Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26883)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Cuenta General y del resto de cuentas anuales del sector público de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 177935
las obligaciones contables y a efectos de contabilidad nacional53. A su vez, el artículo 35.3.c) del
TRLH y la LP para 2020 señalan que los PG de la JCCM se integran por los de las entidades que
conforman el sector público regional, por lo que los presupuestos de la UCLM y de sus entidades
adscritas no se han integrado, lo que está en contradicción con la LRJSP y con el artículo 6 de la
LOEPSF (que obliga a incluir en los Presupuestos de las distintas Administraciones los
correspondientes a todas las entidades que conforman el sector público a los efectos de la ley,
entre los que se incluyen las Universidades dependientes)54.
La UCLM mantiene un convenio de financiación plurianual con la JCCM para el período 20182021, firmado en julio de 2019. Alineados con dicho convenio y con el plan estratégico de la
UCLM, esta ha suscrito dos contratos programas con Centros y Departamentos de la propia
Universidad, que asocian la financiación de los Centros y Departamentos adscritos a un sistema
de indicadores que recogen los objetivos de competitividad y desarrollo fijados en el plan
estratégico, cuya evaluación condiciona la financiación asignada. No obstante, el proceso de
asignación presupuestaria en función de resultados no fue aplicado en el ejercicio fiscalizado dado
que no había transcurrido tiempo suficiente desde su implantación, la cual se había producido a
finales de 2019 para el relativo a los Centros y en 2020 para los Departamentos, con efectos
retroactivos desde 2019.
El Consejo Social de la UCLM, en cumplimiento del artículo 81.2.a) de la LOU y para garantizar el
cumplimiento de la LOEPSF, aprobó, como límite máximo de gasto para el ejercicio 2020, la
cantidad de 275.675 miles de euros, en la que se incluyó la incorporación de remanentes de 2019
por 6.565 miles de euros. No obstante, los remanentes de crédito finalmente incorporados se
limitaron a 1.605 miles de euros; sin embargo, como las ORN fueron de 236.265 miles de euros
(capítulos 1 a 7), se cumplió el límite de gasto aprobado.
B)
ADECUACIÓN AL PLAN CONTABLE APLICABLE
La cuenta anual de la Universidad resulta de conformidad con el contenido y estructura del PGCP,
sin perjuicio de las incidencias que se expresan a continuación.
53
El apartado 4 del citado artículo señala expresamente que “La presente ley será de aplicación, asimismo, a las
Universidades públicas de Castilla-La Mancha y al resto de entes adscritos que, sin formar parte del sector público
regional a los efectos de esta ley, estén incluidos en el sector Administraciones públicas, subsector Comunidades
Autónomas, o en el subsector sociedades no financieras públicas, de acuerdo con la definición y delimitación del
Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales, a los efectos del seguimiento de lo establecido en la normativa
vigente en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, y del cumplimiento de los principios y
obligaciones contables que se deriven de lo establecido en el Título VI.”
La UCLM invoca en trámite de alegaciones la autonomía universitaria en relación con la aprobación de sus
Presupuestos. Este Tribunal no discute la citada autonomía ni, por tanto, la facultad residenciada en el Consejo Social
de la UCLM para proceder a la aprobación independiente de los Presupuestos de la UCLM, sino que lo que se critica es
la ausencia de estos entre los documentos que deben adjuntarse a los Presupuestos Generales de la Comunidad, en
virtud del principio de transparencia, aplicable a todas las entidades integrantes del sector público autonómico, sin
excepciones. La propia AG reconoce la necesidad de integración de los Presupuestos de la UCLM en los Generales de
la JCCM, aportando, en trámite de alegaciones, escrito en virtud del cual la DG de Presupuestos los reclama al
Vicerrectorado de Economía y Planificación de la Universidad para proceder a su inclusión en los Generales relativos al
ejercicio 2020, petición que no fue atendida.
cve: BOE-A-2024-26883
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 177935
las obligaciones contables y a efectos de contabilidad nacional53. A su vez, el artículo 35.3.c) del
TRLH y la LP para 2020 señalan que los PG de la JCCM se integran por los de las entidades que
conforman el sector público regional, por lo que los presupuestos de la UCLM y de sus entidades
adscritas no se han integrado, lo que está en contradicción con la LRJSP y con el artículo 6 de la
LOEPSF (que obliga a incluir en los Presupuestos de las distintas Administraciones los
correspondientes a todas las entidades que conforman el sector público a los efectos de la ley,
entre los que se incluyen las Universidades dependientes)54.
La UCLM mantiene un convenio de financiación plurianual con la JCCM para el período 20182021, firmado en julio de 2019. Alineados con dicho convenio y con el plan estratégico de la
UCLM, esta ha suscrito dos contratos programas con Centros y Departamentos de la propia
Universidad, que asocian la financiación de los Centros y Departamentos adscritos a un sistema
de indicadores que recogen los objetivos de competitividad y desarrollo fijados en el plan
estratégico, cuya evaluación condiciona la financiación asignada. No obstante, el proceso de
asignación presupuestaria en función de resultados no fue aplicado en el ejercicio fiscalizado dado
que no había transcurrido tiempo suficiente desde su implantación, la cual se había producido a
finales de 2019 para el relativo a los Centros y en 2020 para los Departamentos, con efectos
retroactivos desde 2019.
El Consejo Social de la UCLM, en cumplimiento del artículo 81.2.a) de la LOU y para garantizar el
cumplimiento de la LOEPSF, aprobó, como límite máximo de gasto para el ejercicio 2020, la
cantidad de 275.675 miles de euros, en la que se incluyó la incorporación de remanentes de 2019
por 6.565 miles de euros. No obstante, los remanentes de crédito finalmente incorporados se
limitaron a 1.605 miles de euros; sin embargo, como las ORN fueron de 236.265 miles de euros
(capítulos 1 a 7), se cumplió el límite de gasto aprobado.
B)
ADECUACIÓN AL PLAN CONTABLE APLICABLE
La cuenta anual de la Universidad resulta de conformidad con el contenido y estructura del PGCP,
sin perjuicio de las incidencias que se expresan a continuación.
53
El apartado 4 del citado artículo señala expresamente que “La presente ley será de aplicación, asimismo, a las
Universidades públicas de Castilla-La Mancha y al resto de entes adscritos que, sin formar parte del sector público
regional a los efectos de esta ley, estén incluidos en el sector Administraciones públicas, subsector Comunidades
Autónomas, o en el subsector sociedades no financieras públicas, de acuerdo con la definición y delimitación del
Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales, a los efectos del seguimiento de lo establecido en la normativa
vigente en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, y del cumplimiento de los principios y
obligaciones contables que se deriven de lo establecido en el Título VI.”
La UCLM invoca en trámite de alegaciones la autonomía universitaria en relación con la aprobación de sus
Presupuestos. Este Tribunal no discute la citada autonomía ni, por tanto, la facultad residenciada en el Consejo Social
de la UCLM para proceder a la aprobación independiente de los Presupuestos de la UCLM, sino que lo que se critica es
la ausencia de estos entre los documentos que deben adjuntarse a los Presupuestos Generales de la Comunidad, en
virtud del principio de transparencia, aplicable a todas las entidades integrantes del sector público autonómico, sin
excepciones. La propia AG reconoce la necesidad de integración de los Presupuestos de la UCLM en los Generales de
la JCCM, aportando, en trámite de alegaciones, escrito en virtud del cual la DG de Presupuestos los reclama al
Vicerrectorado de Economía y Planificación de la Universidad para proceder a su inclusión en los Generales relativos al
ejercicio 2020, petición que no fue atendida.
cve: BOE-A-2024-26883
Verificable en https://www.boe.es
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