Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2024-27260)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica el Convenio con el Principado de Asturias, para la realización de rotaciones de la especialidad de Enfermería Familiar y Comunitaria en el Centro de Vacunación Internacional-Servicio de Sanidad Exterior de la Delegación del Gobierno en Asturias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Viernes 27 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 182516

decimoséptimo, letra a) de la Orden TMD/605/2024, de 12 de junio, sobre fijación de
límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de
competencias, por la que el Secretario de Estado de Política Territorial del Ministerio de
Política Territorial delega las competencias que el ordenamiento jurídico le atribuye en
cuanto a la formalización de convenios (artículo 62.2 g) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público) y acuerdos dentro del ámbito de los
servicios territoriales de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones
Insulares, en gestión patrimonial y demás materias.
Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente
convenio y en su virtud,
EXPONEN
Primero.
Mediante el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, se determinan y clasifican las
especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del
sistema de formación sanitaria especializada. En su artículo 4 se define la unidad
docente como el conjunto de recursos personales y materiales, pertenecientes a los
dispositivos asistenciales, docentes, de investigación o de cualquier otro carácter que,
con independencia de su titularidad, se consideren necesarios para impartir formación
reglada en especialidades en Ciencias de la Salud por el sistema de residencia, de
acuerdo con lo establecido en los programas oficiales de las distintas especialidades.
Los centros y unidades docentes deberán ser acreditados por el Ministerio competente
en materia de Sanidad según el procedimiento regulado en el artículo 26.3 de la
Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.

La Unidad Docente de Atención Familiar y Comunitaria del Principado de Asturias se
encuentra adscrita al Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA), adscrito a su
vez a la Consejería de Salud, de conformidad con lo establecido por el artículo 118.1 de
la Ley del Principado de Asturias 7/2019, de 29 de marzo, de Salud; por otra parte según
dispone el Decreto 77/2023, de 18 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica básica de la Consejería de Salud, a la Dirección General de Planificación
Sanitaria corresponde como función la formación especializada de los centros sanitarios.
La citada Unidad Docente de Atención Familiar y Comunitaria fue acreditada en el
año 2011 por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para la formación
en las especialidades de Medicina y Enfermería Familiar y Comunitaria. Se trata de una
Unidad Docente de ámbito autonómico, que cuenta con una capacidad docente de
sesenta y dos especialistas en Medicina y treinta y cuatro especialistas en Enfermería al
año. Actualmente, la Unidad Docente tiene adscritos los siguientes dispositivos
docentes: Dispositivos Hospitalarios: Un hospital de referencia por cada una de las ocho
áreas sanitarias de la Comunidad Autónoma. Dispositivos en Atención Primaria:
Cincuenta y ocho centros de salud. Otros dispositivos docentes: Unidad de Gestión de
Atención a las urgencias y emergencias (SAMU), Equipos de cuidados paliativos para la
atención domiciliaria, Áreas de Gestión Clínica de Salud Mental y Hospitales de la red
sanitaria de utilización pública de la Comunidad Autónoma. En estos dispositivos
docentes acreditados se desarrolla la formación especializada a lo largo de dos años,
siguiendo los contenidos del programa formativo de la especialidad aprobado por
la Orden SAS/1729/2010, de 17 de junio, publicada en el «Boletín Oficial del
Estado» núm. 157, de 29 de junio de 2010, orientado para adquirir las siguientes
competencias específicas vinculadas con: provisión de cuidados avanzados en la
atención clínica directa, salud pública y comunitaria, docencia, gestión de cuidados y
servicios, e investigación.

cve: BOE-A-2024-27260
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.