Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. I. Disposiciones generales. Seguridad Social. (BOE-A-2024-26934)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se modifica el ámbito territorial de determinadas unidades de recaudación ejecutiva de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309
Martes 24 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 179526
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
26934
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Tesorería General de la
Seguridad Social, por la que se modifica el ámbito territorial de determinadas
unidades de recaudación ejecutiva de la Seguridad Social.
La Resolución de 1 de diciembre de 1995, de la entonces Secretaría General para la
Seguridad Social, determinó el ámbito territorial de las unidades de recaudación ejecutiva en
las direcciones provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social. Dicho ámbito
ha sido objeto de posteriores modificaciones, bien como consecuencia de sucesivas
ampliaciones en el número de tales unidades, bien para la redistribución de sus plantillas y
por necesidades de gestión, mediante diversas resoluciones de la Secretaría de Estado de
la Seguridad Social y de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Las necesidades de la gestión recaudatoria de la Seguridad Social en vía de apremio
hacen conveniente y oportuno, en este momento, modificar la demarcación territorial de
determinadas unidades de recaudación ejecutiva dependientes de las Direcciones
Provinciales de esta Tesorería General de la Seguridad Social en Illes Balears,
Barcelona, Córdoba, Madrid, Salamanca, Cantabria, Sevilla, València/Valencia y
Zaragoza, a fin de conseguir una mejor gestión del cargo asumido por ellas y una
equilibrada redistribución de sus plantillas, habida cuenta de la progresiva disminución
de estas, llevando a cabo, en algunos casos, un reagrupamiento de sus respectivos
medios materiales y humanos en una misma sede física.
Esta resolución se dicta de acuerdo con las atribuciones que esta Dirección General tiene
conferidas por el artículo 4.2 de la Orden TAS/1562/2005, de 25 de mayo, por la que se
establecen normas para la aplicación y desarrollo del Reglamento general de recaudación de
la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio.
En su virtud, esta Dirección General resuelve:
Primero.
El ámbito territorial de las unidades de recaudación ejecutiva dependientes de las
Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social en Illes Balears,
Barcelona, Córdoba, Madrid, Salamanca, Cantabria, Sevilla, València/Valencia y
Zaragoza, que figuran en el anexo de esta resolución, será el fijado en el mismo,
modificándose en tal sentido el contenido de la Resolución de 1 de diciembre de 1995,
por la que se determina el ámbito territorial de las unidades de recaudación ejecutiva en
las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Las modificaciones del ámbito territorial de los distritos postales y de los partidos
judiciales que puedan producirse no afectarán a las demarcaciones territoriales
establecidas en esta resolución para las unidades de recaudación ejecutiva a las que se
refiere, salvo que expresamente esta Dirección General disponga otra cosa al respecto.
Tercero.
Los actos y trámites del procedimiento de apremio efectuados por una unidad de
recaudación ejecutiva antes de la fecha de efectos de esta resolución y que hayan de
continuarse por otra de la misma dirección provincial de la Tesorería General, en virtud
cve: BOE-A-2024-26934
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 309
Martes 24 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 179526
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
26934
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Tesorería General de la
Seguridad Social, por la que se modifica el ámbito territorial de determinadas
unidades de recaudación ejecutiva de la Seguridad Social.
La Resolución de 1 de diciembre de 1995, de la entonces Secretaría General para la
Seguridad Social, determinó el ámbito territorial de las unidades de recaudación ejecutiva en
las direcciones provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social. Dicho ámbito
ha sido objeto de posteriores modificaciones, bien como consecuencia de sucesivas
ampliaciones en el número de tales unidades, bien para la redistribución de sus plantillas y
por necesidades de gestión, mediante diversas resoluciones de la Secretaría de Estado de
la Seguridad Social y de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Las necesidades de la gestión recaudatoria de la Seguridad Social en vía de apremio
hacen conveniente y oportuno, en este momento, modificar la demarcación territorial de
determinadas unidades de recaudación ejecutiva dependientes de las Direcciones
Provinciales de esta Tesorería General de la Seguridad Social en Illes Balears,
Barcelona, Córdoba, Madrid, Salamanca, Cantabria, Sevilla, València/Valencia y
Zaragoza, a fin de conseguir una mejor gestión del cargo asumido por ellas y una
equilibrada redistribución de sus plantillas, habida cuenta de la progresiva disminución
de estas, llevando a cabo, en algunos casos, un reagrupamiento de sus respectivos
medios materiales y humanos en una misma sede física.
Esta resolución se dicta de acuerdo con las atribuciones que esta Dirección General tiene
conferidas por el artículo 4.2 de la Orden TAS/1562/2005, de 25 de mayo, por la que se
establecen normas para la aplicación y desarrollo del Reglamento general de recaudación de
la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio.
En su virtud, esta Dirección General resuelve:
Primero.
El ámbito territorial de las unidades de recaudación ejecutiva dependientes de las
Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social en Illes Balears,
Barcelona, Córdoba, Madrid, Salamanca, Cantabria, Sevilla, València/Valencia y
Zaragoza, que figuran en el anexo de esta resolución, será el fijado en el mismo,
modificándose en tal sentido el contenido de la Resolución de 1 de diciembre de 1995,
por la que se determina el ámbito territorial de las unidades de recaudación ejecutiva en
las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Las modificaciones del ámbito territorial de los distritos postales y de los partidos
judiciales que puedan producirse no afectarán a las demarcaciones territoriales
establecidas en esta resolución para las unidades de recaudación ejecutiva a las que se
refiere, salvo que expresamente esta Dirección General disponga otra cosa al respecto.
Tercero.
Los actos y trámites del procedimiento de apremio efectuados por una unidad de
recaudación ejecutiva antes de la fecha de efectos de esta resolución y que hayan de
continuarse por otra de la misma dirección provincial de la Tesorería General, en virtud
cve: BOE-A-2024-26934
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.