Ministerio Fiscal. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Nombramientos. (BOE-A-2024-26965)
Decreto de 16 de diciembre de 2024, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado de Derechos Humanos y Memoria Democrática de la Fiscalía Provincial de Badajoz al Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Badajoz don José Luis Alonso Tejuca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309
Martes 24 de diciembre de 2024
Sec. II.A. Pág. 179576
procedimiento de designación en los casos en los que el delegado provincial de la
especialidad que se propone no tenga el rango de decano.
Esta misma Instrucción precisa que los nombramientos y ceses de los delegados de
la especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente fiscal de
sala coordinador, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y,
seguidamente, trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la
Inspección Fiscal.
Tercero.
El Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del
Ministerio Fiscal, regula en su art. 62.2 el nombramiento de los fiscales delegados
especialistas:
«2. Los Fiscales delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales,
serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante decreto dictado por la persona
titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo
informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado.
El Fiscal Jefe convocará la plaza de delegado especialista entre los fiscales de la
plantilla. Para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos
alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad
y tener experiencia práctica. En el caso de los Fiscales Delegados Especialistas
autonómicos, la plaza se convocará entre los Delegados Especialistas provinciales de
la comunidad autónoma.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir
acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con
aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará
traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime
pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del
Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal».
Cuarto.
1. Nombrar al Ilmo. Sr. don José Luis Alonso Tejuca, Fiscal Jefe de la Fiscalía
Provincial de Badajoz como Fiscal Delegado de Derechos Humanos y Memoria
Democrática de la Fiscalía Provincial de Badajoz.
2. Notificar lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, a la Fiscal de Sala Coordinadora
de Derechos Humanos y Memoria Democrática, al Fiscal Superior de Extremadura, al
Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Badajoz, quien lo pondrá en conocimiento de
todos los fiscales de la plantilla.
3. Publicar el presente decreto en el «Boletín Oficial del Estado» (art. 62.3 RMF).
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe
interponer recurso potestativo de reposición ante la Fiscalía General del Estado (C/
Fortuny, 4, Madrid 28010) en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su
publicación, en los términos establecidos en el artículo 123 y concordantes de aquella
Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
cve: BOE-A-2024-26965
Verificable en https://www.boe.es
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al
nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta del Fiscal Jefe de la Fiscalía
Provincial de Badajoz está suficientemente motivada y avala la idoneidad del
candidato.
En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones
del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de
aquella, acuerdo:
Núm. 309
Martes 24 de diciembre de 2024
Sec. II.A. Pág. 179576
procedimiento de designación en los casos en los que el delegado provincial de la
especialidad que se propone no tenga el rango de decano.
Esta misma Instrucción precisa que los nombramientos y ceses de los delegados de
la especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente fiscal de
sala coordinador, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y,
seguidamente, trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la
Inspección Fiscal.
Tercero.
El Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del
Ministerio Fiscal, regula en su art. 62.2 el nombramiento de los fiscales delegados
especialistas:
«2. Los Fiscales delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales,
serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante decreto dictado por la persona
titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo
informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado.
El Fiscal Jefe convocará la plaza de delegado especialista entre los fiscales de la
plantilla. Para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos
alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad
y tener experiencia práctica. En el caso de los Fiscales Delegados Especialistas
autonómicos, la plaza se convocará entre los Delegados Especialistas provinciales de
la comunidad autónoma.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir
acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con
aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará
traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime
pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del
Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal».
Cuarto.
1. Nombrar al Ilmo. Sr. don José Luis Alonso Tejuca, Fiscal Jefe de la Fiscalía
Provincial de Badajoz como Fiscal Delegado de Derechos Humanos y Memoria
Democrática de la Fiscalía Provincial de Badajoz.
2. Notificar lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, a la Fiscal de Sala Coordinadora
de Derechos Humanos y Memoria Democrática, al Fiscal Superior de Extremadura, al
Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Badajoz, quien lo pondrá en conocimiento de
todos los fiscales de la plantilla.
3. Publicar el presente decreto en el «Boletín Oficial del Estado» (art. 62.3 RMF).
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe
interponer recurso potestativo de reposición ante la Fiscalía General del Estado (C/
Fortuny, 4, Madrid 28010) en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su
publicación, en los términos establecidos en el artículo 123 y concordantes de aquella
Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
cve: BOE-A-2024-26965
Verificable en https://www.boe.es
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al
nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta del Fiscal Jefe de la Fiscalía
Provincial de Badajoz está suficientemente motivada y avala la idoneidad del
candidato.
En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones
del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de
aquella, acuerdo: