Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26877)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 177104
Los derechos reconocidos a 31 de diciembre de 2020 ascienden a 5.730.978 miles de euros, lo
que supone un incremento respecto de 2019 del 13 % motivado por el aumento de las previsiones
finales en un 10 % y un grado de ejecución del 89 %, dos puntos superior al obtenido en 2019.
El mayor incremento respecto de 2019 se ha producido en el capítulo 4 “Transferencias
corrientes”, 345.545 miles de euros, principalmente por los recursos de Fondos COVID percibidos
del Estado.
El grado de ejecución del capítulo 7 “Transferencias de capital” es del 40 %, significativamente
inferior a la media19 y los derechos reconocidos son inferiores a las previsiones finales en 390.914
miles de euros, como consecuencia de la escasa ejecución de los fondos de la Unión Europea
(UE) (fundamentalmente de los Fondos Estructurales y del FEADER), así como de “Otras
transferencias de capital del Estado”. Las estimaciones de previsiones en este capítulo vienen
siendo reiteradamente sobreestimadas generando de forma sistemática niveles de ejecución
inferiores al 54 % en los cinco ejercicios precedentes.
La recaudación neta de derechos alcanzó 5.630.272 miles de euros, manteniéndose el mismo
grado de cumplimiento que el ejercicio anterior, un 98 %.
19
−
Se han imputado al ejercicio derechos presupuestarios ya recaudados en el ejercicio
precedente por 279 miles de euros, correspondiendo en su mayor parte a los capítulos 3
“Tasas y precios públicos y otros ingresos”, 136 miles, y 4 “Transferencias corrientes”,
116 miles.
−
Deudas aplazadas y/o fraccionadas por importe de 277 miles de euros permanecen
registradas en contabilidad, en contra del criterio del PGCP, que prevé su anulación hasta
el vencimiento. Por el contrario, se procede al cobro en 2020 de deudas aplazadas y
fraccionadas procedentes de ejercicios anteriores, que debieron haber sido objeto de
imputación presupuestaria al ejercicio corriente por 2.421 miles. El efecto neto de estas
operaciones supone una infravaloración de los derechos reconocidos en el ejercicio de
2.144 miles de euros, fundamentalmente en los capítulos tributarios del presupuesto (1
a 3).
−
No se han registrado derechos devengados y pendientes de cobro por alquileres, acceso
diferido a la propiedad y compraventa de viviendas públicas derivados de la gestión
realizada por los Organismos Autónomos de Recaudación de las Diputaciones
Provinciales (OAR) de Badajoz (3.431 miles de euros) y Cáceres (1.624 miles). La falta
de contabilización deriva de que los derechos se registran cuando se recaudan en lugar
de seguirse el sistema de contraído previo que corresponde a estos recursos.
Si bien el capítulo 8 presenta un grado de ejecución del 21 %, las previsiones finales indicadas corresponden en su
totalidad al remanente de tesorería, que por su propia naturaleza no da lugar al reconocimiento de derechos, por lo que
el porcentaje alcanzado no es representativo de una baja ejecución.
cve: BOE-A-2024-26877
Verificable en https://www.boe.es
Del análisis de la imputación presupuestaria de los derechos han resultado las siguientes
incidencias:
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 177104
Los derechos reconocidos a 31 de diciembre de 2020 ascienden a 5.730.978 miles de euros, lo
que supone un incremento respecto de 2019 del 13 % motivado por el aumento de las previsiones
finales en un 10 % y un grado de ejecución del 89 %, dos puntos superior al obtenido en 2019.
El mayor incremento respecto de 2019 se ha producido en el capítulo 4 “Transferencias
corrientes”, 345.545 miles de euros, principalmente por los recursos de Fondos COVID percibidos
del Estado.
El grado de ejecución del capítulo 7 “Transferencias de capital” es del 40 %, significativamente
inferior a la media19 y los derechos reconocidos son inferiores a las previsiones finales en 390.914
miles de euros, como consecuencia de la escasa ejecución de los fondos de la Unión Europea
(UE) (fundamentalmente de los Fondos Estructurales y del FEADER), así como de “Otras
transferencias de capital del Estado”. Las estimaciones de previsiones en este capítulo vienen
siendo reiteradamente sobreestimadas generando de forma sistemática niveles de ejecución
inferiores al 54 % en los cinco ejercicios precedentes.
La recaudación neta de derechos alcanzó 5.630.272 miles de euros, manteniéndose el mismo
grado de cumplimiento que el ejercicio anterior, un 98 %.
19
−
Se han imputado al ejercicio derechos presupuestarios ya recaudados en el ejercicio
precedente por 279 miles de euros, correspondiendo en su mayor parte a los capítulos 3
“Tasas y precios públicos y otros ingresos”, 136 miles, y 4 “Transferencias corrientes”,
116 miles.
−
Deudas aplazadas y/o fraccionadas por importe de 277 miles de euros permanecen
registradas en contabilidad, en contra del criterio del PGCP, que prevé su anulación hasta
el vencimiento. Por el contrario, se procede al cobro en 2020 de deudas aplazadas y
fraccionadas procedentes de ejercicios anteriores, que debieron haber sido objeto de
imputación presupuestaria al ejercicio corriente por 2.421 miles. El efecto neto de estas
operaciones supone una infravaloración de los derechos reconocidos en el ejercicio de
2.144 miles de euros, fundamentalmente en los capítulos tributarios del presupuesto (1
a 3).
−
No se han registrado derechos devengados y pendientes de cobro por alquileres, acceso
diferido a la propiedad y compraventa de viviendas públicas derivados de la gestión
realizada por los Organismos Autónomos de Recaudación de las Diputaciones
Provinciales (OAR) de Badajoz (3.431 miles de euros) y Cáceres (1.624 miles). La falta
de contabilización deriva de que los derechos se registran cuando se recaudan en lugar
de seguirse el sistema de contraído previo que corresponde a estos recursos.
Si bien el capítulo 8 presenta un grado de ejecución del 21 %, las previsiones finales indicadas corresponden en su
totalidad al remanente de tesorería, que por su propia naturaleza no da lugar al reconocimiento de derechos, por lo que
el porcentaje alcanzado no es representativo de una baja ejecución.
cve: BOE-A-2024-26877
Verificable en https://www.boe.es
Del análisis de la imputación presupuestaria de los derechos han resultado las siguientes
incidencias: