Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-27132)
Orden TED/1471/2024, de 19 de diciembre, por la que se regula el procedimiento y los requisitos aplicables al concurso público para la concesión de capacidad de acceso de evacuación a la red de energía eléctrica de instalaciones de generación de electricidad de procedencia renovable en el nudo de transición justa Narcea 400 kV y se procede a su convocatoria.
65 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311
Jueves 26 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 180791
b) Ubicación de las instalaciones de generación respecto a las zonas del «mapa de
zonificación ambiental para la implantación de energías renovables, eólica y
fotovoltaica», elaborado por la Secretaría de Estado de Medio Ambiente del Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico: Porcentaje de la superficie de las
instalaciones de generación que se ubique sobre las zonas de sensibilidad ambiental baja
y moderada.
Este criterio se valorará atendiendo a las siguientes reglas:
•
Para valorar la ubicación de las instalaciones de generación desde el punto de vista
de su afección medioambiental, se utilizarán las coordenadas UTM de sus
poligonales, indicadas en el anexo IV.
•
Para la evaluación de la afección medioambiental de instalaciones de generación de
tecnología no eólica e instalaciones de almacenamiento se utilizarán los mapas de
zonificación ambiental para la implantación de energías renovables fotovoltaica.
•
Para la evaluación de la afección medioambiental de las instalaciones de generación
de tecnología eólica se utilizarán los mapas de zonificación ambiental para la
implantación de energías renovables eólica.
La ubicación se valorará con base en el porcentaje de la superficie de las instalaciones de
generación de electricidad que se ubique sobre las zonas abajo indicadas, respecto al total
de la superficie ocupada por la poligonal de las instalaciones de generación.
Unidad de medida
Fórmula de cálculo
Puntuación = 3,5 ∗ 𝑆𝑏𝑎𝑗𝑎 + 1,75 ∗ 𝑆𝑚𝑜𝑑𝑒𝑟𝑎𝑑𝑎
Para el cálculo de puntuación se usarán los siguientes coeficientes:
𝑆𝑢𝑝𝑒𝑟𝑓𝑖𝑐𝑖𝑒 𝑜𝑐𝑢𝑝𝑎𝑑𝑎 𝑒𝑛 𝑧𝑜𝑛𝑎 𝑑𝑒 𝑠𝑒𝑛𝑠𝑖𝑏𝑖𝑙𝑖𝑑𝑎𝑑 𝑎𝑚𝑏𝑖𝑒𝑛𝑡𝑎𝑙 𝑚𝑜𝑑𝑒𝑟𝑎𝑑𝑎
Smoderada=𝑆𝑢𝑝𝑒𝑟𝑓𝑖𝑐𝑖𝑒 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑑𝑒 𝑙𝑎 𝑝𝑜𝑙𝑖𝑔𝑜𝑛𝑎𝑙 𝑑𝑒 𝑙𝑎𝑠 𝑖𝑛𝑠𝑡𝑎𝑙𝑎𝑐𝑖𝑜𝑛𝑒𝑠 𝑑𝑒 𝑔𝑒𝑛𝑒𝑟𝑎𝑐𝑖ó𝑛
Puntuación máxima = 3,5 puntos
cve: BOE-A-2024-27132
Verificable en https://www.boe.es
𝑆𝑢𝑝𝑒𝑟𝑓𝑖𝑐𝑖𝑒 𝑜𝑐𝑢𝑝𝑎𝑑𝑎 Sbaja= 𝑆𝑢𝑝𝑒𝑟𝑓𝑖𝑐𝑖𝑒 𝑜𝑐𝑢𝑝𝑎𝑑𝑎 𝑒𝑛 𝑧𝑜𝑛𝑎 𝑑𝑒 𝑠𝑒𝑛𝑠𝑖𝑏𝑖𝑙𝑖𝑑𝑎𝑑 𝑎𝑚𝑏𝑖𝑒𝑛𝑡𝑎𝑙 𝑏𝑎𝑗𝑎
𝑆𝑢𝑝𝑒𝑟𝑓𝑖𝑐𝑖𝑒 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑑𝑒 𝑙𝑎 𝑝𝑜𝑙𝑖𝑔𝑜𝑛𝑎𝑙 𝑑𝑒 𝑙𝑎𝑠 𝑖𝑛𝑠𝑡𝑎𝑙𝑎𝑐𝑖𝑜𝑛𝑒𝑠 𝑑𝑒 𝑔𝑒𝑛𝑒𝑟𝑎𝑐𝑖ó𝑛
𝑆𝑢𝑝𝑒𝑟𝑓𝑖𝑐𝑖𝑒 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙
Núm. 311
Jueves 26 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 180791
b) Ubicación de las instalaciones de generación respecto a las zonas del «mapa de
zonificación ambiental para la implantación de energías renovables, eólica y
fotovoltaica», elaborado por la Secretaría de Estado de Medio Ambiente del Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico: Porcentaje de la superficie de las
instalaciones de generación que se ubique sobre las zonas de sensibilidad ambiental baja
y moderada.
Este criterio se valorará atendiendo a las siguientes reglas:
•
Para valorar la ubicación de las instalaciones de generación desde el punto de vista
de su afección medioambiental, se utilizarán las coordenadas UTM de sus
poligonales, indicadas en el anexo IV.
•
Para la evaluación de la afección medioambiental de instalaciones de generación de
tecnología no eólica e instalaciones de almacenamiento se utilizarán los mapas de
zonificación ambiental para la implantación de energías renovables fotovoltaica.
•
Para la evaluación de la afección medioambiental de las instalaciones de generación
de tecnología eólica se utilizarán los mapas de zonificación ambiental para la
implantación de energías renovables eólica.
La ubicación se valorará con base en el porcentaje de la superficie de las instalaciones de
generación de electricidad que se ubique sobre las zonas abajo indicadas, respecto al total
de la superficie ocupada por la poligonal de las instalaciones de generación.
Unidad de medida
Fórmula de cálculo
Puntuación = 3,5 ∗ 𝑆𝑏𝑎𝑗𝑎 + 1,75 ∗ 𝑆𝑚𝑜𝑑𝑒𝑟𝑎𝑑𝑎
Para el cálculo de puntuación se usarán los siguientes coeficientes:
𝑆𝑢𝑝𝑒𝑟𝑓𝑖𝑐𝑖𝑒 𝑜𝑐𝑢𝑝𝑎𝑑𝑎 𝑒𝑛 𝑧𝑜𝑛𝑎 𝑑𝑒 𝑠𝑒𝑛𝑠𝑖𝑏𝑖𝑙𝑖𝑑𝑎𝑑 𝑎𝑚𝑏𝑖𝑒𝑛𝑡𝑎𝑙 𝑚𝑜𝑑𝑒𝑟𝑎𝑑𝑎
Smoderada=𝑆𝑢𝑝𝑒𝑟𝑓𝑖𝑐𝑖𝑒 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑑𝑒 𝑙𝑎 𝑝𝑜𝑙𝑖𝑔𝑜𝑛𝑎𝑙 𝑑𝑒 𝑙𝑎𝑠 𝑖𝑛𝑠𝑡𝑎𝑙𝑎𝑐𝑖𝑜𝑛𝑒𝑠 𝑑𝑒 𝑔𝑒𝑛𝑒𝑟𝑎𝑐𝑖ó𝑛
Puntuación máxima = 3,5 puntos
cve: BOE-A-2024-27132
Verificable en https://www.boe.es
𝑆𝑢𝑝𝑒𝑟𝑓𝑖𝑐𝑖𝑒 𝑜𝑐𝑢𝑝𝑎𝑑𝑎 Sbaja= 𝑆𝑢𝑝𝑒𝑟𝑓𝑖𝑐𝑖𝑒 𝑜𝑐𝑢𝑝𝑎𝑑𝑎 𝑒𝑛 𝑧𝑜𝑛𝑎 𝑑𝑒 𝑠𝑒𝑛𝑠𝑖𝑏𝑖𝑙𝑖𝑑𝑎𝑑 𝑎𝑚𝑏𝑖𝑒𝑛𝑡𝑎𝑙 𝑏𝑎𝑗𝑎
𝑆𝑢𝑝𝑒𝑟𝑓𝑖𝑐𝑖𝑒 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑑𝑒 𝑙𝑎 𝑝𝑜𝑙𝑖𝑔𝑜𝑛𝑎𝑙 𝑑𝑒 𝑙𝑎𝑠 𝑖𝑛𝑠𝑡𝑎𝑙𝑎𝑐𝑖𝑜𝑛𝑒𝑠 𝑑𝑒 𝑔𝑒𝑛𝑒𝑟𝑎𝑐𝑖ó𝑛
𝑆𝑢𝑝𝑒𝑟𝑓𝑖𝑐𝑖𝑒 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙