Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26887)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del sector público autonómico, ejercicios 2019 y 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Lunes 23 de diciembre de 2024

II.2.

Sec. III. Pág. 178807

CENSO DEL SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO

Conforman el sector público autonómico las Administraciones Generales de las Comunidades
Autónomas y Ciudades Autónomas y su sector público institucional, integrado por organismos
públicos y entidades de derecho público y de derecho privado, vinculados o dependientes de la
respectiva Comunidad y por las universidades públicas.
A 31 de diciembre de 2020, el número de entidades integrantes del sector público autonómico con
obligación de rendir cuentas a las ICEX, en atención a las respectivas leyes de organización y
régimen jurídico, leyes de hacienda autonómicas y las reguladoras de las respectivas ICEX (Anexo- I)
presentaba la siguiente distribución por tipo de entidad.
Cuadro 4 CENSO DE ENTIDADES CON OBLIGACIÓN DE RENDIR CUENTAS A 31 DE
DICIEMBRE DE 20208
Tipo de entidad
Administración autonómica
Ciudad autónoma

Número
17
2

Organismo autónomo

150

Ente de derecho público

102

Ente público de derecho privado

118

Sociedad mercantil

285

Consorcio

177

Fundación e institución sin ánimo de lucro

280

Fondo carente de personalidad jurídica

19

Universidad

48

Entidad vinculada o dependiente de la universidad
Total

138
1.336

Fuente: Elaboración propia a partir de los Informes de fiscalización y de la información facilitada por las ICEX.

La normativa reguladora de cada Comunidad Autónoma presenta diferentes formas de organización
institucional que, a los efectos del presente Informe, se agrupan bajo la siguiente terminología
normalizada.

8

Los organismos autónomos incluyen además de estos, los organismos autónomos
administrativos y comerciales de aquellas Comunidades Autónomas que no han adaptado su
organización institucional al modelo recogido para el Estado en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), así como las agencias
institucionales de Andalucía.

Las Cámaras de comercio, industria y navegación, cuentan también con obligación de rendir cuentas en el Principado
de Asturias, Comunidad de Madrid y Comunitat Valenciana. Si bien, tal y como reconoce el Tribunal Constitucional en su
sentencia 76/1983, de 5 de agosto, y sentencia de 22 de octubre de 2001, por la que se resuelven los recursos de
inconstitucionalidad nº 2035/1993 y 2038/1993, las cámaras participan de la naturaleza de Administraciones públicas, no
lo son en sentido estricto, ni se incluyen en la definición que sobre el sector público ofrece la LRJSP, motivo por el que se
excluyen del cuadro anterior.

cve: BOE-A-2024-26887
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