Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-26865)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Lunes 23 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 176869

obtenerse telemáticamente en https://inaem.aragon.es) o documentos equivalentes
expedidos por el Servicio Público de Empleo competente.
– En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará con una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante.
Dichos documentos –informes de desempleo y declaración– deberán acompañar a la
solicitud.
2.2

Requisitos específicos.

a) Estar acreditado/a para el cuerpo de la plaza convocada, conforme a las
previsiones contenidas en el artículo 30 del Real Decreto 678, o estar habilitado/a,
conforme a las previsiones de la legislación anterior a la LOSU.
b) En su caso, haber desempeñado durante dos años, al menos, la plaza obtenida
tras un anterior concurso de acceso en los términos del artículo 35 del Real Decreto 678.
No podrán participar quienes posean la condición de funcionario de carrera del
cuerpo docente universitario para el que se convoca la plaza si tienen destino definitivo
en la Universidad de Zaragoza, desempeñando una plaza de idénticos centro,
departamento, área de conocimiento y localidad que los de la plaza convocada.
c) Haber superado la evaluación del Programa de Incentivación de la Incorporación
e Intensificación de la Actividad Investigadora (I3) o haber obtenido el certificado como
investigador establecido (R3).
2.3

Documentación a presentar.

a) Copia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o NIE.
Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a
participar, deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en
su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a
expensas o estar a cargo del nacional de otro estado con el que tengan dicho vínculo.
Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de que no está separado de
derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que la persona aspirante vive a sus
expensas o está a su cargo.
b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento del requisito que señala la
base 2.2.a). En el caso de las personas acreditadas es suficiente copia del certificado de
acreditación a que se refiere el artículo 23 del Real Decreto 678 o certificaciones
comparables en el caso de las obtenidas con anterioridad. Para acreditar la habilitación
es suficiente con hacer referencia a la resolución de habilitación y su fecha de
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
c) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento del requisito que señala la
base 2.2.c).
No tendrán que presentar los documentos acreditativos a los que hace referencia el
apartado 2.2.a) y 2.2.c) quienes sean o hubieran sido personal docente de la Universidad
de Zaragoza y ya lo aportaran en su momento para su constancia en su expediente
personal.
d) Documento que acredite la concurrencia de alguna de las causas de exención
total o parcial del pago que deba efectuarse en concepto de derechos de participación,
en su caso.

cve: BOE-A-2024-26865
Verificable en https://www.boe.es

La documentación se adjuntará a la solicitud en formato electrónico y será la
siguiente: