Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-27132)
Orden TED/1471/2024, de 19 de diciembre, por la que se regula el procedimiento y los requisitos aplicables al concurso público para la concesión de capacidad de acceso de evacuación a la red de energía eléctrica de instalaciones de generación de electricidad de procedencia renovable en el nudo de transición justa Narcea 400 kV y se procede a su convocatoria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311
Jueves 26 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 180742
Capacidad de acceso para módulos de
generación de electricidad síncronos (MGES)
Capacidad de acceso para módulos de parque
eléctrico (MPE)
354 MW
354 MW
Para el cálculo de la capacidad disponible en este nudo, REE-OS ha tenido en
cuenta los criterios técnicos establecidos en la Resolución de 20 de mayo de 2021, de la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen las
especificaciones de detalle para la determinación de la capacidad de acceso de
generación a la red de transporte y a las redes de distribución. Acordemente, la
capacidad de acceso y conexión disponible en los nudos de transición justa no viene
determinada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, sino
por los cálculos correspondientes de REE-OS con base a las especificaciones de detalle
establecidas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC),
concursándose la capacidad máxima disponible de acuerdo a estas.
Asimismo, para la determinación de la capacidad de acceso disponible en la red de
distribución subyacente al nudo Narcea 400 kV ubicada en el ámbito geográfico de la
zona de transición justa del Suroccidente de Asturias, los gestores de la red de
distribución de la zona han informado que la capacidad de acceso concursable en el
nudo Narcea 132 kV es de 154 MW y en el nudo Vega de Rengos 50 kV es de 27 MW.
Para la determinación de esta capacidad, los gestores de la red de distribución han
tenido en cuenta los criterios técnicos establecidos en la Resolución de 20 de mayo
de 2021, de la CNMC, así como la Resolución CNS/DE/1083/21, de la CNMC.
Los permisos de acceso y conexión sobre la mencionada capacidad disponible serán
otorgados posteriormente por el gestor de la red siguiendo el procedimiento general
establecido en la normativa energética, con la particularidad de que deberá seguir el
orden resultante de este procedimiento de concurrencia competitiva.
Adicionalmente, a efectos exclusivamente orientativos para la preparación de las
solicitudes, se informa de que la capacidad de acceso para almacenamiento en modo
consumo en el nudo Narcea 400 kV comunicada por el Operador del Sistema es
de 744 MW a fecha 13 de octubre de 2024. Estas capacidades han sido calculadas de
acuerdo a los criterios que aplican actualmente los gestores de las redes de transporte y
distribución y reflejan solo las capacidades disponibles en las fechas mencionadas,
estando sujetas a posibles variaciones.
cve: BOE-A-2024-27132
Verificable en https://www.boe.es
Política Energética y Minas, por la que se autoriza a Naturgy Generación, SLU, el cierre de
los Grupos 2 y 3 de la Central Térmica de Narcea, en Tineo (Comunidad Autónoma del
Principado de Asturias) y procede a su convocatoria.
La central térmica del Narcea estaba conectada al nudo Narcea 400 kV, el cual es un
nudo de la red de transporte ubicado dentro de la delimitación territorial de la zona de
transición justa del Suroccidente de Asturias. La presente orden dispone que las
instalaciones de generación de electricidad podrán estar ubicadas dentro de los términos
de los municipios de la zona de transición justa del Suroccidente de Asturias,
permitiéndose que hasta un máximo del 20 % de la superficie ocupada por el conjunto de
las instalaciones se ubique dentro de los términos de municipios limítrofes con éstos.
Dado que se trata de una zona de alta sensibilidad ambiental, con el principal objetivo de
reducir al máximo el impacto medioambiental de las líneas de evacuación, se establece
que las instalaciones de generación evacuarán la potencia a través del nudo de
transición justa Narcea 400 kV, o bien, alternativamente, a través de la red de
distribución, en el nudo Narcea 132 kV o en el nudo Vega de Rengos 50 kV, en los
términos que se establecen en las bases de la presente orden.
La capacidad de acceso disponible en el nudo de transición justa Narcea 400 kV
objeto de este concurso es la publicada por el Operador del Sistema (REE-OS) en
fecha 2 de diciembre de 2024, según se indica a continuación:
Núm. 311
Jueves 26 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 180742
Capacidad de acceso para módulos de
generación de electricidad síncronos (MGES)
Capacidad de acceso para módulos de parque
eléctrico (MPE)
354 MW
354 MW
Para el cálculo de la capacidad disponible en este nudo, REE-OS ha tenido en
cuenta los criterios técnicos establecidos en la Resolución de 20 de mayo de 2021, de la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen las
especificaciones de detalle para la determinación de la capacidad de acceso de
generación a la red de transporte y a las redes de distribución. Acordemente, la
capacidad de acceso y conexión disponible en los nudos de transición justa no viene
determinada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, sino
por los cálculos correspondientes de REE-OS con base a las especificaciones de detalle
establecidas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC),
concursándose la capacidad máxima disponible de acuerdo a estas.
Asimismo, para la determinación de la capacidad de acceso disponible en la red de
distribución subyacente al nudo Narcea 400 kV ubicada en el ámbito geográfico de la
zona de transición justa del Suroccidente de Asturias, los gestores de la red de
distribución de la zona han informado que la capacidad de acceso concursable en el
nudo Narcea 132 kV es de 154 MW y en el nudo Vega de Rengos 50 kV es de 27 MW.
Para la determinación de esta capacidad, los gestores de la red de distribución han
tenido en cuenta los criterios técnicos establecidos en la Resolución de 20 de mayo
de 2021, de la CNMC, así como la Resolución CNS/DE/1083/21, de la CNMC.
Los permisos de acceso y conexión sobre la mencionada capacidad disponible serán
otorgados posteriormente por el gestor de la red siguiendo el procedimiento general
establecido en la normativa energética, con la particularidad de que deberá seguir el
orden resultante de este procedimiento de concurrencia competitiva.
Adicionalmente, a efectos exclusivamente orientativos para la preparación de las
solicitudes, se informa de que la capacidad de acceso para almacenamiento en modo
consumo en el nudo Narcea 400 kV comunicada por el Operador del Sistema es
de 744 MW a fecha 13 de octubre de 2024. Estas capacidades han sido calculadas de
acuerdo a los criterios que aplican actualmente los gestores de las redes de transporte y
distribución y reflejan solo las capacidades disponibles en las fechas mencionadas,
estando sujetas a posibles variaciones.
cve: BOE-A-2024-27132
Verificable en https://www.boe.es
Política Energética y Minas, por la que se autoriza a Naturgy Generación, SLU, el cierre de
los Grupos 2 y 3 de la Central Térmica de Narcea, en Tineo (Comunidad Autónoma del
Principado de Asturias) y procede a su convocatoria.
La central térmica del Narcea estaba conectada al nudo Narcea 400 kV, el cual es un
nudo de la red de transporte ubicado dentro de la delimitación territorial de la zona de
transición justa del Suroccidente de Asturias. La presente orden dispone que las
instalaciones de generación de electricidad podrán estar ubicadas dentro de los términos
de los municipios de la zona de transición justa del Suroccidente de Asturias,
permitiéndose que hasta un máximo del 20 % de la superficie ocupada por el conjunto de
las instalaciones se ubique dentro de los términos de municipios limítrofes con éstos.
Dado que se trata de una zona de alta sensibilidad ambiental, con el principal objetivo de
reducir al máximo el impacto medioambiental de las líneas de evacuación, se establece
que las instalaciones de generación evacuarán la potencia a través del nudo de
transición justa Narcea 400 kV, o bien, alternativamente, a través de la red de
distribución, en el nudo Narcea 132 kV o en el nudo Vega de Rengos 50 kV, en los
términos que se establecen en las bases de la presente orden.
La capacidad de acceso disponible en el nudo de transición justa Narcea 400 kV
objeto de este concurso es la publicada por el Operador del Sistema (REE-OS) en
fecha 2 de diciembre de 2024, según se indica a continuación: