Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-26863)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, conjunta de la Universidad de Zaragoza y la Consejería de Sanidad del Gobierno de Aragón, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Lunes 23 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 176816

1.9 El plazo de presentación de solicitudes es de veinte días naturales, del 10 al 29
de enero de 2025 (ambos inclusive).
1.10 Las personas interesadas se responsabilizan de la veracidad de los datos que
hagan constar en la solicitud, así como de los que figuren en el currículo y de los que
aporten en la documentación de los méritos correspondientes asumiendo las
responsabilidades que pudieran derivarse de las inexactitudes de los mismos.
1.11 Si lo estiman necesario, las personas aspirantes que tengan reconocida
legalmente una discapacidad deberán indicarlo en la solicitud, haciendo constar las
adaptaciones correspondientes que, en su caso, se soliciten, al objeto de que se pueda
garantizar la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad y poder
adoptar las oportunas medidas de adaptación a sus necesidades.
Si las personas aspirantes a los que se refiere la presente base no solicitan las
adaptaciones en el momento de presentar la solicitud de participación en el concurso, se
entenderá que no las precisan o que renuncian a ellas sin que pueda plantearse solicitud
de las mismas en ningún otro momento posterior del procedimiento.
1.12 Las víctimas de violencia de género podrán solicitar la seudonimización de sus
datos identificativos en los términos que recoge el Acuerdo de 29 de junio de 2021 de
Consejo de Gobierno de la Universidad, por el que se establecen medidas de protección
de las mujeres víctimas de la violencia en los procesos selectivos y en la gestión de
listas de espera del personal docente e investigador y personal de administración y
servicios de la Universidad de Zaragoza, disponible enhttps://secregen.unizar.es/sites/
secregen/files/2023-10/12.6 %20Acuerdo%20anonimizacion%20victimas
%20violencia_3.pdf.
2.

Requisitos de las personas solicitantes y documentación a presentar

Quienes aspiren a las plazas deberán cumplir los requisitos establecidos en las
presentes bases en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y
mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.
2.1

Requisitos de carácter general:

2.1.1 Los requisitos generales que establecen los artículos 56 y 57 del EBEP para
el acceso al empleo público.
2.1.2 Haber efectuado el pago de treinta y nueve euros con noventa y ocho
céntimos (39,98 euros) en concepto de derechos de participación.

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
b) Los miembros de familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la
Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán
derecho a una exención total los miembros de familias de la categoría especial y a una
bonificación del 50 por ciento los que fueran de la categoría general. La condición de
familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
c) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan
sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo
acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la

cve: BOE-A-2024-26863
Verificable en https://www.boe.es

El abono de los derechos de participación se efectuará dentro del plazo de
presentación de solicitudes desde el mismo formulario de solicitud habilitado para ello
mediante Terminal de Pago Virtual con tarjeta de débito o de crédito o a través de Bizum.
El pago quedará confirmado electrónicamente en el momento de presentar la solicitud.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de
Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución del importe abonado cuando no se
realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo.
Tendrán exención del pago: