Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-27011)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, del Instituto Social de la Marina, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309
Martes 24 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 179863
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
27011
Resolución de 16 de diciembre de 2024, del Instituto Social de la Marina,
sobre delegación de competencias.
Por Resolución de 7 de diciembre de 2022, del Instituto Social de la Marina, sobre
delegación de competencias, la Directora del Instituto Social de la Marina delegó
diversas competencias en sus órganos centrales y provinciales referidas a distintas
materias de gestión con la finalidad de mejorar su eficacia.
En aras de continuar mejorando la agilidad en la ejecución de los procedimientos de
gestión y de conseguir una mayor eficacia en la actuación de la entidad se considera
necesario modificar la estructura actual de delegación de competencias, ampliando la
delegación en el ámbito de la contratación.
En este sentido, es preciso que las unidades periféricas del instituto Social de la
Marina dispongan del máximo margen posible para poder tramitar los propios
expedientes de contratación, por lo que se eleva desde el importe del valor estimado del
contrato de 800.000 euros a cualquier importe inferior a 900.000 euros.
Por otro lado, se delega la competencia de los órganos de contratación en el ámbito
periférico para devolver o cancelar las garantías constituidas por los licitadores en sus
propios procedimientos de contratación.
Por último, y ya creados y ocupados los puestos de directores de los centros
nacionales de formación de Bamio e Isla Cristina, se debe eliminar la disposición
transitoria contenida en la resolución de 7 de diciembre de 2022, aprovechando esta
nueva resolución para reordenar la delegación de competencias operada en las
personas titulares de dichos puestos.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resuelvo:
Delegar en el titular de la Subdirección General de Seguridad Social de los
Trabajadores del Mar la aprobación, el compromiso y el reconocimiento de las
obligaciones y la propuesta de pago, por operaciones presupuestarias y por operaciones
extrapresupuestarias, de los gastos correspondientes a la gestión de los reembolsos por
la asistencia sanitaria prestada en otros Estados al amparo de instrumentos
internacionales de Seguridad Social, así como de los gastos correspondientes a la
gestión llevada a cabo con carácter centralizado en el ejercicio de las competencias que
el Instituto Social de la Marina tenga encomendadas en materia de ayudas públicas por
parada de la flota.
Asimismo, se delega en el titular de la Subdirección General de Seguridad Social de
los Trabajadores del Mar la resolución de los recursos de alzada que se interpongan
frente a los siguientes actos dictados por los directores provinciales:
a) Actos relacionados con la inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y
variaciones de datos de los trabajadores.
b) Resoluciones adoptadas en procedimientos para la imposición de sanciones a
empresarios en materia de Seguridad Social.
c) Resoluciones de aplazamientos de las deudas generadas por cobros indebidos
de prestaciones por desempleo, de acuerdo con lo señalado en la disposición adicional
cve: BOE-A-2024-27011
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 309
Martes 24 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 179863
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
27011
Resolución de 16 de diciembre de 2024, del Instituto Social de la Marina,
sobre delegación de competencias.
Por Resolución de 7 de diciembre de 2022, del Instituto Social de la Marina, sobre
delegación de competencias, la Directora del Instituto Social de la Marina delegó
diversas competencias en sus órganos centrales y provinciales referidas a distintas
materias de gestión con la finalidad de mejorar su eficacia.
En aras de continuar mejorando la agilidad en la ejecución de los procedimientos de
gestión y de conseguir una mayor eficacia en la actuación de la entidad se considera
necesario modificar la estructura actual de delegación de competencias, ampliando la
delegación en el ámbito de la contratación.
En este sentido, es preciso que las unidades periféricas del instituto Social de la
Marina dispongan del máximo margen posible para poder tramitar los propios
expedientes de contratación, por lo que se eleva desde el importe del valor estimado del
contrato de 800.000 euros a cualquier importe inferior a 900.000 euros.
Por otro lado, se delega la competencia de los órganos de contratación en el ámbito
periférico para devolver o cancelar las garantías constituidas por los licitadores en sus
propios procedimientos de contratación.
Por último, y ya creados y ocupados los puestos de directores de los centros
nacionales de formación de Bamio e Isla Cristina, se debe eliminar la disposición
transitoria contenida en la resolución de 7 de diciembre de 2022, aprovechando esta
nueva resolución para reordenar la delegación de competencias operada en las
personas titulares de dichos puestos.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resuelvo:
Delegar en el titular de la Subdirección General de Seguridad Social de los
Trabajadores del Mar la aprobación, el compromiso y el reconocimiento de las
obligaciones y la propuesta de pago, por operaciones presupuestarias y por operaciones
extrapresupuestarias, de los gastos correspondientes a la gestión de los reembolsos por
la asistencia sanitaria prestada en otros Estados al amparo de instrumentos
internacionales de Seguridad Social, así como de los gastos correspondientes a la
gestión llevada a cabo con carácter centralizado en el ejercicio de las competencias que
el Instituto Social de la Marina tenga encomendadas en materia de ayudas públicas por
parada de la flota.
Asimismo, se delega en el titular de la Subdirección General de Seguridad Social de
los Trabajadores del Mar la resolución de los recursos de alzada que se interpongan
frente a los siguientes actos dictados por los directores provinciales:
a) Actos relacionados con la inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y
variaciones de datos de los trabajadores.
b) Resoluciones adoptadas en procedimientos para la imposición de sanciones a
empresarios en materia de Seguridad Social.
c) Resoluciones de aplazamientos de las deudas generadas por cobros indebidos
de prestaciones por desempleo, de acuerdo con lo señalado en la disposición adicional
cve: BOE-A-2024-27011
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Primero.