Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-27040)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Universidad de Santiago de Compostela, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Miércoles 25 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 180010

2.3 Calidad de la formación docente (participación o impartición de actividades de
formación docente universitaria, estancias en centros docentes, etc.).
2.4 Otros méritos relacionados con la trayectoria docente.
3. Experiencia asistencial (máximo 20 puntos, solo para plazas con vinculación
asistencial).
4. Otros méritos relevantes para la plaza (máximo 10 puntos).
4.1 Participación en la gestión académica y en la difusión de la cultura universitaria.
4.2 Movilidad.
4.3 Conocimiento de idiomas extranjeros.
4.4 Acreditación o habilitación para una figura de categoría superior a la de la plaza
en concurso.
4.5 Otros.
5.
6.

Proyecto de actividades docentes (máximo 50 puntos).
Proyecto investigador (máximo 50 puntos).
ANEXO IV
Acreditación de los méritos

Con carácter general, la documentación acreditativa de los méritos deberá reunir los
requisitos establecidos en este anexo. Corresponde a la Comisión de Selección
determinar si la documentación aportada por las personas candidatas cumple con lo
establecido en este anexo, de forma que permita acreditar de manera fehaciente el
mérito alegado y contenga la información necesaria para su correcta valoración. La
Comisión de Selección podrá admitir y valorar los méritos alegados por los candidatos
siempre que, a su juicio, los documentos presentados no ofrezcan dudas sobre su
autenticidad y permitan acreditar de manera fehaciente los datos necesarios para la
valoración de mérito concreto. De utilizar esta facultad, la Comisión de Selección deberá
hacerlo constar en el acta de valoración. En el caso de que la documentación presentada
no sea la idónea o no contenga la información necesaria, el mérito alegado no será
valorado por parte de la Comisión de Selección.
Serán objeto de valoración exclusivamente los méritos relacionados por las personas
concursantes para cada apartado, siempre que se posean en la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y que dentro de dicho plazo estén correctamente
acreditados.
Trayectoria investigadora y de transferencia.

1.1
1.1.1

Difusión de la actividad investigadora.
Publicaciones científicas.

En el caso de publicaciones accesibles a través de repositorios, enlace a la página
correspondiente.
En el caso de artículos y capítulos de libros, pdf con el texto íntegro o, en todo caso,
con la copia de la primera y de la última página. Si no figura en la primera página la
información relativa al título y número de la revista o al título del volumen, se añadirán
copias de las páginas del índice o de la portada en que figuren el ISSN o el ISBN, según
corresponda.
En el caso de libros, pdf con el texto íntegro o, en todo caso, copia de la portada y de
las páginas en las que figuren los créditos del libro (autor o editor, editorial, ISBN, fecha
de publicación…) y el índice.
En el caso de trabajos aceptados para publicación o en prensa, carta firmada por el
editor de la revista o por el responsable de la editorial, en la que se haga constar la
aceptación y el estado de la publicación. No se aceptarán correos electrónicos.

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1.