Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26885)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las aportaciones percibidas por las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de los partidos políticos y de los gastos de programas y actividades de estas financiados con cargo a subvenciones públicas, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 178193
6. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
a) Aportaciones y donaciones
Los ingresos por aportaciones declarados durante el ejercicio 2020 ascendieron a un total de 44.457 euros,
con el detalle que se recoge en el apartado 3 del presente Informe.
Las aportaciones han sido objeto de análisis durante los trabajos de esta fiscalización, habiéndose
observado los siguientes incumplimientos:
−
La Asociación no ha informado acerca de la identificación fiscal de los donantes por importe de 35.796
euros, por lo que no se ha podido verificar el cumplimiento del artículo 4.2.d) de la LOFPP.
−
La Asociación ha recibido un importe de 17.416 euros del partido PDeCAT, documentado en un
convenio de colaboración de fecha 02/01/2020, en el que se describe la correspondiente
contraprestación. Este convenio no ha sido formalizado en documento público ni se ha comunicado al
Tribunal de Cuentas en el plazo de tres meses desde su aceptación, en contra de lo establecido en el
apartado Cinco de la Disposición Adicional Séptima de la LOFPP.
b) Subvenciones públicas y gastos financiados con cargo a las mismas
La Asociación ha registrado en el ejercicio 2020 subvenciones para gastos de funcionamiento y para la
realización de actividades por importe total de 49.400 euros, con el detalle que se ofrece en el apartado 4
del presente Informe.
c) Transparencia
La Asociación no ha publicado en su página web las cuentas anuales relativas al ejercicio 2020, ni las
conclusiones del informe de auditoría, incumpliendo lo dispuesto en el apartado Seis de la Disposición
Adicional Séptima de la LOFPP.
Tampoco ha publicado el informe de fiscalización de este Tribunal correspondiente a los ejercicios 2018 y
2019.
d) Otras consideraciones
cve: BOE-A-2024-26885
Verificable en https://www.boe.es
La Asociación no ha atendido las solicitudes de información adicional enviadas por este Tribunal de
Cuentas, lo que supone un incumplimiento del deber de colaboración regulado en el artículo 19 de la
LOFPP.
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 178193
6. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
a) Aportaciones y donaciones
Los ingresos por aportaciones declarados durante el ejercicio 2020 ascendieron a un total de 44.457 euros,
con el detalle que se recoge en el apartado 3 del presente Informe.
Las aportaciones han sido objeto de análisis durante los trabajos de esta fiscalización, habiéndose
observado los siguientes incumplimientos:
−
La Asociación no ha informado acerca de la identificación fiscal de los donantes por importe de 35.796
euros, por lo que no se ha podido verificar el cumplimiento del artículo 4.2.d) de la LOFPP.
−
La Asociación ha recibido un importe de 17.416 euros del partido PDeCAT, documentado en un
convenio de colaboración de fecha 02/01/2020, en el que se describe la correspondiente
contraprestación. Este convenio no ha sido formalizado en documento público ni se ha comunicado al
Tribunal de Cuentas en el plazo de tres meses desde su aceptación, en contra de lo establecido en el
apartado Cinco de la Disposición Adicional Séptima de la LOFPP.
b) Subvenciones públicas y gastos financiados con cargo a las mismas
La Asociación ha registrado en el ejercicio 2020 subvenciones para gastos de funcionamiento y para la
realización de actividades por importe total de 49.400 euros, con el detalle que se ofrece en el apartado 4
del presente Informe.
c) Transparencia
La Asociación no ha publicado en su página web las cuentas anuales relativas al ejercicio 2020, ni las
conclusiones del informe de auditoría, incumpliendo lo dispuesto en el apartado Seis de la Disposición
Adicional Séptima de la LOFPP.
Tampoco ha publicado el informe de fiscalización de este Tribunal correspondiente a los ejercicios 2018 y
2019.
d) Otras consideraciones
cve: BOE-A-2024-26885
Verificable en https://www.boe.es
La Asociación no ha atendido las solicitudes de información adicional enviadas por este Tribunal de
Cuentas, lo que supone un incumplimiento del deber de colaboración regulado en el artículo 19 de la
LOFPP.