40 % de la
asignación anual de cada grupo.