Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Encomienda de gestión. (BOE-A-2024-27003)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión con el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, para la distribución y venta de publicaciones editadas por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Martes 24 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 179834

EXPONEN
Primero.
Que el ICAA tiene competencia para editar, publicar y distribuir publicaciones que
figuran en su programa editorial. En esta línea de actuación es necesario adoptar
medidas para mejorar la difusión y venta de publicaciones, con el doble objetivo de
mejorar la rentabilidad y facilitar al ciudadano la adquisición de las mismas. Para ello se
posibilitará a los ciudadanos la adquisición de obras editadas por el ICAA en cualquier
soporte, a través de su página Web, de los puntos de venta y de los distribuidores del
Ministerio de Cultura, sin perjuicio de que el ICAA tenga otros puntos de venta con otros
ministerios u organismos.
Segundo.
Que, según el Plan General de Publicaciones Oficiales de la Administración General
del Estado para el año 2024, «las publicaciones oficiales deben servir de instrumento
para la transparencia de la Administración General del Estado y de medio para la
divulgación de la información y documentación que en ella se generan en beneficio de la
ciudadanía y los agentes sociales y económicos».
Por cuanto antecede, ambas partes firman el presente acuerdo marco con las
siguientes
ESTIPULACIONES
Primera.
Este acuerdo de encomienda de gestión se regirá por lo dispuesto en el artículo 11
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Segunda.
Las publicaciones editadas por el ICAA figurarán en el catálogo en línea de
publicaciones del Ministerio de Cultura, en un apartado bien diferenciado de las
publicaciones del Ministerio.
Tercera.
El ICAA mantendrá al día la base de datos del catálogo de publicaciones del
Ministerio de Cultura donde se facilitarán los datos bibliográficos, incluido un resumen del
contenido de la publicación y una imagen de la cubierta. Asimismo, se podrá alojar un
pdf de la misma para ponerla a disposición del público.

El ICAA depositará en el Servicio de Distribución y Venta de Publicaciones del
Ministerio de Cultura situado en la calle Abdón Terradas, 7, quince ejemplares como
mínimo de cada una de las publicaciones editadas en cualquier soporte, con el fin de
mantener un fondo cuya finalidad sea la venta, cantidad que será renovada por
indicación del Ministerio de Cultura.
Quinta.
Los ingresos por la venta de las publicaciones del ICAA irán directamente a la cuenta
del ICAA en el Banco de España ES74-9000-0001-2002-0000-8984 a través de la cuenta
de ingresos por venta de publicaciones del Ministerio de Cultura. El Ministerio hará un
informe semestral donde se recogerá la gestión de las ventas.

cve: BOE-A-2024-27003
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.