Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2024-27032)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se modifican en lo relativo al cómputo de plazos y a la forma de presentación de las solicitudes de participación en los concursos de traslados de personal funcionario de cuerpos de funcionarios docentes y de los Cuerpos de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa e Inspectores de Educación, para la provisión de plazas en el ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, convocados por Resoluciones de 30 de octubre de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Miércoles 25 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 179939

exclusiva a aquellas personas participantes que acrediten encontrarse en alguna de las
situaciones previstas en el apartado decimonoveno del mencionado acuerdo del Consejo
de Ministros de 5 de noviembre de 2024.
Para una adecuada ordenación y publicidad del procedimiento, se considera necesaria
la determinación de la forma y plazo en que dichas solicitudes puedan ser presentadas, de
forma que se evite cualquier afectación en los plazos finales de resolución de los
concursos de traslados convocados que pudiera repercutir de forma negativa en la
planificación educativa y en el normal inicio del próximo curso académico 2025/26,
garantizando una adecuada cobertura por el personal participante de los puestos que les
sean adjudicados.
Por todo lo anterior, resuelvo:

Determinar, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros
de 23 de diciembre de 2024, por el que se declara la finalización de la suspensión de los
términos y la interrupción de los plazos establecida en el Acuerdo del Consejo de
Ministros de 5 de noviembre de 2024, el plazo de presentación de instancias en los
concursos de traslados de personal funcionario de cuerpos de funcionarios docentes y
de los cuerpos de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa e Inspectores
de Educación, para la provisión de plazas en el ámbito de gestión territorial del Ministerio
de Educación, Formación Profesional y Deportes, convocados por Resoluciones de 30
de octubre de 2024, de la Subsecretaría. El plazo para la presentación de las mismas
será de dieciséis días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de
publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de diciembre de 2024, por el que
se declara la finalización de la medida consistente en la suspensión de los términos y la
interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimientos administrativos.
Dicho plazo será aplicable de forma exclusiva a quienes acrediten residir en los
términos municipales incluidos en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de
noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños
causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre
el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, así como a quienes acrediten el carácter
imposible o gravoso del cumplimiento de los plazos establecidos en las convocatorias,
publicadas por Resoluciones de 30 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, en atención a
los efectos de la emergencia.
Aquellas personas aspirantes que, habiendo presentado una solicitud de
participación en el plazo comprendido entre el 5 y el 26 de noviembre, no se encuentren
en ninguno de los supuestos contemplados en el párrafo anterior, podrán aportar
cualquier tipo de documentación relativa a la reclamación y subsanación de las
solicitudes presentadas en el plazo que se establezca una vez publicados los listados
provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas.
En el caso de que alguna persona participante que se encuentre en los supuestos
previstos en el apartado decimonoveno del Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de
noviembre de 2024, hubiese presentado una solicitud de participación en el plazo
establecido en las convocatorias publicadas por Resoluciones de 30 de octubre de 2024,
de la Subsecretaría, y registrase una nueva solicitud en el plazo establecido en la
presente resolución, se tendrá en cuenta únicamente la última solicitud registrada, con la
documentación que a la misma se acompañe.
Para acreditar la residencia deberá aportarse, junto con la documentación justificativa
de los requisitos y méritos, un certificado de empadronamiento en alguno de los municipios
establecidos en el citado anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre. La falta de
acreditación de dicha residencia, cuando no concurra otro supuesto habilitante conforme a
lo dispuesto en el párrafo siguiente, conllevará la exclusión del procedimiento de la persona
participante.
Asimismo, aquellas otras personas aspirantes que presenten una instancia de
participación alegando el carácter imposible o gravoso, en atención a los efectos de la

cve: BOE-A-2024-27032
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Primero.