Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26880)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 177525
−
Analizar el cumplimiento por las entidades integrantes del sector público autonómico de
las prescripciones de la LO 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera (LOEPSF) y normativa de desarrollo, con especial
consideración de la suspensión de las reglas fiscales en el ejercicio 2020.
−
Analizar las principales magnitudes y la situación económico-financiera y presupuestaria
de las entidades que integran el sector público autonómico.
−
Evaluar la adecuación del modelo de control interno desarrollado para el conjunto del
sector público autonómico por la Intervención General de la Administración de Cantabria
(IGAC) al régimen previsto en la normativa.
−
Realizar el seguimiento de las recomendaciones formuladas en informes de ejercicios
anteriores elaborados por el Tribunal, así como las señaladas en las resoluciones de la
Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas.
Además, se ha verificado la observancia de la normativa reguladora de igualdad efectiva de
mujeres y hombres y de transparencia, siempre en relación con el objeto de las actuaciones
fiscalizadoras.
II.
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
II.1. ENTIDADES INTEGRANTES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
La estructura del sector público autonómico se define en la Ley 14/2006, de 24 de octubre, de
Finanzas de Cantabria (LF), siendo objeto de desarrollo la configuración del subsector institucional
por la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y
del Sector Público Institucional de la CA de Cantabria (LRJGAS).
El sector público autonómico de la CA de Cantabria estaba formado en el ejercicio 2020 por 44
entidades. El desglose por naturaleza de estas entidades, en comparación con las incluidas en el
Inventario de Entes del Sector Público Estatal, Autonómico y Local (INVENTE) es el siguiente.
1
Precepto de carácter básico conforme a lo previsto por la Disposición final (DF) decimocuarta de la LRJSP.
cve: BOE-A-2024-26880
Verificable en https://www.boe.es
El concepto de fundación pública autonómica establecido en la letra f) del artículo 2.1 de la LF y
en el artículo 124 de LRJGAS difiere del recogido en el artículo 129 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP)1 en el que se incluyen supuestos
adicionales a los contemplados en la normativa de la CA y establece con carácter prioritario el
requisito de disponer de la mayoría de los patronos. En este caso se encuentra la Fundación
Leonardo Torres Quevedo para la Promoción de la Investigación Tecnológica en la Universidad de
Cantabria (FLTQ), dado que, al menos, siete de los doce miembros del Patronato son patronos
natos que pertenecen a la Universidad de Cantabria (UC), entidad integrante del sector público
autonómico, lo que, de acuerdo con la ley estatal y el carácter básico del precepto citado,
determina su inclusión en el ámbito subjetivo de la fiscalización, aunque no forme parte del
perímetro de entidades definido por las leyes autonómicas.
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 177525
−
Analizar el cumplimiento por las entidades integrantes del sector público autonómico de
las prescripciones de la LO 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera (LOEPSF) y normativa de desarrollo, con especial
consideración de la suspensión de las reglas fiscales en el ejercicio 2020.
−
Analizar las principales magnitudes y la situación económico-financiera y presupuestaria
de las entidades que integran el sector público autonómico.
−
Evaluar la adecuación del modelo de control interno desarrollado para el conjunto del
sector público autonómico por la Intervención General de la Administración de Cantabria
(IGAC) al régimen previsto en la normativa.
−
Realizar el seguimiento de las recomendaciones formuladas en informes de ejercicios
anteriores elaborados por el Tribunal, así como las señaladas en las resoluciones de la
Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas.
Además, se ha verificado la observancia de la normativa reguladora de igualdad efectiva de
mujeres y hombres y de transparencia, siempre en relación con el objeto de las actuaciones
fiscalizadoras.
II.
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
II.1. ENTIDADES INTEGRANTES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
La estructura del sector público autonómico se define en la Ley 14/2006, de 24 de octubre, de
Finanzas de Cantabria (LF), siendo objeto de desarrollo la configuración del subsector institucional
por la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y
del Sector Público Institucional de la CA de Cantabria (LRJGAS).
El sector público autonómico de la CA de Cantabria estaba formado en el ejercicio 2020 por 44
entidades. El desglose por naturaleza de estas entidades, en comparación con las incluidas en el
Inventario de Entes del Sector Público Estatal, Autonómico y Local (INVENTE) es el siguiente.
1
Precepto de carácter básico conforme a lo previsto por la Disposición final (DF) decimocuarta de la LRJSP.
cve: BOE-A-2024-26880
Verificable en https://www.boe.es
El concepto de fundación pública autonómica establecido en la letra f) del artículo 2.1 de la LF y
en el artículo 124 de LRJGAS difiere del recogido en el artículo 129 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP)1 en el que se incluyen supuestos
adicionales a los contemplados en la normativa de la CA y establece con carácter prioritario el
requisito de disponer de la mayoría de los patronos. En este caso se encuentra la Fundación
Leonardo Torres Quevedo para la Promoción de la Investigación Tecnológica en la Universidad de
Cantabria (FLTQ), dado que, al menos, siete de los doce miembros del Patronato son patronos
natos que pertenecen a la Universidad de Cantabria (UC), entidad integrante del sector público
autonómico, lo que, de acuerdo con la ley estatal y el carácter básico del precepto citado,
determina su inclusión en el ámbito subjetivo de la fiscalización, aunque no forme parte del
perímetro de entidades definido por las leyes autonómicas.