Ministerio de Industria y Turismo. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2024-26926)
Real Decreto 1306/2024, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1112/2021, de 17 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a la Comunidad Autónoma de Canarias de una subvención para la financiación de actuaciones en materia de promoción del turismo y de apoyo a las pequeñas y medianas empresas en la isla de La Palma (Santa Cruz de Tenerife).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 24 de diciembre de 2024

Sec. I. Pág. 179436

de 27 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1112/2021, de 17 de
diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a la Comunidad Autónoma de
Canarias de una subvención para la financiación de actuaciones en materia de
promoción del turismo y de apoyo a las pequeñas y medianas empresas en la isla de La
Palma (Santa Cruz de Tenerife).
Actualmente, ante la constatación de la persistencia de las circunstancias fácticas
derivadas de la devastación del fenómeno volcánico, que impiden que se puedan
desarrollar con total normalidad las actividades económicas de las mismas, se considera
necesario mantener el apoyo a la isla de La Palma iniciado mediante el citado Real
Decreto 1112/2021, de 17 de diciembre, en lo atinente a las cuantías de la línea de
apoyo al emprendimiento y a la creación de nuevas empresas.
Con la finalidad de mantener el apoyo necesario en 2024, el presente real decreto
tiene por objeto la modificación del mencionado Real Decreto 1112/2021, de 17 de
diciembre, para que se amplíe la cuantía de la línea de apoyo al emprendimiento y a la
creación de nuevas empresas en 3.000.000 de euros. También se modifica la referencia
a la habilitación a la Comunidad Autónoma de Canarias para los fondos de esta línea de
apoyo, que pasa de ser de 10.000.000 de euros a 13.000.000 de euros.
El objetivo no es otro que mantener en el tiempo una medida que se considera
necesaria para el apoyo a los ciudadanos y las empresas de la isla de La Palma con el
objetivo de conseguir y consolidar en el tiempo la recuperación de los efectos sufridos y
la reactivación económica de la zona, fomentando que las actividades vuelvan a
desarrollarse con normalidad lo antes posible.
Por último, la disposición final primera recoge una modificación del Real
Decreto 1129/2023, de 19 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una
subvención destinada a la Fundación Mubil de la Diputación Foral de Guipúzcoa para su
laboratorio de investigación de tracción eléctrica e hidrógeno, ampliando el plazo de
ejecución de las actuaciones previstas en el citado real decreto.
Este real decreto se ha elaborado conforme a los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, exigidos por el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
La norma cumple con los principios de necesidad y eficacia, por un lado, al perseguir
el fin de interés general consistente en promover las condiciones para la recuperación
social y económica de una zona que ha sufrido la devastación de un desastre natural y
continúa padeciendo sus consecuencias; y, por otro, al haber identificado de forma clara
los fines perseguidos, como se argumenta en el apartado precedente, considerándose el
instrumento más adecuado para su consecución, dado que se trata de mantener en el
tiempo ayudas que se consideran procedentes y ajustadas a la necesidad identificada.
La norma es acorde con el principio de proporcionalidad, al contener la regulación
imprescindible para la consecución de los objetivos mencionados, pues se trata de
modificar de forma limitada un real decreto vigente, en lo referente a determinados
plazos y cuantías concretas, sin restringir derechos ni imponer obligaciones adicionales.
Se ajusta al principio de seguridad jurídica, pues resulta coherente con el
ordenamiento jurídico, al insertarse las modificaciones en un texto vigente, sin impactar
en otros ámbitos.
En cuanto al principio de transparencia, hemos de considerar que la nueva norma
modifica otra ya publicada y vigente, conocida desde la publicación del real decreto que
modifica, y menciona claramente el alcance de dichas modificaciones, quedando
identificados todos sus elementos. Asimismo, el texto será objeto de publicación oficial, y
tanto el texto como sus documentos están sujetos a la Ley 19/2013, de 9 de diciembre,
de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Por último, en relación con el principio de eficiencia, este real decreto no genera
nuevas cargas administrativas, considerándose la gestión de los recursos públicos
racional y ajustada a las normas de aplicación.

cve: BOE-A-2024-26926
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Núm. 309