Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-27261)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la cuarta Adenda de modificación del Convenio con el Ayuntamiento de Monforte de Lemos, para la financiación de la redacción de un estudio de alternativas para la mejora integral del saneamiento y depuración de Monforte de Lemos, y para la financiación, ejecución y entrega de la segunda fase de las obras de mejora del saneamiento urbano de esta localidad.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 27 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 182523

Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la
firma del presente documento, y a tal efecto,
MANIFIESTAN
I. Que en fecha 11 de noviembre de 2020 (BOE núm. 314, de 1 de diciembre
de 2020), se otorgó el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y
el Ayuntamiento de Monforte de Lemos para la financiación de la redacción de un estudio
de alternativas para la mejora integral del saneamiento y depuración de Monforte de
Lemos, y para la financiación, ejecución y entrega de la segunda fase de las obras de
mejora del saneamiento urbano de esta localidad, con una duración de cuatro años.
II. Que en el citado convenio se preveía que la ejecución de las actuaciones se
desarrollaría durante las anualidades 2020, 2021, 2022 y 2023 con unos importes por
anualidad de 35.000 euros, 155.000 euros, 830.000,00 euros y 1.380.000 euros,
respectivamente.
III. Que en fecha 29 de diciembre de 2021 (BOE núm.8 de 10 de enero de 2022) se
otorgó una adenda por la que se modificaban los importes de las anualidades
establecidas en el convenio.
IV. Que en fecha 7 de diciembre de 2022 (BOE núm. 304, de 20 de diciembre
de 2022) se otorgó una segunda adenda por la que se modificaba el período de
ejecución de la actuación, incrementando una anualidad sin modificar la duración del
convenio, y se reajustaban los importes establecidos.
V. Que en fecha 4 de diciembre de 2023 (BOE núm. 299 de 15 de diciembre
de 2023) se otorgó una tercera adenda por la que prorrogaba la duración del convenio
hasta el 31 de diciembre de 2026, se reajustaban las anualidades y se introducía una
nueva facultad de la Comisión de Seguimiento, la de acordar la modificación de las
anualidades, sin superar la duración máxima prevista en el convenio ni su importe, sin
necesidad de tramitar una modificación del convenio.
VI. Que la Comisión de Seguimiento, reunida en fecha 21 de julio de 2024, aprobó
un nuevo reajuste de anualidades. Que en previsión de nuevas reuniones de la Comisión
de seguimiento se hace necesario determinar su composición por lo que se debe
modificar la cláusula duodécima.
VII. Que a pesar de este último reajuste, se hace necesario una nueva modificación
del convenio al tener que incrementar en 100.000 euros el coste inicialmente previsto.
VIII. Que conforme a lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda
del convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción
del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones
exigidos para la aprobación del inicial.
IX. Que en aplicación de la legislación de contratos del sector público, de la
normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto
del convenio, esta Confederación Hidrográfica dispone de nuevos elementos de juicio a
la hora de realizar una previsión de anualidades, por lo que procede incrementar el
importe del convenio y reajustar de nuevo las anualidades establecidas, para la buena
marcha y ejecución del convenio.
X. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los
compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el
convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el
mismo.

cve: BOE-A-2024-27261
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 312