Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas. (BOE-A-2024-27090)
Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 26 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 180286
11.10 El órgano de selección actuará de acuerdo con el principio de transparencia.
En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de
todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada
ejercicio.
11.11 Se difundirán, con anterioridad a la realización de cada prueba, los criterios
generales y aspectos a considerar en la valoración que no estén expresamente
establecidos en las bases de la convocatoria y en el caso de ejercicios con respuestas
alternativas, la penalización que suponga cada respuesta errónea.
11.12 Igualmente, en las actas del órgano de selección deberá quedar constancia
del cálculo y del desglose de las puntuaciones otorgadas a las personas aspirantes
por cada uno de los criterios de valoración establecidos para los ejercicios de la
convocatoria.
11.13 Se habilita al órgano de selección para la adopción de cuantas medidas,
instrucciones o resoluciones sean precisas para el normal desarrollo de las pruebas o de
alguna de sus fases. Del mismo modo, se le habilita para el desarrollo descentralizado
de las pruebas selectivas, de la lectura de los ejercicios o de alguna de las fases del
proceso selectivo, incluyendo el uso de medios electrónicos o telemáticos, entre ellos los
audiovisuales. También podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas para todos o alguno de los ejercicios, en los casos que sea necesario.
11.14 Asimismo, se habilita al órgano de selección para establecer la forma y
procedimientos a seguir en el uso de medios electrónicos o telemáticos, incluidos los
audiovisuales, para el desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases, así como para
la digitalización, encriptación, almacenamiento y custodia, por medios electrónicos, de
los exámenes realizados por escrito que así lo requieran, garantizando en todo momento
el secreto de aquellos hasta su apertura y lectura pública por las personas aspirantes.
11.15 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el órgano de selección
tendrá su sede en el Ministerio de Agricultura, Pesca, y Alimentación, Paseo de la Infanta
Isabel, 1, 28071 Madrid, dirección de correo electrónico bzn-selec.itas@mapa.es.
11.16 El órgano de selección estará conformado por las siguientes personas:
Tribunal titular
Presidenta: Isabel Matas Rubio. Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Especialidades
Agrícolas.
Secretaria: Esperanza Fernández Varela. Cuerpo de Gestión de la Administración
Civil del Estado.
Vocales:
Azucena Ballesteros Ballesteros. Cuerpo de Inspectores de Calidad del Servicio de
Defensa Contra Fraudes.
Marcos Nájera Sánchez. Cuerpo de Ingenieros Agrónomos del Estado.
Raul Carbonell Zarco. Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
Tribunal suplente
Presidente: Roberto Macías Cubeiro. Cuerpo de Ingenieros Agrónomos del Estado.
Secretario: Rodrigo de la Torre Estravis. Cuerpo de Ingenieros Técnicos en
Especialidades Agrícolas.
Vocales:
María Consuelo Aldea Pecero. Cuerpo Técnico de la Comunidad de Castilla-La
Mancha.
Cristina Ortega García. Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
Zoraida Hombrados Mar. Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
cve: BOE-A-2024-27090
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 311
Jueves 26 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 180286
11.10 El órgano de selección actuará de acuerdo con el principio de transparencia.
En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de
todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada
ejercicio.
11.11 Se difundirán, con anterioridad a la realización de cada prueba, los criterios
generales y aspectos a considerar en la valoración que no estén expresamente
establecidos en las bases de la convocatoria y en el caso de ejercicios con respuestas
alternativas, la penalización que suponga cada respuesta errónea.
11.12 Igualmente, en las actas del órgano de selección deberá quedar constancia
del cálculo y del desglose de las puntuaciones otorgadas a las personas aspirantes
por cada uno de los criterios de valoración establecidos para los ejercicios de la
convocatoria.
11.13 Se habilita al órgano de selección para la adopción de cuantas medidas,
instrucciones o resoluciones sean precisas para el normal desarrollo de las pruebas o de
alguna de sus fases. Del mismo modo, se le habilita para el desarrollo descentralizado
de las pruebas selectivas, de la lectura de los ejercicios o de alguna de las fases del
proceso selectivo, incluyendo el uso de medios electrónicos o telemáticos, entre ellos los
audiovisuales. También podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas para todos o alguno de los ejercicios, en los casos que sea necesario.
11.14 Asimismo, se habilita al órgano de selección para establecer la forma y
procedimientos a seguir en el uso de medios electrónicos o telemáticos, incluidos los
audiovisuales, para el desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases, así como para
la digitalización, encriptación, almacenamiento y custodia, por medios electrónicos, de
los exámenes realizados por escrito que así lo requieran, garantizando en todo momento
el secreto de aquellos hasta su apertura y lectura pública por las personas aspirantes.
11.15 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el órgano de selección
tendrá su sede en el Ministerio de Agricultura, Pesca, y Alimentación, Paseo de la Infanta
Isabel, 1, 28071 Madrid, dirección de correo electrónico bzn-selec.itas@mapa.es.
11.16 El órgano de selección estará conformado por las siguientes personas:
Tribunal titular
Presidenta: Isabel Matas Rubio. Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Especialidades
Agrícolas.
Secretaria: Esperanza Fernández Varela. Cuerpo de Gestión de la Administración
Civil del Estado.
Vocales:
Azucena Ballesteros Ballesteros. Cuerpo de Inspectores de Calidad del Servicio de
Defensa Contra Fraudes.
Marcos Nájera Sánchez. Cuerpo de Ingenieros Agrónomos del Estado.
Raul Carbonell Zarco. Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
Tribunal suplente
Presidente: Roberto Macías Cubeiro. Cuerpo de Ingenieros Agrónomos del Estado.
Secretario: Rodrigo de la Torre Estravis. Cuerpo de Ingenieros Técnicos en
Especialidades Agrícolas.
Vocales:
María Consuelo Aldea Pecero. Cuerpo Técnico de la Comunidad de Castilla-La
Mancha.
Cristina Ortega García. Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
Zoraida Hombrados Mar. Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
cve: BOE-A-2024-27090
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 311