Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-26870)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Universidad de León, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 176977
expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo
cuando esta circunstancia proceda.
Asimismo, en el supuesto de aquellos aspirantes que participen en las presentes
pruebas selectivas por su condición de cónyuges [base 2.1.a)], deberán presentar,
además de los documentos señalados, declaración jurada o promesa de no hallarse
separados de derecho de su respectivo cónyuge. Los documentos que así lo precisen
deberán presentarse traducidos al castellano.
b) Fotocopia compulsada del documento acreditativo del grado de discapacidad
igual o superior al 33 % emitido por el órgano competente.
c) Fotocopia compulsada del título de Doctor y de los documentos que acrediten el
cumplimiento de los requisitos académicos específicos que señalan los apartados a, b, c
o d de la base 2.2.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a solicitud de los interesados.
3.6 Las notificaciones se practicarán en el lugar señalado por los aspirantes en sus
solicitudes de participación, siendo responsabilidad exclusiva del concursante tanto los
errores en la consignación del mismo como la comunicación a la Administración de
cualquier cambio de dicho lugar a efectos de notificación.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, en el plazo máximo de un
mes, la Universidad de León hará pública en el «Boletín Oficial de Castilla y León»,
tablón de anuncios de la sede electrónica y en la página web de la Universidad de León
la resolución por la que se aprueban las listas provisionales de aspirantes admitidos y
excluidos a las plazas convocadas.
4.2 Esta resolución, que será adoptada por el/la Vicerrector/a competente en
materia de Profesorado, por delegación de la Sra. Rectora, contendrá los apellidos,
nombre y DNI, debidamente anonimizado, de todos los aspirantes, así como la causa
o causas que hayan motivado la exclusión, en su caso, concediendo un plazo
improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a su publicación en el
«Boletín Oficial de Castilla y León», para su subsanación. Los aspirantes que, dentro
del señalado plazo, no subsanen las causas de exclusión o no realicen alegación frente
a la omisión producida, justificando su derecho a ser incluidos, serán definitivamente
excluidos del proceso selectivo.
4.3 Transcurrido el plazo de subsanación, se publicará en los mismos lugares
indicados en el punto 4.1 la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes
admitidos y excluidos.
4.4 La resolución que eleve a definitiva la lista de aspirantes admitidos y excluidos
pondrá fin a la vía administrativa y, contra ella, los aspirantes podrán interponer recurso
contencioso-administrativo ante el órgano judicial competente. Potestativamente, podrán
interponer recurso de reposición ante la Sra. Rectora de la Universidad de León en el
plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrán
interponer el recurso contencioso-administrativo antes mencionado hasta la resolución
expresa o desestimación presunta del recurso de reposición.
4.5 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos
de exclusión por causa imputable al interesado.
5.
Comisiones de Acceso
5.1 La Comisión de Acceso está formada por los miembros que figuran en
el anexo III de la presente resolución, nombrados por el Rectorado, conforme al
procedimiento y con los requisitos establecidos en el artículo 11 del RACDU, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 71.1.b) de la LOSU. La Comisión de Acceso estará
cve: BOE-A-2024-26870
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 176977
expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo
cuando esta circunstancia proceda.
Asimismo, en el supuesto de aquellos aspirantes que participen en las presentes
pruebas selectivas por su condición de cónyuges [base 2.1.a)], deberán presentar,
además de los documentos señalados, declaración jurada o promesa de no hallarse
separados de derecho de su respectivo cónyuge. Los documentos que así lo precisen
deberán presentarse traducidos al castellano.
b) Fotocopia compulsada del documento acreditativo del grado de discapacidad
igual o superior al 33 % emitido por el órgano competente.
c) Fotocopia compulsada del título de Doctor y de los documentos que acrediten el
cumplimiento de los requisitos académicos específicos que señalan los apartados a, b, c
o d de la base 2.2.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a solicitud de los interesados.
3.6 Las notificaciones se practicarán en el lugar señalado por los aspirantes en sus
solicitudes de participación, siendo responsabilidad exclusiva del concursante tanto los
errores en la consignación del mismo como la comunicación a la Administración de
cualquier cambio de dicho lugar a efectos de notificación.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, en el plazo máximo de un
mes, la Universidad de León hará pública en el «Boletín Oficial de Castilla y León»,
tablón de anuncios de la sede electrónica y en la página web de la Universidad de León
la resolución por la que se aprueban las listas provisionales de aspirantes admitidos y
excluidos a las plazas convocadas.
4.2 Esta resolución, que será adoptada por el/la Vicerrector/a competente en
materia de Profesorado, por delegación de la Sra. Rectora, contendrá los apellidos,
nombre y DNI, debidamente anonimizado, de todos los aspirantes, así como la causa
o causas que hayan motivado la exclusión, en su caso, concediendo un plazo
improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a su publicación en el
«Boletín Oficial de Castilla y León», para su subsanación. Los aspirantes que, dentro
del señalado plazo, no subsanen las causas de exclusión o no realicen alegación frente
a la omisión producida, justificando su derecho a ser incluidos, serán definitivamente
excluidos del proceso selectivo.
4.3 Transcurrido el plazo de subsanación, se publicará en los mismos lugares
indicados en el punto 4.1 la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes
admitidos y excluidos.
4.4 La resolución que eleve a definitiva la lista de aspirantes admitidos y excluidos
pondrá fin a la vía administrativa y, contra ella, los aspirantes podrán interponer recurso
contencioso-administrativo ante el órgano judicial competente. Potestativamente, podrán
interponer recurso de reposición ante la Sra. Rectora de la Universidad de León en el
plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrán
interponer el recurso contencioso-administrativo antes mencionado hasta la resolución
expresa o desestimación presunta del recurso de reposición.
4.5 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos
de exclusión por causa imputable al interesado.
5.
Comisiones de Acceso
5.1 La Comisión de Acceso está formada por los miembros que figuran en
el anexo III de la presente resolución, nombrados por el Rectorado, conforme al
procedimiento y con los requisitos establecidos en el artículo 11 del RACDU, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 71.1.b) de la LOSU. La Comisión de Acceso estará
cve: BOE-A-2024-26870
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 308