Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2024-26876)
Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Técnico de Gestión.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 177058
4. Duración del proceso selectivo: desde la fecha de realización del primer ejercicio
hasta la publicación de la relación definitiva de aspirantes que superen el proceso
selectivo, no podrán transcurrir más de seis meses, salvo que circunstancias
excepcionales justifiquen un plazo superior que en ningún caso excederá de nueve
meses. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del
siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de
cuarenta y cinco días naturales, salvo que circunstancias excepcionales justifiquen un
plazo superior, que en ningún caso excederá de noventa días naturales.
5. En el supuesto de que las plazas convocadas por el sistema de promoción
interna quedaran vacantes no podrán acumularse a las de la convocatoria de ingreso
libre.
Segunda.
Interesados.
1. Para ser admitidos y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastará
con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen,
además de los requisitos que se recogen en la base octava de las bases generales, el
siguiente requisito:
– Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes el título de Licenciado/a, Ingeniero/a, Arquitecto/a o
Graduado/a, según lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia, conforme a la regulación que resulte de
aplicación.
2. Podrán participar por el turno de promoción interna los funcionarios de carrera de
la Universidad Politécnica de Madrid, así como los funcionarios de carrera de otras
Administraciones Públicas que se encuentren prestando servicios en la Universidad
Politécnica de Madrid, cualquiera que sea su situación administrativa con la excepción
de los suspensos en firme, y pertenecientes a la Escala de Gestión Universitaria
(Subgrupo A2), siempre que se acredite un mínimo de dos años de servicios efectivos
prestados como funcionario de carrera en dicha Escala. De igual forma, podrán participar
por el turno de promoción interna los funcionarios de carrera de la Universidad
Politécnica de Madrid, así como los funcionarios de carrera de otras Administraciones
Públicas que se encuentren prestando servicios en la Universidad Politécnica de Madrid,
cualquiera que sea su situación administrativa con la excepción de los suspensos en
firme, que pertenezcan a otros cuerpos, escalas o especialidades, del mismo Subgrupo
(Subgrupo A2) objeto de la convocatoria, siempre que acrediten un mínimo de dos años
de servicios efectivos prestados como funcionario de carrera en dicho cuerpo, escala o
especialidad.
No podrán participar ni, por tanto, ser nombrados personal funcionario de carrera
aquellas personas que ya ostenten la condición de personal funcionario de carrera del
mismo Cuerpo o Escala, esto es, Escala Técnica de Gestión de la UPM. El Tribunal se
reserva el derecho a comprobar, en cualquier momento, que los candidatos cumplen con
los requisitos y, en caso de que no los cumplan, previa audiencia del interesado,
propondrá al Rector su exclusión.
cve: BOE-A-2024-26876
Verificable en https://www.boe.es
Todos los requisitos relacionados en las bases generales y en estas bases
específicas deberán ser acreditados documentalmente por los aspirantes en caso de
superar el proceso selectivo.
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 177058
4. Duración del proceso selectivo: desde la fecha de realización del primer ejercicio
hasta la publicación de la relación definitiva de aspirantes que superen el proceso
selectivo, no podrán transcurrir más de seis meses, salvo que circunstancias
excepcionales justifiquen un plazo superior que en ningún caso excederá de nueve
meses. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del
siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de
cuarenta y cinco días naturales, salvo que circunstancias excepcionales justifiquen un
plazo superior, que en ningún caso excederá de noventa días naturales.
5. En el supuesto de que las plazas convocadas por el sistema de promoción
interna quedaran vacantes no podrán acumularse a las de la convocatoria de ingreso
libre.
Segunda.
Interesados.
1. Para ser admitidos y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas, bastará
con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen,
además de los requisitos que se recogen en la base octava de las bases generales, el
siguiente requisito:
– Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes el título de Licenciado/a, Ingeniero/a, Arquitecto/a o
Graduado/a, según lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia, conforme a la regulación que resulte de
aplicación.
2. Podrán participar por el turno de promoción interna los funcionarios de carrera de
la Universidad Politécnica de Madrid, así como los funcionarios de carrera de otras
Administraciones Públicas que se encuentren prestando servicios en la Universidad
Politécnica de Madrid, cualquiera que sea su situación administrativa con la excepción
de los suspensos en firme, y pertenecientes a la Escala de Gestión Universitaria
(Subgrupo A2), siempre que se acredite un mínimo de dos años de servicios efectivos
prestados como funcionario de carrera en dicha Escala. De igual forma, podrán participar
por el turno de promoción interna los funcionarios de carrera de la Universidad
Politécnica de Madrid, así como los funcionarios de carrera de otras Administraciones
Públicas que se encuentren prestando servicios en la Universidad Politécnica de Madrid,
cualquiera que sea su situación administrativa con la excepción de los suspensos en
firme, que pertenezcan a otros cuerpos, escalas o especialidades, del mismo Subgrupo
(Subgrupo A2) objeto de la convocatoria, siempre que acrediten un mínimo de dos años
de servicios efectivos prestados como funcionario de carrera en dicho cuerpo, escala o
especialidad.
No podrán participar ni, por tanto, ser nombrados personal funcionario de carrera
aquellas personas que ya ostenten la condición de personal funcionario de carrera del
mismo Cuerpo o Escala, esto es, Escala Técnica de Gestión de la UPM. El Tribunal se
reserva el derecho a comprobar, en cualquier momento, que los candidatos cumplen con
los requisitos y, en caso de que no los cumplan, previa audiencia del interesado,
propondrá al Rector su exclusión.
cve: BOE-A-2024-26876
Verificable en https://www.boe.es
Todos los requisitos relacionados en las bases generales y en estas bases
específicas deberán ser acreditados documentalmente por los aspirantes en caso de
superar el proceso selectivo.