Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-27263)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Hibridación del parque eólico PE Emoción Eólico, de 18,3 MW de potencia instalada, y para su infraestructura de evacuación asociada, en las provincias de Teruel y Zaragoza».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Viernes 27 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 182536

Las instalaciones del PE Emoción Eólico y su evacuación se encuentran a unos 4 km
al norte del Área de Importancia para las Aves (IBA) de SEO/BirdLife N.º101 «Saladas
de Alcañiz».
Consta un trabajo de campo específico para aves esteparias en épocas de mayor
actividad (meses de mayo, junio y septiembre) a los núcleos con presencia de estas
especies próximos al proyecto, para determinar su presencia y uso del espacio aéreo
que hacen en el entorno del proyecto. Durante el estudio, se contabilizaron un total
de 599 registros de aves esteparias de 13 especies diferentes. Las especies más
sensibles catalogadas «Vulnerables» tanto a nivel nacional como autonómico son la
ganga ortega y la ganga ibérica, aunque su localización se circunscribe a la zona del
área crítica del cernícalo primilla.
El estudio de quirópteros, llevado a cabo de abril a octubre de 2023, con 83.334
registros, concluye el alto número de llamadas registradas del murciélago de borde claro
(Pipistrellus kuhlii), con el 42,03 % de todos los registros, especie incluida en el LESRPE.
Teniendo en cuenta las especies con un grado «Elevado» o «Moderado» de incidencia
por colisión con los aerogeneradores y la abundancia de llamadas durante la realización
del estudio, se puede concluir que las especies Hypsugo savii, Pipistrellus kuhlii,
Pipistrellus pipistrellus, Pipistrellus pygmaeus y Tadarida teniotis, todas incluidas en el
LESRPE, son las especies que potencialmente tienen un mayor riesgo de impacto por la
implementación de los aerogeneradores proyectados.

El parque eólico Emoción Eólico se sitúa en la cuenca del río Ebro y en la cuenca de
su afluente, el río Martín, afectando únicamente a barrancos de pequeña entidad. La
práctica inexistencia de recursos de agua subterránea unido a la disponibilidad de aguas
superficiales son los factores más influyentes en el limitado aprovechamiento de estas
aguas subterráneas.
El área de emplazamiento y su línea de evacuación soterrada no se sitúan sobre
ninguna zona vulnerable a la contaminación de las masas de agua por nitratos de origen
agrario.
El ámbito del PE Emoción Eólico se encuentra en una zona no afectada por
avenidas, ni tan siquiera de probabilidad baja o excepcional (asociadas a periodos de
retorno de 500 años), según la información extraída del Ministerio para la Transición
Ecológica y de la Confederación Hidrográfica del Ebro. Las zonas con riesgo de
inundación en la zona de estudio se circunscriben al cauce del río Martín.
El tránsito de vehículos y la operación y mantenimiento de la maquinaria implicada
en las obras suponen cierto riesgo de contaminación por vertidos accidentales de
combustibles, lubricantes y fluidos hidráulicos, así como por el hormigonado de las
plataformas de los aerogeneradores. El proyecto contempla la disposición, durante la
fase de obras, de un sistema de recogida de aceites, grasas y lubricantes prohibiendo el
vertido de sustancias no autorizadas y disponiendo de gestores autorizados para todos
los productos señalados. Del mismo modo, pueden producirse vertidos accidentales por
fugas puntuales de la maquinaria, una incorrecta gestión de las aguas residuales o
accidentes de los WC químicos de obra.
Por otro lado, no se requerirá de instalaciones de suministro de agua o de
canalizaciones de las aguas residuales producidas, optándose por el emplazamiento de
aseos químicos con depósitos estancos para su retirada por un gestor autorizado.
4.

Afección por generación de residuos

El anexo IX «Gestión de Residuos» estima los residuos generados en la obra, a
partir de las dimensiones del proyecto, en función del peso de materiales integrantes de
cada unidad de obra, determinando el peso de los restos de los materiales sobrantes y
del embalaje de los productos suministrados.

cve: BOE-A-2024-27263
Verificable en https://www.boe.es

3. Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral