Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-26891)
Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para la creación y ampliación de recursos destinados a la enseñanza-aprendizaje del español como lengua segunda/lengua extranjera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Lunes 23 de diciembre de 2024
Undécima.

Sec. III. Pág. 178929

Naturaleza jurídica.

El presente convenio queda sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público de España y demás normativa que resulte de aplicación.
Duodécima.

Colaboración entre los firmantes y resolución de conflictos.

Las partes firmantes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de
buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.
Igualmente, las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier
controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente convenio.
La resolución de las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente
convenio será sometida a los tribunales competentes de la jurisdicción contenciosoadministrativa, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y en prueba de su conformidad, las partes firman el presente convenio por duplicado
y a un solo efecto en la fecha de la última firma electrónica.–El Director del Instituto
Cervantes, Luis Manuel García Montero.–El Rector Magnífico de la Universidad Nacional
de Educación a Distancia, Ricardo Mairal Usón.
ANEXO
Aplicación de las aportaciones económicas (Gastos)

2024

Acciones

1. Asesoría en la implementación de la ampliación y acotación léxica geolectal del PCIC.

2.000

2. Ampliación de la base de datos y los contenidos de la herramienta de consulta virtual GEOLEXI.

2.000

3. Creación de materiales didácticos digitales en el ámbito del español con fines profesionales.

3.000

4. Asistencia a congresos.

3.000

5. Tareas aplicadas a la ampliación de GEOLEXI.
6. Tareas aplicadas a la creación de materiales didácticos digitales.
7. Compra de material bibliográfico necesario.

2025

Gastos

Euros

700
1.500
300

8. Reposición de material informático.

1.000

– Asesoría en la implementación de la ampliación y acotación léxica geolectal del PCIC.

2.000

– Ampliación de la base de datos y los contenidos de la herramienta de consulta virtual GEOLEXI.

2.000

– Creación de materiales didácticos digitales en el ámbito del español con fines profesionales.

3.000

– Asistencia a congresos.

3.000

– Tareas aplicadas a la ampliación de GEOLEXI.
– Tareas aplicadas a la creación de materiales didácticos digitales.
– Compra de material bibliográfico necesario.
– Reposición de material informático.

Total.

https://www.boe.es

700
1.500
300
1.000
27.000

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-26891
Verificable en https://www.boe.es

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