Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-27131)
Orden TED/1470/2024, de 19 de diciembre, por la que se regula el procedimiento y los requisitos aplicables al concurso público para la concesión de capacidad de acceso de evacuación a la red de energía eléctrica de instalaciones de generación de electricidad de procedencia renovable en el nudo de transición justa La Pereda 220 kV y se procede a su convocatoria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 26 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 180703

5. La no presentación en tiempo y forma de la solicitud de permisos de acceso y
conexión supondrá la pérdida de los derechos otorgados por el concurso y la ejecución de la
garantía definitiva. A estos efectos, el Instituto para la Transición Justa, O.A., podrá consultar
al gestor de la red de transporte si la solicitud se encuentra correctamente presentada.
6. La no aceptación por parte del adjudicatario de las condiciones técnicas y
económicas que se deriven del procedimiento de acceso y conexión, así como la
denegación de la solicitud de acceso y conexión por causas no imputables directa o
indirectamente al solicitante, tendrá los efectos que al respecto se establezcan en la
normativa reguladora del acceso y la conexión a la red eléctrica.
En los casos previstos en este apartado, el órgano encargado del seguimiento del
concurso podrá exceptuar la ejecución de la garantía definitiva depositada, previa
solicitud del adjudicatario.
7. La denegación de la solicitud de acceso y conexión por causas imputables al
adjudicatario, supondrá la pérdida de los derechos otorgados por el concurso y la
ejecución de la garantía definitiva.
8. La caducidad de los permisos de acceso y conexión por alguna de las causas
previstas en el artículo 26 del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, no afectará a la
garantía definitiva regulada en esta orden, siempre y cuando se cumplan por el adjudicatario
las obligaciones vinculadas al concurso previstas en la base 19.2 de esta orden.
En el caso de incumplimiento por el adjudicatario de las obligaciones vinculadas al
concurso como consecuencia de la caducidad de los permisos, se procederá por el
órgano encargado del seguimiento a la ejecución de la garantía con arreglo a lo
establecido en la base 23.
No obstante, se podrá exceptuar la ejecución de la garantía definitiva si la caducidad
de los permisos viene motivada porque un informe o resolución de una administración
pública impidiese el desarrollo de las instalaciones de generación de electricidad y así
fuera solicitado por el titular de los permisos.
9. La capacidad de acceso que resultase disponible como consecuencia de lo
establecido en los apartados 5, 6, 7 y 8 anteriores, se propondrá por el órgano instructor
para su otorgamiento al siguiente solicitante que corresponda del listado ordenado de la
resolución del concurso siguiendo el procedimiento previsto en las bases 16, 17 y 18.
10. Asimismo, el cumplimiento de cualquier otra condición que la normativa en vigor
imponga para mantener la vigencia de los permisos será de aplicación a los permisos de
acceso y conexión que, en su caso, se otorguen a los adjudicatarios del concurso.
Base 22. Cumplimiento y justificación de los compromisos de actuaciones de impacto
socioeconómico y ambiental.
1. El órgano encargado del seguimiento del concurso verificará el cumplimiento por
el adjudicatario de los compromisos de actuaciones de impacto socioeconómico y
ambiental incluidos en la resolución de adjudicación del concurso.
2. El plazo para el cumplimiento de los compromisos de actuaciones de impacto
socioeconómico y ambiental comprenderá desde la notificación de la resolución del
concurso hasta un año después de la fecha límite para la obtención de la autorización
administrativa de explotación definitiva, establecida en el artículo 1.1 del Real Decretoley 23/2020, de 23 de junio.
3. La justificación del cumplimiento de los compromisos anteriores se realizará
mediante la aportación de la siguiente documentación al Instituto para la Transición
Justa, O.A., en el plazo máximo de seis meses desde la expiración del plazo establecido
en el apartado anterior:
a) Una memoria de actuación, justificativa del cumplimiento de los referidos
compromisos, que incluirá:
1.º Una descripción del número de puestos de trabajo vinculados a la operación y
mantenimiento de las instalaciones de generación de electricidad los empleos creados

cve: BOE-A-2024-27131
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Núm. 311