Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-26679)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Biovent Energía, SA, autorización administrativa previa para el módulo fotovoltaico «FV Hontalbilla II», de 28,5 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con el parque eólico existente Hontalbilla II, en los términos municipales de Adradas, Baraona y Villasayas (Soria).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 175576
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Biovent Energía, SA, autorización
administrativa previa para el módulo fotovoltaico «FV Hontalbilla II», de 28,5
MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, para su
hibridación con el parque eólico existente Hontalbilla II, en los términos
municipales de Adradas, Baraona y Villasayas (Soria).
Biovent Energía, SA, en adelante el promotor, solicitó con fecha 11 de febrero
de 2022, subsanada el 21 de abril de 2022, autorización administrativa previa,
autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública
del módulo fotovoltaico «FV Hontalbilla II» de 28,5 MW de potencia instalada, y su
infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Adradas, Baraona y
Villasayas, en la provincia de Soria, para su hibridación con el parque eólico existente
Hontalbilla II, de 28,9 MW de potencia instalada.
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación
del Gobierno en Soria y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en el artículo 127
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose solicitado los
correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición del
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), del Instituto Geográfico Nacional,
de la Sección de Urbanismo del Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital
de la Junta de Castilla y León, de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), de IDE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, de la Dirección General de Carreteras e
Infraestructuras de la Consejería de Movilidad y Transformación Digital de la Junta de
Castilla y León, de la Dirección General de Energía y Minas de la Consejería de
Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León, del Servicio Territorial de Movilidad
y Transformación Digital de la Junta de Castilla y León, de Red Eléctrica de España,
SAU, del Ayuntamiento de Adradas y del Ayuntamiento de Villasayas. Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, que expresa su conformidad con las
mismas.
Se han recibido contestaciones de E-Distribución Redes Digitales, SLU, de la
Diputación Provincial de Soria y del Ayuntamiento de Baraona, en las que se establecen
condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos
organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de
sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Preguntados la Confederación Hidrográfica del Duero, la Dirección General de
Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del
Territorio de la Junta de Castilla y León, el Ayuntamiento de Ontalvilla de Almazán y
Telefónica, SA, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la
publicación el 8 de junio de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado», el 28 de abril
cve: BOE-A-2024-26679
Verificable en https://www.boe.es
26679
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 175576
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Biovent Energía, SA, autorización
administrativa previa para el módulo fotovoltaico «FV Hontalbilla II», de 28,5
MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, para su
hibridación con el parque eólico existente Hontalbilla II, en los términos
municipales de Adradas, Baraona y Villasayas (Soria).
Biovent Energía, SA, en adelante el promotor, solicitó con fecha 11 de febrero
de 2022, subsanada el 21 de abril de 2022, autorización administrativa previa,
autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública
del módulo fotovoltaico «FV Hontalbilla II» de 28,5 MW de potencia instalada, y su
infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Adradas, Baraona y
Villasayas, en la provincia de Soria, para su hibridación con el parque eólico existente
Hontalbilla II, de 28,9 MW de potencia instalada.
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación
del Gobierno en Soria y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en el artículo 127
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose solicitado los
correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición del
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), del Instituto Geográfico Nacional,
de la Sección de Urbanismo del Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital
de la Junta de Castilla y León, de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), de IDE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, de la Dirección General de Carreteras e
Infraestructuras de la Consejería de Movilidad y Transformación Digital de la Junta de
Castilla y León, de la Dirección General de Energía y Minas de la Consejería de
Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León, del Servicio Territorial de Movilidad
y Transformación Digital de la Junta de Castilla y León, de Red Eléctrica de España,
SAU, del Ayuntamiento de Adradas y del Ayuntamiento de Villasayas. Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, que expresa su conformidad con las
mismas.
Se han recibido contestaciones de E-Distribución Redes Digitales, SLU, de la
Diputación Provincial de Soria y del Ayuntamiento de Baraona, en las que se establecen
condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos
organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de
sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Preguntados la Confederación Hidrográfica del Duero, la Dirección General de
Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del
Territorio de la Junta de Castilla y León, el Ayuntamiento de Ontalvilla de Almazán y
Telefónica, SA, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la
publicación el 8 de junio de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado», el 28 de abril
cve: BOE-A-2024-26679
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