Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2024-27032)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se modifican en lo relativo al cómputo de plazos y a la forma de presentación de las solicitudes de participación en los concursos de traslados de personal funcionario de cuerpos de funcionarios docentes y de los Cuerpos de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa e Inspectores de Educación, para la provisión de plazas en el ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, convocados por Resoluciones de 30 de octubre de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310
Miércoles 25 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 179945
b) Documento que acredite su derecho a ejercer el derecho preferente a
localidad.
c) Documentación justificativa para la valoración de los méritos a los que se
hace referencia en el baremo que aparece como anexo II de esta convocatoria. En
todos los documentos presentados deberá hacerse constar el nombre, apellidos y
cuerpo del concursante.
Séptima. Plazo de presentación de solicitudes y méritos.
Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe
interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción tenga la persona
interesada su domicilio o bien ante la del Tribunal Superior de Justicia en cuya
circunscripción se dicta el acto originario que se impugna, a elección, conforme a lo
establecido en el artículo 10.1,i) en relación con la regla segunda del artículo 14.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación de
esta resolución, de acuerdo con el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente convocatoria podrá ser recurrida potestativamente en
reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 23 de diciembre de 2024.–El Subsecretario de Educación, Formación Profesional
y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-27032
Verificable en https://www.boe.es
El plazo de presentación de solicitudes y documentos será del 5 de noviembre
al 26 de noviembre de 2024, ambos incluidos.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, no será tenida en cuenta
ninguna solicitud ni modificación alguna a las peticiones formuladas, ni
documentación referida a los méritos aportados, ni asimismo desistimiento a la
participación, salvo lo establecido en la base undécima.
Todos los requisitos de participación, así como los méritos alegados han de
reunirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, a
excepción del requisito de permanencia de, al menos, dos años desde la toma de
posesión del destino definitivo que para la participación voluntaria deberá tenerse
a la finalización del presente curso escolar y mantenerse durante todo el
procedimiento, hasta la toma de posesión del nuevo destino.
Solamente se tomarán en consideración aquellos méritos que, perfeccionados,
y debidamente justificados en la forma indicada en el baremo de méritos, se
aleguen durante el plazo de presentación de solicitudes.
En el supuesto de aquellas personas participantes que se encuentren en los
supuestos previstos en el apartado decimonoveno del Acuerdo del Consejo de
Ministros de 5 de noviembre de 2024, podrán presentar dicha solicitud de
participación, junto a la documentación que se acompañe, en los plazos
establecidos en el apartado primero de la Resolución de 23 de diciembre de 2024,
de la Subsecretaría, por la que se modifican las Resoluciones de 30 de octubre
de 2024, de la Subsecretaría, por las que se convocan concursos de traslados de
personal funcionario de cuerpos de funcionarios docentes y de los cuerpos de
Inspectores al Servicio de la Administración Educativa e Inspectores de Educación,
para la provisión de plazas en el ámbito de gestión territorial del Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes, en lo relativo al cómputo de plazos y
a la forma de presentación de las solicitudes de participación.»
Núm. 310
Miércoles 25 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 179945
b) Documento que acredite su derecho a ejercer el derecho preferente a
localidad.
c) Documentación justificativa para la valoración de los méritos a los que se
hace referencia en el baremo que aparece como anexo II de esta convocatoria. En
todos los documentos presentados deberá hacerse constar el nombre, apellidos y
cuerpo del concursante.
Séptima. Plazo de presentación de solicitudes y méritos.
Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe
interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción tenga la persona
interesada su domicilio o bien ante la del Tribunal Superior de Justicia en cuya
circunscripción se dicta el acto originario que se impugna, a elección, conforme a lo
establecido en el artículo 10.1,i) en relación con la regla segunda del artículo 14.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación de
esta resolución, de acuerdo con el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente convocatoria podrá ser recurrida potestativamente en
reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 23 de diciembre de 2024.–El Subsecretario de Educación, Formación Profesional
y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-27032
Verificable en https://www.boe.es
El plazo de presentación de solicitudes y documentos será del 5 de noviembre
al 26 de noviembre de 2024, ambos incluidos.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, no será tenida en cuenta
ninguna solicitud ni modificación alguna a las peticiones formuladas, ni
documentación referida a los méritos aportados, ni asimismo desistimiento a la
participación, salvo lo establecido en la base undécima.
Todos los requisitos de participación, así como los méritos alegados han de
reunirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, a
excepción del requisito de permanencia de, al menos, dos años desde la toma de
posesión del destino definitivo que para la participación voluntaria deberá tenerse
a la finalización del presente curso escolar y mantenerse durante todo el
procedimiento, hasta la toma de posesión del nuevo destino.
Solamente se tomarán en consideración aquellos méritos que, perfeccionados,
y debidamente justificados en la forma indicada en el baremo de méritos, se
aleguen durante el plazo de presentación de solicitudes.
En el supuesto de aquellas personas participantes que se encuentren en los
supuestos previstos en el apartado decimonoveno del Acuerdo del Consejo de
Ministros de 5 de noviembre de 2024, podrán presentar dicha solicitud de
participación, junto a la documentación que se acompañe, en los plazos
establecidos en el apartado primero de la Resolución de 23 de diciembre de 2024,
de la Subsecretaría, por la que se modifican las Resoluciones de 30 de octubre
de 2024, de la Subsecretaría, por las que se convocan concursos de traslados de
personal funcionario de cuerpos de funcionarios docentes y de los cuerpos de
Inspectores al Servicio de la Administración Educativa e Inspectores de Educación,
para la provisión de plazas en el ámbito de gestión territorial del Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes, en lo relativo al cómputo de plazos y
a la forma de presentación de las solicitudes de participación.»