Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-27270)
Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universidad Carlos III de Madrid, de cooperación educativa de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Viernes 27 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 182583

Madrid aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero del Consejo de Gobierno de la
Comunidad de Madrid, modificados por Decreto 95/2009, de 12 de noviembre.
La CNMC y la Universidad serán denominados conjuntamente como las «Partes» e
individualmente cada una de ellas como la «Parte». Ambas Partes se reconocen
mutuamente la capacidad legal necesaria y competencia suficiente para otorgar el
presente documento y, a tal efecto
EXPONEN
I. Que con fecha 20 de octubre de 2021 la CNMC y la UC3M suscribieron un
Convenio de Cooperación Educativa de Prácticas Académicas Externas para los
estudiantes de doctorando de la Universidad. Dicho convenio fue inscrito en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) en fecha 27
de octubre de 2021 y publicado en el BOE núm. 267, de 8 de noviembre 2021.
II. Que la cláusula undécima del citado convenio establece que el mismo tendrá
una duración inicial de dos (2) años, y que se podrá prorrogar por sucesivos periodos
anuales, antes de su vencimiento, hasta un máximo de dos (2) años adicionales.
III. Que el 9 de octubre de 2023, se firmó una primera prórroga, que fue inscrita en
el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) en
fecha 27 de octubre de 2023.
IV. Que el 30 de septiembre de 2024, se firmó una segunda prórroga, con vigencia
hasta el 26 de octubre de 2025, que fue inscrita en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) en fecha 4 de octubre de 2024.
V. Que las partes han advertido la necesidad de modificar la fecha de vigencia del
convenio, establecida por esta segunda prórroga, y fijarla en el 31 de agosto de 2025, para
conciliar así el periodo de vigencia de este tipo de convenios, referidos a la realización de
prácticas externas remuneradas de doctorandos en la CNMC, con el expediente
económico al que van vinculados este y los demás convenios de similar naturaleza.
VI. Que el resto del clausulado del convenio inicial permanece inalterado. De
conformidad con lo expuesto y reconociéndose la capacidad legal necesaria en la
representación en la que actúan, ambas partes

I. Modificar la vigencia del convenio, que con la firma de una segunda prórroga fue
fijada en el 26 de octubre de 2025 («Adenda 2.ª Prórroga del Convenio UC3M-CNMC
Expediente: 230234-4 ID: SC931X Clasificación información: No clasificada Copia
auténtica 3 para la realización de prácticas académicas externas de estudiantes de
doctorado de la Universidad»).
II. La nueva fecha de vigencia del convenio será el 31 de agosto de 2025.
La presente adenda se perfeccionará a partir de la fecha de su firma y, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 48.8 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, su contenido resultará eficaz una vez inscrito en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, cuya
comunicación de suscripción la efectuará la CNMC en el plazo de cinco días hábiles
desde su formalización, asimismo será publicado en el plazo de diez días hábiles desde
su formalización en el «Boletín Oficial del Estado» en cumplimiento de lo dispuesto en el
apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
sector Público.
La modificación contemplada entrará en vigor una vez inscrita la adenda en el REOICO.
Y, siendo de conformidad, las Partes firman el presente convenio, en Madrid, a 9 de
diciembre de 2024.–Por la CNMC, el Secretario General, José Manuel Bernabé
Sánchez.–Por la Universidad Carlos III de Madrid, el Secretario General, José Vida
Fernández.

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